REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE JUICIO DEL NUEVO REGIMEN DEL TRABAJO
República Bolivariana de Venezuela
Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la
Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy
San Felipe, veintisiete (27) de junio de 2020
212° y 163°
ASUNTO: UP11-L-2021-000005
Visto los escritos de pruebas presentados por la parte demandante y demandada, este tribunal estando dentro de la oportunidad prevista en el artículo 75 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se pronuncia de la siguiente manera:
PARTE DEMANDANTE:
Con relación a la prueba documental promovida, referentes:
A). Correo Electrónico enviado por el ciudadano AIMAN SENIH, Presidente de Delicateses Sami C.A., de fecha 25 de Mayo del 2020 (Folios 85-86 de la Pieza Uno).
B). Correo Electrónico enviado por el ciudadano AIMAN SENIH, de fecha 07-05-2020, donde le envía el registro de comercio de Delicateses Sami C.A., al Ciudadano Enzo Noureddine (Folio 87 de la Pieza Uno).
C). Correo Electrónico enviado por el ciudadano AIMAN SENIH, Presidente de Delicateses Sami C.A., de fecha 02 de julio del 2020, donde le envía el contrato firmado y sellado de Supermercados Luxor al Ciudadano Enzo Noureddine y realice el cambio de proveedor (Folios 88-89 de la Pieza Uno).
D). Constancia de Trabajo enviada, firmada y sellada por el ciudadano AIMAN SENIH. Presidente de Delicateses Sami C.A., a través de correo electrónico de fecha 25-05-2020 (Folio 90 de la Pieza Uno).
E). Registro de Comercio de Delicateses Sami C.A., a través de correo electrónico de fecha 07 de mayo de 2020 al ciudadano Enzo Noureddine (Folios 91 al 100 de la Pieza Uno).
F). Contrato de Supermercado Luxor, enviado, firmado y sellado por el ciudadano AIMAN SENIH, Presidente de Delicateses Sami C.A, a través de correo electrónico de fecha 02 de junio del 2020 (Folios 101 al 104 de la Pieza Uno).
Facturas de ventas de panes correspondientes al año 2020: A1, A2, A3 (Folio 105 de la Pieza Uno); A4, A5, A6 (Folio 106 de la Pieza Uno); A7, A8, A9 (Folio 107 de la Pieza Uno); A10, A11, A12 (Folio 108 de la Pieza Uno); A13, A14, A15 (Folio 109 de la Pieza Uno); A16, A17, A18 (Folio 110 de la Pieza Uno).
Comprobantes de pago de comisiones por ventas correspondientes al año 2020: B1, B2, B3, B4 (Folio 111 de la Pieza Uno); B5, B6, B7, B8 (Folio 112 de la Pieza Uno); B9, B10, B11, B12 (Folio 113 de la Pieza Uno); B13, B14, B15, B16 (Folio 114 de la Pieza Uno); B17, B18, B19, B20 (Folio 115 de la Pieza Uno); B21, B22, B23, B24 (Folio 116 de la Pieza Uno); B25 (Folio 117 de la Pieza Uno).
Facturas de ventas de panes correspondientes al año 2019: C1, C2 (Folio 118 de la Pieza Uno); C3, C4 (Folio 119 de la Pieza Uno); C5, C6 (Folio 120 de la Pieza Uno); C7, C8 (Folio 121 de la Pieza Uno); C9, C10 (Folio 122 de la Pieza Uno); C11, C12 (Folio 123 de la Pieza Uno); C13, C14 (Folio 124 de la Pieza Uno); C15, C16 (Folio 125 de la Pieza Uno); C17, C18 (Folio 126 de la Pieza Uno); C19, C20 (Folio 127 de la Pieza Uno); C21, C22 (Folio 128 de la Pieza Uno); C23, C24 (Folio 129 de la Pieza Uno); C25, C26 (Folio 130 de la Pieza Uno); C27 (Folio 131 de la Pieza Uno);
Este Juzgado las ADMITE en cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva, por no resultar las mismas manifiestamente ilegales ni impertinentes, en los términos de los artículos 77 y 78 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Con ocasión a la prueba de exhibición relativas a:
A). Constancia de trabajo que marcado 4 fue consignada y señalada en el numeral 1 letra D del presente escrito.
