REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DEL MUNICIPIO BRUZUAL LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIALDEL ESTADO YARACUY

Chivacoa, 08 de diciembre de 2022
Años: 212º y 163º

Vistas las anteriores actuaciones, relativas a solicitud de TÍTULO SUPLETORIO, presentado por el ciudadano YOAN LEONIDES LÓPEZ RODRÍGUEZ, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad Nº V-14.919.555, debidamente asistido en este acto por el abogado en ejercicio Alexander Fernández Martínez, quien está inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 260.152, sobre una bienhechuría ubicada en el callejón Pacua- Pacua, comunidad palo grande municipio Bruzual Municipio Bruzual, estado Yaracuy, cuyas características están descritas en la solicitud. La referida bienhechuría posee un área de construcción de DOSCIENTOS QUINCE METROS CUADRADOS CON QUINCE CENTÍMETROS (215,15 M²), encontrándose alinderada de la siguiente manera: Norte: terreno de la familia Mujica, con una longitud de treinta y dos metros lineales con veinte centímetros (32,20 ML); Sur: callejón Pacua-Pacua frente, con una longitud de veintiséis metros lineales con veinte centímetros (26,20 ML); Este: Casa y solar que es o fue de Clever Leal, con una longitud de treinta y nueve metros lineales con diez centímetros (39,10 ML) y Oeste: Casa y solar que es o fue de Aura Trejo, con una longitud de cuarenta metros lineales con diez centímetros (40,10 ML) y está construida sobre un área de terreno perteneciente al Instituto Nacional de Tierras (I.N.T.I), según certificado de empadronamiento emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, de fecha 22-08-2022 que mide MIL CIENTO CINCUENTA METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y TRES CENTIMETROS (1.150,43M²). Se le dio entrada a la solicitud en fecha seis (06) de diciembre de 2022; y en fecha ocho (08) de diciembre de 2022 fueron oídas las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos EUGENIO GERMAN BRACHO PINEDA, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad Nº V-7.510.187, domiciliado en palo grande vía principal en el municipio Bruzual, del estado Yaracuy y ROXANA RODRÍGUEZ ESPINOZA, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad Nº V- 23.575.604, domiciliada en palo grande cale principal, en la ciudad de Chivacoa el Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, cuyas testimoniales son apreciadas por este Tribunal a favor de sus promoventes, por encontrarlas contestes entre sí, pues los testigos demostraron tener conocimiento de los hechos sobre los cuales testificaron. Por los fundamentos antes expuestos este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECRETA el TÍTULO SUPLETORIO sobre las bienhechurías descritas en la solicitud, a favor del ciudadano YOAN LEONIDES LÓPEZ RODRÍGUEZ, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad Nº V-14.919.555, dejándose a salvo los derechos de terceros de iguales o mejores derechos. Así se decide.

PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE, INCLUSO EN LA PÁGINA WEB OFICIAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA WWW.TSJ.GOB.VE, ASÍ COMO EN LA PÁGINA WWW.YARACUY. SCC.ORG.VE, SEGÚN RESOLUCIÓN 05-2020, EMANADA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA, SALA DE CASACÓN CIVIL, DE FECHA 05 DE OCTUBRE DE 2020, Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE SOLICITUD, UNA VEZ CUMPLIDO ESTE REQUISITO, DEVUÉLVASE ORIGINAL DE LA SOLICITUD A LA PARTE INTERESADA, UNA VEZ QUE SEAN PROVEÍDAS POR ESTE LAS COPIAS FOTOSTÁTICAS RELATIVAS A LA MISMA QUE REPOSARAN EN EL ARCHIVO DE ESTE TRIBUNAL.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal, en Chivacoa, a los ocho (08) días del mes de diciembre del año dos mil veintidós (2022). Años 212° de la Independencia y 163° de la Federación.
El Juez,

Abg. Edwin Godoy González
La Secretaria,

Abg. Solimar Pacheco Torrealba

Se dará cumplimiento a lo ordenado en la anterior decisión. En ésta misma fecha, siendo las diez y treinta de la mañana (10:30 a.m.) se registró la anterior decisión.

La Secretaria,

Abg. Solimar Pacheco Torrealba

Abg.EGG/Spt/yurianner
Sol: 4985/2022