República Bolivariana de Venezuela
En su Nombre
Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy
Chivacoa, 21 de julio de 2022.
AÑOS: 212º y 163º
PARTE DEMANDANTE: MIRIAN COROMOTO MENDOZA PÉREZ, venezolana mayor de edad, portadora de la cédula de identidad Nº V-19.973.442.
PARTE DEMANDADA: ÁNGEL CELIN PANDARES RODRÍGUEZ, venezolano mayor de edad, portador de la cédula de identidad Nº V-14.997.231.
BENEFICIARIA: (Identidad Omitida según artículo 65 de la Ley Orgánica para la protección del Niño, Niña y Adolescentes)
MOTIVO: OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN
SÍNTESIS DEL CASO
En fecha 13 de agosto de 2021, se recibió con sus anexos solicitud de Obligación de Manutención, por declinatoria de competencia por el Territorio, proveniente del Tribunal de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Yaracuy, interpuesta por la ciudadana MIRIAN COROMOTO MENDOZA PÉREZ, venezolana mayor de edad, portadora de la cédula de identidad Nº V-19.973.442, contra el ciudadano ÁNGEL CELIN PANDARES RODRÍGUEZ, venezolano mayor de edad, portador de la cédula de identidad Nº V-14.997.231, actuando en su carácter de madre de la niña (Identidad Omitida según artículo 65 de la Ley Orgánica para la protección del Niño, Niña y Adolescentes), de nueve (09) años de edad. Se admitió la demanda en fecha 16 de agosto de 2021, se ordeno notificar a la parte demandada.
Notificada válidamente la parte demandada se fijo la audiencia preliminar de la fase de mediación para el día 21 de julio de 2022, a las 9:30 de la mañana, según auto de fecha 22 de junio del 2022.
En la audiencia de mediación se hizo constar que no comparecieron las partes, y se declaro terminado el procedimiento de conformidad con el artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
DECISIÓN
Con merito a las consideraciones anteriores, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del municipio Bruzual de la circunscripción Judicial del estado Yaracuy, declara terminado el presente procedimiento de conformidad con lo establecido en el artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, interpuesta por la ciudadana MIRIAN COROMOTO MENDOZA PÉREZ, venezolana mayor de edad, portadora de la cédula de identidad Nº V-19.973.442, contra el ciudadano ÁNGEL CELIN PANDARES RODRÍGUEZ, venezolano mayor de edad, portador de la cédula de identidad Nº V-14.997.231, en beneficio de la niña (Identidad Omitida según artículo 65 de la Ley Orgánica para la protección del Niño, Niña y Adolescentes).
PUBLIQUESE Y REGISTRESE, INCLUSO EN LA PAGINA WEB OFICIAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA WWW.TSJ.GOB.VE, ASI COMO EN LA PAGINA WWW.YARACUY.SCC.ORG.VE, SEGÚN RESOLUCION 05-2020 EMANADA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA, SALA DE CASACION CIVIL, DE FECHA 05 DE OCTUBRE DE 2020.
Dado. Firmado y Sellado en la Sala de Despacho del Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, a los veintiún (21) días del mes de julio del año dos mil veintidós (2022). Años 212° de la Independencia y 163° de la Federación.
El Juez,
Abg. Edwin Alberto Godoy González
La Secretaria,
Abg. Solimar Pacheco Torrealba
En ésta misma fecha se publicó la anterior sentencia, siendo las dos de la tarde (02:19 p.m.).
La Secretaria,
Abg. Solimar Pacheco Torrealba.
EAGG/Sp.
Exp. 3085-2021
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