B). Registro de Comercio marcado 5 fue señalado y consignado numeral 1 letra E del presente escrito.
C) Contrato de Supermercado Luxor, que marcado 6 fue señalado y consignado en el numeral 1 letra F del presente escrito.
D) Comprobantes de pago de comisiones por ventas que marcados del B1 al B25 fueron consignados y señalados en el numeral 3 del presente escrito.
Este tribunal los ADMITE en cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva, por no resultar las mismas manifiestamente ilegales ni impertinentes, en los términos del artículos 82 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. En consecuencia, se fija la oportunidad de su evacuación para el día y la hora de la celebración de la audiencia de juicio, advirtiendo a la parte demandada que deben presentar dichos documentos al momento de efectuarse la referida audiencia.
PARTE DEMANDADA:
En cuanto a la alegación de acogerse al principio de la comunidad de la prueba, este tribunal NO LA ADMITE, por cuanto tal defensa no constituye un medio de prueba estipulado por la ley, sino que forma parte del principio de la adquisición que rige nuestro sistema procesal y que el juez está en el deber de aplicar de oficio sin necesidad de alegación de parte.
Con relación a la prueba documental promovida en el CAPITULO II, referente a:
Planilla de declaración de Impuesto de Valor Agregado (IVA), correspondiente al mes de Enero del año 2018 Nº 1890944248 y Certificado Electrónico De Recepción de Declaración por internet IVA Nº 202030000183000116992, Marcado “A1” (Folios 148 – 150 de la pieza uno).
Planilla de declaración de Impuesto de Valor Agregado (IVA) correspondiente al mes de Febrero del año 2018 Nº 1891492435 y Certificado Electrónico De Recepción de Declaración por internet IVA Nº 202030000183000193348, Marcado “A2” (Folios 151 – 153 de la pieza uno).
Planilla de declaración de Impuesto de Valor Agregado (IVA), correspondiente al mes de Marzo del año 2018 Nº 1892234599 y Certificado ,Electrónico De Recepción de Declaración por internet IVA Nº 202030000183000290098, Marcado “A3” (Folios 154 – 156 de la pieza uno).
Planilla de declaración de Impuesto de Valor Agregado (IVA), correspondiente al mes de Abril del año 2018 Nº 1892870762 y Certificado Electrónico De Recepción de Declaración por internet IVA Nº 202030000183000374301, Marcado “A4” (Folios 157 – 159 de la pieza uno).
Planilla de declaración de Impuesto de Valor Agregado (IVA), correspondiente al mes de Mayo del año 2018 Nº 1893543392 y Certificado Electrónico De Recepción de Declaración por internet IVA Nº 202030000183000467511, Marcado “A5” (Folios 160 – 162 de la pieza uno).
Planilla de declaración de Impuesto de Valor Agregado (IVA), correspondiente al mes de Junio del año 2018 Nº 1894204826 y Certificado Electrónico De Recepción de Declaración por internet IVA Nº 202030000183000549479, Marcado “A6” (Folios 163 – 165 de la pieza uno).
Planilla de declaración de Impuesto de Valor Agregado (IVA), correspondiente al mes de Julio del año 2018 Nº 1894939469 y Certificado Electrónico De Recepción de Declaración por internet IVA Nº 202030000183000646213, Marcado “A7” (Folios 166 – 168 de la pieza uno).
Planilla de declaración de Impuesto de Valor Agregado (IVA), correspondiente al mes de Agosto del año 2018 Nº 1895906207 y Certificado Electrónico De Recepción de Declaración por internet IVA Nº 202030000183000766247, Marcado “A8” (Folios 169 – 171 de la pieza uno).
Planilla de declaración de Impuesto de Valor Agregado (IVA), correspondiente al mes de Septiembre del año 2018 Nº 1896711389 y Certificado Electrónico De Recepción de Declaración por internet IVA Nº 202030000183000860953, Marcado “A9” (Folios 172– 174 de la pieza uno).
Planilla de declaración de Impuesto de Valor Agregado (IVA), correspondiente al mes de Octubre del año 2018 Nº 1897472340 y Certificado Electrónico De Recepción de Declaración por internet IVA Nº 202030000183000950512, Marcado “A10” (Folios 175 – 176 de la pieza uno).
