PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARONÍ DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR
En fecha 19 de Septiembre de 2022 fue distribuida la presente solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, que encabeza las presentes actuaciones y sus recaudos que la acompañan, presentada por la ciudadana MERCEDES EMILIA ESCALANTE IZZO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 2.119.600, debidamente representada por su apoderado judicial ciudadano FRANCISCO JOSE FERMIN COFFI, abogado en ejercicio e inscrito en el IPSA bajo el Nro. 183.087, en representación a su vez de los ciudadanos NORA ESCALANTE IZZO, KARLA COROMOTO ESCALANTE GABIZON, ANDREA CAROLINA DE LA CANDELARIA ESCALANTE GABIZON y JESUS ALBERTO ESCALANTE GABIZON, venezolanos, mayores, de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-2.119.599, V-15.185.138, V-17.338.847 y V-16.845.310, respectivamente, parte solicitante, manifestando que el ciudadano LUIS ALBERTO ESCALANTE IZZO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-3.549.972, falleció el día 21/12/2011, en la Ciudad de Caracas, Parroquia Coche, Municipio Libertador, Distrito Capital. Correspondiéndole a este Tribunal, el conocimiento de la presente solicitud, se ordenó su anotación en los Libros de Registro de Solicitudes bajo el N° 17.752-22 y se admitió la misma por cuanto ha lugar en derecho, instándose a la solicitante a presentar los testigos para que declaren sobre los particulares señalados en el escrito de la solicitud.
La parte solicitante ciudadanos MERCEDES EMILIA ESCALANTE IZZO y NORA ESCALANTE IZZO, en su carácter de hermanas y KARLA COROMOTO ESCALANTE GABIZON, ANDREA CAROLINA DE LA CANDELARIA ESCALANTE GABIZON y JESUS ALBERTO ESCALANTE GABIZON, en su carácter de sobrinos del de cujus, solicitan que sean declarados como únicos universales herederos del fallecido.
Ahora bien, vistos y analizados los recaudos que fueron acompañados al escrito a fin de demostrar su pretensión, como son: a) la copia certificada del acta de defunción y copia simple de la cédula de identidad del fallecido b) copias certificadas de las actas de defunción de los padres del de cujus y C) copia certificada del acta de defunción del ciudadano CARLOS ALBERTO ESCALANTE IZZO, quien era hermano del de cujus y D) copia certificadas de las partidas de nacimiento y las copias fotostáticas simple de las cédulas de identidad de las hermanas y sobrinas del fallecido, aunado a la declaración de los testigos cursante en autos; es por lo que esta Juzgadora de conformidad con las disposiciones contenidas en el Código de Procedimiento Civil, así como del ordenamiento Jurídico venezolano vigente, les da pleno valor probatorio por tratarse de documentos públicos, así como a las testimoniales por encontrarlos hábiles y contestes. En consecuencia, queda plenamente demostrado que los ciudadanos MERCEDES EMILIA ESCALANTE IZZO y NORA ESCALANTE IZZO, en su carácter de hermanas y KARLA COROMOTO ESCALANTE GABIZON, ANDREA CAROLINA DE LA CANDELARIA ESCALANTE GABIZON y JESUS ALBERTO ESCALANTE GABIZON, en su carácter de sobrinos del de cujus, son los llamados a suceder del de cujus LUIS ALBERTO ESCALANTE IZZO, conforme al orden de suceder establecido en la legislación patria. Y así se declara.
Con base a los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, es por lo que este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de acuerdo a lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil así como las disposiciones del código civil vigente, DECLARA “ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS” del fallecido ciudadano LUIS ALBERTO ESCALANTE IZZO, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nro. V-3.549.972, falleció el día 21/12/2011, en la Ciudad de Caracas, Parroquia Coche, Municipio Libertador, Distrito Capital a consecuencia de SHOCK CARDIOGENICO, ENFERMEDAD ATEROESCLEROTICO según acta de defunción Nro. 475; a los ciudadanos MERCEDES EMILIA ESCALANTE IZZO y NORA ESCALANTE IZZO, en su carácter de hermanas y KARLA COROMOTO ESCALANTE GABIZON, ANDREA CAROLINA DE LA CANDELARIA ESCALANTE GABIZON y JESUS ALBERTO ESCALANTE GABIZON, en su carácter de sobrinos del de cujus, identificados suficientemente en autos. Y así se decide.
Expídase copia certificada de la presente decisión y la devolución de los documentos originales cursantes en ella, de conformidad con los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Igualmente se ordena la devolución del presente expediente en original a los interesados, conforme a las reglas del ordenamiento jurídico venezolano.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión.
Dada, Sellada y firmada en la sala de este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, a los 12 días del mes de Diciembre del año dos mil veintidós (2.022). Años: 212º de la Independencia y 163º de la Federación.
LA JUEZA
GRECIA MARCANO
EL SECRETARIO
JOSE ALEJANDRO SARACHE GOITIA
En la misma fecha de hoy, siendo las once y veintidós minutos de la mañana (11:22 a.m.), se deja constancia de haberse publicado y registrado la presente decisión.
EL SECRETARIO
JOSE ALEJANDRO SARACHE GOITIA
Sol. 17.752-22
GM/Js/Elimar
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