REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DEL MUNICIPIO BRUZUAL LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIALDEL ESTADO YARACUY
Chivacoa, 15 de noviembre de 2021
Años: 211º y 162º
Vistas las anteriores actuaciones, relativas a la solicitud de TÍTULO SUPLETORIO, presentado por la ciudadana ANNE MARGARITA VALLES FIGUEROA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.367.840, debidamente asistida por la abogada en ejercicio ELDA JOSEFINA AGUERO CASTILLO, inscrita en el INPREABOGADO bajo el N°183.146, en el cual solicita el Título Supletorio sobre una bienhechuría ubicada en la avenida 5 entre quebrada sin nombre, sector 23 de Enero, comunidad la libertad Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, cuyas características están descritas en la solicitud. La referida bienhechuría posee un área de construcción de cincuenta y cinco metros cuadrados con diez centímetros (55,10 M²), encontrándose alinderada de la siguiente manera: Norte: avenida 5 su frente, con una longitud de veintiséis metros (26,00 M); Sur: casa y solar que es o fue de Marisela Raga, con una longitud de diecisiete metros con cincuenta centímetros (17,50 M); Este: casa y solar que es o fue de Gianne Rojas, con una longitud de trece metros (13,00 M) y Oeste: quebrada sin nombre, con una longitud once metros con diez centímetros (11,10 M), y está construida sobre un área de terreno perteneciente al Instituto Nacional de Tierra (I.N.T.I), que mide doscientas cincuenta y siete metros cuadrados con seis centímetros (257,06 M²), según certificado de bienhechurías para tramitar titulo supletorio emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, de fecha 03-03-2021. Se le dio entrada a la solicitud en fecha dos (02) de septiembre de 2021; y en fecha 15 de noviembre de 2021fueron oídas las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos YANETH CAROLINA DONAIRE DE RODRÍGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-18.881.952, domiciliada en Tamarindo final de la calle 15, Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y GIANNI JOSÉ ROJAS GRANDA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-20.319.013, domiciliado, en la libertad sector 23 de enero avenida principal cella 4, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, cuyas testimoniales son apreciadas por este Tribunal a favor de su promovente, por encontrarla contestes entre sí, pues los testigos demostraron tener conocimiento de los hechos sobre los cuales testificaron. Por los fundamentos antes expuestos este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECRETA el TÍTULO SUPLETORIO sobre las bienhechurías descritas en la solicitud, a favor de la ciudadana ANNE MARGARITA VALLES FIGUEROA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.367.840, dejándose a salvo los derechos de terceros de iguales o mejores derechos. Así se decide.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE, INCLUSO EN LA PÁGINA WEB OFICIAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA WWW.TSJ.GOB.VE, ASÍ COMO EN LA PÁGINA WWW.YARACUY. SCC.ORG.VE, SEGÚN RESOLUCIÓN 05-2020, EMANADA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA, SALA DE CASACÓN CIVIL, DE FECHA 05 DE OCTUBRE DE 2020 Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE SOLICITUD, UNA VEZ CUMPLIDO ESTE REQUISITO, DEVUÉLVASE ORIGINAL DE LA SOLICITUD A LA PARTE INTERESADA, UNA VEZ QUE SEAN PROVEÍDAS POR ESTE LAS COPIAS FOTOSTÁTICAS RELATIVAS A LA MISMA.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal, en Chivacoa, a los quince (15) días del mes de noviembre del año dos mil veintiuno (2021). Años 211° de la Independencia y 162° de la Federación.
El Juez,
Abg. Edwin Godoy González
La Secretaria,
Abg. Solimar Pacheco Torrealba
Se dará cumplimiento a lo ordenado en la anterior decisión. En ésta misma fecha, siendo las diez de la mañana (10:00 am) se registró la anterior decisión.
La Secretaria,
Abg. Solimar Pacheco Torrealba
Abg.EGG/Spt/yurianner.-
Sol: 4845/2021