Planilla de declaración de Impuesto de Valor Agregado (IVA), correspondiente al mes de Noviembre del año 2018 Nº 1898527930 y Certificado Electrónico De Recepción de Declaración por internet IVA Nº 202030000183001077082, Marcado “A11” (Folios 177 – 179 de la pieza uno).
Planilla de declaración de Impuesto de Valor Agregado (IVA), correspondiente al mes de Diciembre del año 2018 Nº 1990261301 y Certificado Electrónico De Recepción de Declaración por internet IVA Nº 202030000193000030747, Marcado “A12” (Folios 180 – 182 de la pieza uno).
Planilla de declaración de Impuesto de Valor Agregado (IVA), correspondiente al mes de Enero del año 2019 Nº 1991166491 y Certificado Electrónico De Recepción de Declaración por internet IVA Nº 202030000193000137967, Marcado “A13” (Folios 183 – 185 de la pieza uno).
Planilla de declaración de Impuesto de Valor Agregado (IVA), correspondiente al mes de Febrero del año 2019 Nº 1992485765 y Certificado Electrónico De Recepción de Declaración por internet IVA Nº 202030000193000302962, Marcado “A14” (Folios 186 – 188 de la pieza uno).
Planilla de declaración de Impuesto de Valor Agregado (IVA), correspondiente al mes de Marzo del año 2019 Nº 1993208193 y Certificado Electrónico De Recepción de Declaración por internet IVA Nº 202030000193000384833, Marcado “A15” (Folios 189 – 191 de la pieza uno).
Planilla de declaración de Impuesto de Valor Agregado (IVA), correspondiente al mes de Abril del año 2019 Nº 1994156722 y Certificado Electrónico De Recepción de Declaración por internet IVA Nº 202030000193000499757, Marcado “A16” (Folios 192 – 194 de la pieza uno).
Planilla de declaración de Impuesto de Valor Agregado (IVA), correspondiente al mes de Mayo del año 2019 Nº 1994919345 y Certificado Electrónico De Recepción de Declaración por internet IVA Nº 202030000193000589082, Marcado “A17” (Folios 195 – 197 de la pieza uno).
Planilla de declaración de Impuesto de Valor Agregado (IVA), correspondiente al mes de Junio del año 2019 Nº 1995843348 y Certificado Electrónico De Recepción de Declaración por internet IVA Nº 202030000193000699653, Marcado “A18” (Folios 198 – 200 de la pieza uno).
Planilla de declaración de Impuesto de Valor Agregado (IVA), correspondiente al mes de Julio del año 2019 Nº 1996597031 y Certificado Electrónico De Recepción de Declaración por internet IVA Nº 202030000193000789829, Marcado “A19” (Folios 201 – 203 de la pieza uno).
Planilla de declaración de Impuesto de Valor Agregado (IVA), correspondiente al mes de Agosto del año 2019 Nº 1997648706 y Certificado Electrónico De Recepción de Declaración por internet IVA Nº 202030000193000916151, Marcado “A20” (Folios 204 – 206 de la pieza uno).
Planilla de declaración de Impuesto de Valor Agregado (IVA), correspondiente al mes de Setiembre del año 2019 Nº 1998469624 y Certificado Electrónico De Recepción de Declaración por internet IVA Nº 202030000193001014313, Marcado “A21” (Folios 207 – 209 de la pieza uno).
Planilla de declaración de Impuesto de Valor Agregado (IVA), correspondiente al mes de Octubre del año 2019 Nº 1909358992 y Certificado Electrónico De Recepción de Declaración por internet IVA Nº 202030000193001120647, Marcado “A22” (Folios 210 – 212 de la pieza uno).
Planilla de declaración de Impuesto de Valor Agregado (IVA), correspondiente al mes de Noviembre del año 2019 Nº 1910293353 y Certificado Electrónico De Recepción de Declaración por internet IVA Nº 202030000193001232196, Marcado “A23” (Folios 213 – 215 de la pieza uno).
Planilla de declaración de Impuesto de Valor Agregado (IVA), correspondiente al mes de Diciembre del año 2019 Nº 2000421083 y Certificado Electrónico De Recepción de Declaración por internet IVA Nº 202030000203000058248, Marcado “A24” (Folios 216 – 218 de la pieza uno).
