REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DEL MUNICIPIO BRUZUAL LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIALDEL ESTADO YARACUY

Chivacoa, 15 de febrero de 2022
Años: 211º y 162º

Vistas las anteriores actuaciones, relativas a la solicitud de TÍTULO SUPLETORIO, presentado por la ciudadana KENIA WALESKA ROJAS GAMEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.551.696, debidamente asistida por el abogado en ejercicio ALEXANDER FERNANDEZ, quien está inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 260.152, en el cual solicita el Título Supletorio sobre una bienhechuría ubicada en la avenida 9 entre calles 19 y 20, Comunidad Peguaima de Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, cuyas características están descritas en la solicitud. La referida bienhechuría posee un área de construcción de NOVENTA METROS CUADRADOS CON SETENTA Y SEIS CENTÍMETROS (90,76 M²), encontrándose alinderada de la siguiente manera: Norte: Avenida 9 su frente, con una longitud de quince metros (15,00 M); Sur: Casa y solar que es o fue de Elena Diaz Ledezma, con una longitud de quince metros (15,00 M); Este: Casa y solar que es o fue de Valerio Gomez, con una longitud de veintidos metros con cincuenta centímetros (22,50 M) y Oeste: Casa y solar que es o fue de Rosa Medina, con una longitud de veintiseis metros con cuarenta centímetros (26,40 M), y está construida sobre un área de terreno municipal, según certificado de bienhechurías para tramitar titulo supletorio emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, de fecha 17-01-2022, que mide TRESCIENTOS CINCUENTA Y UN METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y OCHO CENTÍMETROS (351,58 M²). Se le dio entrada a la solicitud en fecha nueve (09) de febrero de 2022; y en fecha quince (15) de febrero de 2022 fueron oídas las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: MILAGRO JOSEFINA PALACIOS CALDERON, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-18.684.592, domiciliada avenida 8 esquina calle 21 peguaima, Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y REYNALDO JOSE ALCINA ZERPA venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-27.492.671, domiciliado en calle 23 avenida fermin calderon, peguaima Chivacoa, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, cuyas testimoniales son apreciadas por este Tribunal a favor de su promovente, por encontrarlas contestes entre sí, pues los testigos demostraron tener conocimiento de los hechos sobre los cuales testificaron. Por los fundamentos antes expuestos este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECRETA el TÍTULO SUPLETORIO sobre las bienhechurías descritas en la solicitud, a favor de la ciudadana KENIA WALESKA ROJAS GAMEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.551.696, dejándose a salvo los derechos de terceros de iguales o mejores derechos. Así se decide.

PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE, INCLUSO EN LA PÁGINA WEB OFICIAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA WWW.TSJ.GOB.VE, ASÍ COMO EN LA PÁGINA WWW.YARACUY. SCC.ORG.VE, SEGÚN RESOLUCIÓN 05-2020, EMANADA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA, SALA DE CASACÓN CIVIL, DE FECHA 05 DE OCTUBRE DE 2020, Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE SOLICITUD, UNA VEZ CUMPLIDO ESTE REQUISITO, DEVUÉLVASE ORIGINAL DE LA SOLICITUD A LA PARTE INTERESADA, UNA VEZ QUE SEAN PROVEÍDAS POR ESTE LAS COPIAS FOTOSTÁTICAS RELATIVAS A LA MISMA QUE REPOSARAN EN EL ARCHIVO DE ESTE TRIBUNAL.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal, en Chivacoa, a los quince (15) días del mes de febrero del año dos mil veintidós (2022). Años 211° de la Independencia y 162° de la Federación.

El Juez,

Abg. Edwin Godoy González
La Secretaria,

Abg. Solimar Pacheco Torrealba

Se dará cumplimiento a lo ordenado en la anterior decisión. En ésta misma fecha, siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.) se registró la anterior decisión.

La Secretaria,

Abg. Solimar Pacheco Torrealba


Abg.EGG/Spt/genesis
Sol: 4875/2022