REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.
En el día de hoy siete (7) de julio de 2022, siendo las 09:30 de la mañana, constituido el tribunal por el Juez Edwin Alberto Godoy González, la Secretaria Solimar Pacheco Torrealba y el Alguacil Javier Alejandro Rebolledo. Se hace constar que comparecen los ciudadanos DORISMAR CAROLINA ROMERO ARANGUREN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-17.993.990, y MAURO ANTONIO LEAL CASTILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-22.313.844. Tal como fue anunciada a las puertas del Tribunal por el Alguacil, se da inicio a la audiencia de Mediación y se le da el derecho de palabra a la parte demandada, quien expone: “Me comprometo a darle la cantidad de CINCUENTA BOLÍVARES (Bs. 50,00) QUINCENALES, dicho monto será transferidos a la cuenta de ahorro del banco de Venezuela Nº 0102 0303 1301 0402 8262, o por pago a la cuenta del Banco Venezuela, que está a nombre de Dorismar Carolina Romero Aranguren, titular de la cédula de identidad Nº V-17.993.990, teléfono afiliado 0416-4548997; para el mes de agosto me comprometo a comparar el uniforme deportivo y los zapatos correspondientes para nuestras hijas y la mamá cubrirá el uniforme casual de nuestra hija de ocho años y un uniforme deportivo para la niña de dos años, también me comprometo a comprar los gastos que se requieran en el simoncito donde estudia mi hija de dos años cada quince días, y el 50% de los útiles escolares relativos al grado cursante de nuestra hija mayor, previo soporte (facturas); para los gastos decembrinos me comprometo a comprar el estreno correspondiente al 24 de diciembre de la niña de dos años y el estreno del 31 de diciembre de la niña de ocho años, así como el juguete del Niño Jesús para la niña de dos años; igualmente ofrezco que ambos padres debemos cubrir el 50% de los gastos médicos o medicinas que se requieran en su oportunidad para nuestras hijas”. En este estado toma la palabra la parte demandante ciudadana DORISMAR CAROLINA ROMERO ARANGUREN, antes identificada y expone: “Estoy de acuerdo con lo ofrecido por el padre de mis hijas”. Es todo. Terminó. Se leyó y conformes firman.
El Juez
La parte demandada
La parte demandante
El Alguacil
La Secretaria