Planilla de declaración de Impuesto de Valor Agregado (IVA), correspondiente al mes de Enero del año 2020 Nº 2000869772 y Certificado Electrónico De Recepción de Declaración por internet IVA Nº 202030000203000107706, Marcado “A25” (Folios 219 – 221 de la pieza uno).
Planilla de declaración de Impuesto de Valor Agregado (IVA), correspondiente al mes de Febrero del año 2020 Nº 2001738722 y Certificado Electrónico De Recepción de Declaración por internet IVA Nº 202030000213000211425, Marcado “A26” (Folios 222 – 224 de la pieza uno).
Planilla de declaración de Impuesto de Valor Agregado (IVA), correspondiente al mes de Marzo del año 2020 Nº 2002836302 y Certificado Electrónico De Recepción de Declaración por internet IVA Nº 202030000213000349150, Marcado “A27” (Folios 225 – 227 de la pieza uno).
Planilla de declaración de Impuesto de Valor Agregado (IVA), correspondiente al mes de Abril del año 2020 Nº 2003410103 y Certificado Electrónico De Recepción de Declaración por internet IVA Nº 2020300002030000417303, Marcado “A28” (Folios 228 – 230 de la pieza uno).
Planilla de declaración de Impuesto de Valor Agregado (IVA), correspondiente al mes de Mayo del año 2020 Nº 2004346769 y Certificado Electrónico De Recepción de Declaración por internet IVA Nº 202030000203000530731, Marcado “A29” (Folios 231 – 233 de la pieza uno).
Planilla de declaración de Impuesto de Valor Agregado (IVA), correspondiente al mes de Junio del año 2020 Nº 2005064221 y Certificado Electrónico De Recepción de Declaración por internet IVA Nº 202030000213000615611, Marcado “A30” (Folios 234 – 236 de la pieza uno).
Planilla de declaración de Impuesto de Valor Agregado (IVA), correspondiente al mes de Julio del año 2020 Nº 2005891040 y Certificado Electrónico De Recepción de Declaración por internet IVA Nº 202030000203000716017, Marcado “A31” (Folios 237 – 239 de la pieza uno).
Planilla de declaración de Impuesto de Valor Agregado (IVA), correspondiente al mes de Agosto del año 2020 Nº 20067599449 y Certificado Electrónico De Recepción de Declaración por internet IVA Nº 202030000203000819668, Marcado “A32” (Folios 240 – 242 de la pieza uno).
Planilla de declaración de Impuesto de Valor Agregado (IVA), correspondiente al mes de Septiembre del año 2020 Nº 2007399568 y Certificado Electrónico De Recepción de Declaración por internet IVA Nº 202030000203000897990, Marcado “A33” (Folios 243 – 245 de la pieza uno).
Planilla de declaración de Impuesto de Valor Agregado (IVA), correspondiente al mes de Octubre del año 2020 Nº 2105718013 y Certificado Electrónico De Recepción de Declaración por internet IVA Nº 202030000213000720770, Marcado “A34” (Folios 246 – 248 de la pieza uno).
Planilla de declaración de Impuesto de Valor Agregado (IVA), correspondiente al mes de Noviembre del año 2020 Nº 2008052673 y Certificado Electrónico De Recepción de Declaración por internet IVA Nº 202030000203000979296, Marcado “A35” (Folios 249 – 254 de la pieza uno).
Planilla de declaración de Impuesto de Valor Agregado (IVA), correspondiente al mes de Diciembre del año 2020 Nº 2100310827 y Certificado Electrónico De Recepción de Declaración por internet IVA Nº 202030000213000040255, Marcado “A36” (Folios 255 – 257 de la pieza uno).
Planilla de declaración de Impuesto de Valor Agregado (IVA), correspondiente al mes de Enero del año 2021 Nº 2100785624 y Certificado Electrónico De Recepción de Declaración por internet IVA Nº 20203000021300095840, Marcado “A37” (Folios 258 – 260 de la pieza uno).
Planilla de declaración de Impuesto de Valor Agregado (IVA), correspondiente al mes de Febrero del año 2021 Nº 2101675092 y Certificado Electrónico De Recepción de Declaración por internet IVA Nº 202030000213000212961, Marcado “A38” (Folios 261 – 263 de la pieza uno).
