REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, veinticinco (25) de abril de 2022
212º y 163°
EXPEDIENTE Nº JSA-2020-000475
En virtud de la diligencia de fecha veintidós (22) de abril del año dos mil veintidós (2022), suscrita y presentada por el abogado en ejercicio ALCIDE URBINA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 90.961, en su condición tercero interesado presente juicio; mediante la cual expone: “…En vista de que la querellante se encuentra en el país en estos momentos y sale el 01 de Mayo del año en curso es que acudo a su completa autoridad a solicitar se libre boleta de Notificación del abocamiento de la Dra. Danimar Molero, a los fines de dar continuidad al proceso por lo que solicito se me designe como correo especial a los fines de llevar al Tribunal de Primera Instancia Agrario del Estado Carabobo el exhorto que genere la presente solicitud ya que la quejosa se encuentra residenciada en la ciudad de Valencia “Conjunto Residencial Villas del Country, sector C, casa número 1, Guataparo” JURO LA URGENCIA DEL CASO…”; este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy provee de conformidad, en primer lugar, ORDENA: librar Despacho de Comisión, dirigido al Tribunal de Primera Instancia Agrario del estado Carabobo, a los efectos de que practique la notificación mediante Boleta de la ciudadana MARÍA DE LOS ÁNGELES RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad número V-7.592.746, así mismo, estámpese impresión de la dirección exacta en la referida Boleta de Notificación; con vista a lo anterior, se designa como CORREO ESPECIAL, a los abogados ALCIDE URBINA OROPEZA y/o LUIS RAFAEL LIMA SILVA, venezolanos, mayores de edad, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 90.961 y 117.421 respectivamente , a fin de que consignen ante el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO el sobre contentivo del Despacho-Comisión, a quien se le expedirá la credencial correspondiente; advirtiéndosele que deberá consignar ante este Tribunal copia del acta debidamente sellada y recibida por el referido Juzgado. Líbrense. Cúmplase.-
LA JUEZA SUPERIOR,
DRA. DANIMAR CHIQUINQUIRA MOLERO ANDRADE.
EL SECRETARIO,
ABG. ALY ALCIDES TORREALBA SALAZAR.
EXPEDIENTE Nº JSA-2020-000475
DCMA/AATS/jm
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, veintiséis (26) de abril de 2022
212º y 163°
EXPEDIENTE Nº JSA-2020-000475.-
ACTA
CORREO ESPECIAL
En horas de despacho del día de hoy, martes veintiséis (26) de abril de 2022, siendo las diez y treinta horas de la mañana (10:30 a.m.); compareció por ante la Sala de despacho de este Juzgado Superior, el abogado LUIS RAFAEL LIMA SILVA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-13.639.477, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 117.421, en su condición de Co-Apoderado judicial de los ciudadanos JOSÉ MARTÍN RODRÍGUEZ y ROSA MARÍA SÁNCHEZ DE RODRÍGUEZ, venezolanos, mayores de edad, identificados con las cédulas de identidad número V-7.755.793 y V-11.649.899, parte interesada en el presente juicio quien expone: “por cuanto fui designado correo especial en fecha veinticinco (25) de abril de 2022, solicito me haga la entrega del sobre contentivo del despacho de comisión dirigido al JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, para el traslado de la misma”. Seguidamente, este Tribunal Superior, con vista a lo solicitado, hace entrega del sobre contentivo del despacho de comisión dirigido al Juzgado ut supra indicado al abogado antes mencionado, quien fuera designado como CORREO ESPECIAL, a los fines de que se traslade y haga entrega del mismo y traiga la resulta de la precitada comisión. Posteriormente, el abogado ut supra identificado, jura cumplir cabalmente la misión que le fue encomendada. Es todo, se terminó, se leyó, y conformes firman:
LA JUEZA SUPERIOR,
DRA. DANIMAR CHIQUINQUIRA MOLERO ANDRADE
EL CORREO ESPECIAL,
EL SECRETARIO,
ABG. ALY ALCIDES TORREALBA SALAZAR
EXPEDIENTE Nº JSA-2020-000475
DCMA/AATS/jm