Planilla de declaración de Impuesto de Valor Agregado (IVA), correspondiente al mes de Marzo del año 2021 Nº 2102340137 y Certificado Electrónico De Recepción de Declaración por internet IVA Nº 202030000213000296587, Marcado “A39” (Folios 264– 266 de la pieza uno).
Planilla de declaración de Impuesto de Valor Agregado (IVA), correspondiente al mes de Abril del año 2021 Nº 2102739596 y Certificado Electrónico De Recepción de Declaración por internet IVA Nº 202030000213000345000, Marcado “A40” (Folios 267– 269 de la pieza uno).
Planilla de declaración de Impuesto de Valor Agregado (IVA), correspondiente al mes de Mayo del año 2021 Nº 2103391436 y Certificado Electrónico De Recepción de Declaración por internet IVA Nº 202030000213000426794, Marcado “A41” (Folios 270– 272 de la pieza uno).
Planilla de declaración de Impuesto de Valor Agregado (IVA), correspondiente al mes de Junio del año 2021 Nº 2104056879 y Certificado Electrónico De Recepción de Declaración por internet IVA Nº 202030000213000512928, Marcado “A42” (Folios 273– 278 de la pieza uno).
Planilla de declaración de Impuesto de Valor Agregado (IVA), correspondiente al mes de Julio del año 2021 Nº 2104508972 y Certificado Electrónico De Recepción de Declaración por internet IVA Nº 202030000213000566827 Marcado “A43” (Folios 279– 281 de la pieza uno).
-Marcado en “B”, original de documento consistente de la relación de deuda para el 15 de julio 2019 que mantenía la ciudadana CELSA CAROLINA PIRELA DE NOUREDDINE, venezolana, mayor edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 15.203.660, titular de la Firma Personal INVERSIONES NUREDDIN PIRELA, F.P. (Folio 282 de la pieza uno).
-Notas de entrega de productos elaborados por el ciudadano ENZO ARTUTO NOUREDDINE GOMEZ, marcados “C1” (Folio 283 de la pieza uno); “C2, C3” (Folio 284 de la pieza uno); “C4,C5,C6” (Folio 285 de la pieza uno); “C7,C8,C9” (Folio 286 de la pieza uno); “C10,C11,C12” (Folio 287 de la pieza uno); “C13,C14,C115” (Folio 288 de la pieza uno); “C16,C17,C18” (Folio 289 de la pieza uno).
-Notas de entrega de productos elaborados por la ciudadana CELSA CAROLINA PIRELA DE NOUREDDINE marcado con letra “D1, D2, D3” (Folio 290 de la pieza uno); “D4 (Folio 29 de la pieza uno).
-Nota de entrega de productos elaborado por la firma personal INVERSIONES NUREDDIN PIRELA, F.P marcado “E” (Folio 292 de la pieza uno).
-Notas de entregas de productos elaborados por el ciudadano ENZO ARTUTO NOUREDDINE GOMEZ, marcado “F1, F2, F3” (Folio 293 de la pieza uno); “F4, F5, F6” (Folio 294 de la pieza uno).
-Nota de entrega de productos elaborados por la ciudadana CELSA CAROLINA PIRELA DE NOUREDDINE, marcado “G” (Folio 295 de la pieza uno).
-Impresión de página web del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), marcada en “H” (Folio 296 de la pieza uno).
-Acta Constitutiva de la Sociedad Mercantil DREAM`S PARADISE CORPORATIÓN, C.A., marcado “I 1” (Folios 297-305 de la pieza uno), “I 2” (Folios 306-311 de la pieza uno).
-Copia de Acta constitutiva de la Sociedad Mercantil DELICATESES SAMI. CA., marcado “J” (Folios 312-319 de la pieza uno); este Juzgado las ADMITE en cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva, por no resultar la misma manifiestamente ilegal ni impertinente, en los términos de los artículos 77 y 78 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
En cuanto a las pruebas de informes descritas en el CAPITULO III, este Tribunal las ADMITE de conformidad con lo previsto en el artículo 81 de la Ley adjetiva laboral, en cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva, por no resultar la misma manifiestamente ilegal ni impertinente, en lo relativo a la información que se pretende requerir a:
1). Al REGISTRO MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, Ubicado en la Av. Caracas, esquina de la Quinta Avenida. Edificio Stemica, Piso 2, a los efectos que envié a este Juzgado copia certificada del documento constitutivo de la firma personal INVERSIONES NUREDDIN, F.P.
2). Al HYPER LIDER YARITAGUA, C.A., ubicada en la carretera autopista Centro Occidental Cimarrón Andresote, Local S/N, Sector la Piedra, a los efectos que informe a este Tribunal: a) Si el ciudadano ENZO ARTURO NOUREDDINE GOMEZ, portador de la Cedula de Identidad Nº V- 12.081.558, bien en su propio nombre o en nombre y representación de la firma personal INVERSIONES NUREDDIN PIRELA, F.P., le ha vendido algún tipo de productos de productos para red; b) De ser afirmativa su respuesta indique a nombre de quien se emite dichos pagos; c) Si tienen suscrito algún tipo de contrato, minuta o cualquier otro tipo de documento; d) De ser afirmativa la respuesta envié copia certificada de los mismos; e) Que tipo de productos le compraban al referido ciudadano.
3). A la sociedad mercantil CORPORACIÒN VIVA, C.A., ubicada en Avenida Este-Oeste, Local Nº B-8, Zona Industrial Catillo C.C.C.V.I., Municipio San Diego-estado Carabobo, en cabeza de sus administradores, a los efectos de que informe a este Tribunal: a) Si el ciudadano ENZO ARTURO NOUREDDINE GÒMEZ, portador de la Cedula de Identidad Nº V- 12.081.558, bien en su propio nombre o en nombre y representación de la firma personal INVERSIONES NUREDDIN PIRELA, F.P., le ha comprado y le sigue comprando productos elaborados por ustedes; b) Que tipo de productos le venden y c) Desde cuándo y con qué regularidad el ciudadano ENZO ARTURO NOUREDDINE GÒMEZ, portador de la Cedula de Identidad Nº V- 12.081.558, o la firma personal INVERSIONES NUREDDIN PIRELA, F.P., le compran sus productos.
4). A la SUPERINTENDENCIA DE LAS INSTITUCIONES DEL SECTOR BANCARIO, ubicada en la Av. Francisco de Miranda, Urb. La Carlota, Edif. SUDEBAN, Municipio Sucre del estado Miranda; a los efectos de que informe a este Juzgado: a) Si el ciudadano ENZO ARTURO NOUREDDINE GÒMEZ, portador de la Cedula de Identidad Nº V- 12.081.558, tiene cuentas bancarias aperturadas indicando en cuales bancos y los números de cuentas; b) Si la ciudadana CELSA CARAOLINA PIRELA DE NOUREDDINE, portadora de la Cédula de Identidad Nº 15.203.660, bien sea en nombre propio o en nombre de la firma personal INVERSIONES NUREDDIN PIRELA, F.P., tiene cuentas bancarias aperturadas indicando en cuales bancos y los números de cuenta; c) Si la ciudadana CELSA CARAOLINA PIRELA DE NOUREDDINE, portadora de la Cédula de Identidad Nº 15.203.660, bien sea en nombre propio o en nombre de la firma personal INVERSIONES NUREDDIN PIRELA, F.P, tiene aperturada específicamente una cuenta en el Banco Provincial; d) De ser positiva su respuesta, informar desde la referida cuenta se efectuaron transferencias a la cuenta Nº 0108-0061-78-0100248509 cuyo titular resulta ser la sociedad mercantil DREAM`S PARADISE CORPORATIÒN, C.A detallando la fecha de la transferencia y el monto.
5). A la Sociedad mercantil COMERCIALIZADORA FARZA, C.A., ubicada en la Calle 7 entre avenidas 6 y 7 Cocorote estado Yaracuy, en cabeza de sus administradores, a los efectos de informar a este Juzgado: a) Si el ciudadano ENZO ARTURO NOUREDDINE GÒMEZ, portador de la Cedula de Identidad Nº V- 12.081.558, bien en su propio nombre o en nombre y en representación de la firma personal INVERSIONES NUREDDIN PIRELA, F.P., le ha vendido algún tipo de producto para ser comercializado en su tienda o en otras tiendas que conforman su red ; b) De ser afirmativa su respuesta indique a nombre de quien se emitian dichos pagos; c) Si tenían suscrito algún tipo de contrato, minuta o cualquier otro tipo de documento; d) De ser afirmativa su respuesta envié copia certificada de los mismos; e) Que tipo de productos le compraban al referido ciudadano.
6). A la sociedad mercantil DISTRIBUIDORA BURGUER ALVAREZ, ubicada en la Calle 9 con Avenida 12, Chivacoa – estado Yaracuy, en cabeza de sus administradores, a los efectos que informe a este Tribunal: a) Si el ciudadano ENZO ARTURO NOUREDDINE GÒMEZ, portador de la Cedula de Identidad Nº V- 12.081.558, bien en su propio nombre o en nombre y en representación de la firma personal INVERSIONES NUREDDIN PIRELA, F.P., le ha vendido algún tipo de producto para ser comercializado en su tienda o en otras tiendas que conforman su red; b) De ser afirmativa su respuesta indique a nombre de quien se emitan dichos pagos; c) Si tenían suscrito algún tipo de contrato, minuta o cualquier otro tipo de documento; d) De ser afirmativa su respuesta envié copia certificada de los mismos; e) Que tipo de productos le compraban al referido ciudadano.
7). A la sociedad mercantil INVERSIONES IHAB-SAHER. C.A., ubicada en la Calle 9 entre Avenida 8y9 Chivacoa, estado Yaracuy, en cabeza de sus administradores, a los efectos de que informe a este Juagado: a) Si el ciudadano ENZO ARTURO NOUREDDINE GÒMEZ, portador de la Cedula de Identidad Nº V- 12.081.558, bien en su propio nombre o en nombre y en representación de la firma personal INVERSIONES NUREDDIN PIRELA, F.P., le ha vendido algún tipo de producto para ser comercializado en su tienda o en otras tiendas que conforman su red; b) De ser afirmativa su respuesta indique a nombre de quien se emitían dichos pagos; c) Si tenían suscrito algún tipo de contrato, minuta o cualquier otro tipo de documento; d) De ser afirmativa su respuesta envié copia certificada de los mismos; e) Que tipo de productos le compraban al referido ciudadano.
8). A la sociedad mercantil MAYOR HERMANOS DAZA C.A., ubicada en la Avenida Intercomunal entra Calle 21 y Quebrada Guayabal y/o en la Séptima Avenida entre 18 y 19 San Felipe – estado Yaracuy, en cabeza de sus administradores, a los efectos que informe a este Tribunal: Si el ciudadano ENZO ARTURO NOUREDDINE GÒMEZ, portador de la Cedula de Identidad Nº V- 12.081.558, bien en su propio nombre o en nombre y en representación de la firma personal INVERSIONES NUREDDIN PIRELA, F.P., le ha vendido algún tipo de producto para ser comercializado en su tienda o en otras tiendas que conforman su red; b) De ser afirmativa su respuesta indique a nombre de quien se emitían dichos pagos; c) Si tenían suscrito algún tipo de contrato, minuta o cualquier otro tipo de documento; d) De ser afirmativa su respuesta envié copia certificada de los mismos; e) Que tipo de productos le compraban al referido ciudadano.
9). A la sociedad mercantil PANADERÌA, PASTELERIA Y CHARCUTERÌA LA FAMILIA, C.A., ubicada en la Calle Principal de la Urbanización Higueron Local 3 San Felipe – estado Yaracuy, en cabeza de sus administradores, a los fines que informe a este Tribunal: Si el ciudadano ENZO ARTURO NOUREDDINE GÒMEZ, portador de la Cedula de Identidad Nº V- 12.081.558, bien en su propio nombre o en nombre y en representación de la firma personal INVERSIONES NUREDDIN PIRELA, F.P., le ha vendido algún tipo de producto para ser comercializado en su tienda o en otras tiendas que conforman su red; b) De ser afirmativa su respuesta indique a nombre de quien se emitían dichos pagos; c) Si tenían suscrito algún tipo de contrato, minuta o cualquier otro tipo de documento; d) De ser afirmativa su respuesta envié copia certificada de los mismos; e) Que tipo de productos le compraban al referido ciudadano.
10). A la Sociedad mercantil PANADERÌA BOLIVAR, C.A., ubicada en la Calle 32 entre 8 y 9, Casa 355, Sector Independencia, San Felipe, en cabeza de sus administradores, a los fines que informe a este Juzgado: a) Si el ciudadano ENZO ARTURO NOUREDDINE GÒMEZ, portador de la Cedula de Identidad Nº V- 12.081.558, bien en su propio nombre o en nombre y en representación de la firma personal INVERSIONES NUREDDIN PIRELA, F.P., le ha vendido algún tipo de producto para ser comercializado en su tienda o en otras tiendas que conforman su red; b) De ser afirmativa su respuesta indique a nombre de quien se emitían dichos pagos; c) Si tenían suscrito algún tipo de contrato, minuta o cualquier otro tipo de documento; d) De ser afirmativa su respuesta envié copia certificada de los mismos; e) Que tipo de productos le compraban al referido ciudadano.
11.) A la sociedad mercantil PANADERÌA, PASTELERÌA, Y CHARCUTERÌA MAZO PAN, C.A., ubicada en la Avenida Cartagena entre 29 y 30, Independencia, San Felipe – estado Yaracuy, a los fines que informe a este Juzgado: a) Si el ciudadano ENZO ARTURO NOUREDDINE GÒMEZ, portador de la Cedula de Identidad Nº V- 12.081.558, bien en su propio nombre o en nombre y en representación de la firma personal INVERSIONES NUREDDIN PIRELA, F.P., le ha vendido algún tipo de producto para ser comercializado en su tienda o en otras tiendas que conforman su red; b) De ser afirmativa su respuesta indique a nombre de quien se emitían dichos pagos; c) Si tenían suscrito algún tipo de contrato, minuta o cualquier otro tipo de documento; d) De ser afirmativa su respuesta envié copia certificada de los mismos; e) Que tipo de productos le compraban al referido ciudadano. Líbrense oficio.
Referente a la prueba testimonial descrita, de los ciudadanos: ELVIRA NARBELIS GÒMEZ SUAREZ, SIRIUS VANESSA NAVAS OTERO, YORMARY ROCIO GUTIERREZ OVIEDO, FERNANDO MOISES RIERA RODRÌGUEZ, DARDIS JOSÈ SUAREZ RODRÌGUEZ, titulares de las cédulas de identidad N° V-18.057.338; V- 20.753.415; V- 12.432.397; V-18.480.311; V- 13.033.983, respectivamente este tribunal la ADMITE con base a lo establecido en el artículo 79 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva, por no resultar la misma manifiestamente ilegal ni impertinente. En consecuencia, se fija la oportunidad para su evacuación el día y la hora de la realización de la audiencia de juicio.
TERCERO INTERVINIENTE:
Con relación a las pruebas documentales promovidas, referentes:
A) Instrumento Registro de Comercio de INVERSIONES NUREDDIN PIERELLA. F.P., de fecha 13-09-2013, marcado con el N º 1 (Folios 321 al 325 de la pieza uno).
B) Constancia de Trabajo firmada y sellada por el ciudadano Aiman Senih, Presidente de Delicateses Sami C.A al ciudadano Enzo Noureddine, de fecha 25/05/2020, marcado con el Nº 2 (Folio 326 de la pieza uno).
C) REGISTRO UNICO DE INFORMACION FISCAL (RIF) de la Firma Personal INVERSIONES NUREDDIN PIERELLA. F.P., marcado con el Nº 3 (Folio 327 de la pieza uno);
Este Juzgado las ADMITE en cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva, por no resultar las mismas manifiestamente ilegales ni impertinentes, en los términos de los artículos 77 y 78 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Con ocasión a la prueba de exhibición relativas a: original del Instrumento constancia de trabajo que marcado 2 fue señalado y consignado en el numeral 2 del presente escrito. Este Tribunal lo ADMITE en cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva, por no resultar la misma manifiestamente ilegal ni impertinente, en los términos del artículos 82 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. En consecuencia, se fija la oportunidad de su evacuación para el día y la hora de la celebración de la audiencia de juicio, advirtiendo a la parte demandada que deben presentar dichos documentos al momento de efectuarse la referida audiencia.
La Jueza,
Abg. Anniely Elías Corona
La Secretaria,
Abg. María Fernanda Sánchez
Asunto: UP11-L-2021-000005
AEC/mfs/yaraujo
PIEZA Nº 2