REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DEL MUNICIPIO BRUZUAL LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIALDEL ESTADO YARACUY

Chivacoa, 21 de junio de 2022
Años: 212º y 163º

Vistas las anteriores actuaciones, relativas a solicitud de TÍTULO SUPLETORIO, presentado por los ciudadanos JAIME TEODORO DE FREITAS BACANHIM venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.270.965, MARÍA ELIZABETH FRANCO DE FREITAS venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.369.467, JOSÉ DE FREITEZ FRANCO BACANHIN venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.911.322, MARÍA JOSÉ BACANHIM FREITAS extranjera, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº E-204.665, ANTONIO FERMINO DE FREITAS BACANHIM extranjero, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº E-204.140 y FERNANDO DE FREITAS BACANHIM, debidamente asistidos en este acto por la abogada en ejercicio YASMIN DOLORES PIÑA MÉNDEZ, quien está inscrita en el I.P.S.A bajo el Nº 281.322, en el cual solicita el Título Supletorio sobre una bienhechuría ubicada en la calle 9 entre avenidas 9 y 10 comunidad centro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, cuyas características están descritas en la solicitud. La referida bienhechuría posee un área de construcción de CIENTO OCHENTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON TRES CENTÍMETROS (185,03 M²), encontrándose alinderada de la siguiente manera: Norte: Local comercial Eutorgio Romero, con una longitud de treinta y dos metros con treinta centímetros (32,30 M); Sur: Casa y solar que es o fue de Diomedes Colmenarez, con una longitud de treinta y dos metros con setenta centímetros (32,70 M); Este: calle 9 su frente, con una longitud de nueve metros con diez centímetros (9,10 M) y Oeste: Local comercial de Maikol Wu y Templo Evangelico, con una longitud de nueve metros con diez centímetros (9,10 M) y está construida sobre un área de terreno perteneciente al municipio, según certificado de bienhechurías para tramitar titulo supletorio emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, de fecha 21/04/2022 que mide DOSCIENTOS NOVENTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON SETENTA Y CINCO CENTÍMETROS (295,75 M²). Se le dio entrada a la solicitud en fecha dos (02) de junio de 2022; y en fecha veintiuno (21) de junio de 2022 fueron oídas las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos ZULAY MARIA MENDOZA PERALTA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.936.034, domiciliada en la calle El Pereño Urachiche del Estado Yaracuy, y JOSE GREGORIO PITA DOS RAMOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.434.733, domiciliado en la avenida 12 con calle 10 y 11 de la ciudad de Chivacoa Municipio Bruzual, cuyas testimoniales son apreciadas por este Tribunal a favor de sus promoventes, por encontrarlas contestes entre sí, pues los testigos demostraron tener conocimiento de los hechos sobre los cuales testificaron. Por los fundamentos antes expuestos este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECRETA el TÍTULO SUPLETORIO sobre las bienhechurías descritas en la solicitud, a favor de los ciudadanos JAIME TEODORO DE FREITAS BACANHIM venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.270.965, MARÍA ELIZABETH FRANCO DE FREITAS venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.369.467, JOSÉ DE FREITEZ FRANCO BACANHIN venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.911.322, MARÍA JOSÉ BACANHIM FREITAS extranjera, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº E-204.665, ANTONIO FERMINO DE FREITAS BACANHIM extranjero, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº E-204.140 y FERNANDO DE FREITAS BACANHIM, dejándose a salvo los derechos de terceros de iguales o mejores derechos. Así se decide.

PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE, INCLUSO EN LA PÁGINA WEB OFICIAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA WWW.TSJ.GOB.VE, ASÍ COMO EN LA PÁGINA WWW.YARACUY. SCC.ORG.VE, SEGÚN RESOLUCIÓN 05-2020, EMANADA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA, SALA DE CASACÓN CIVIL, DE FECHA 05 DE OCTUBRE DE 2020, Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE SOLICITUD, UNA VEZ CUMPLIDO ESTE REQUISITO, DEVUÉLVASE ORIGINAL DE LA SOLICITUD A LA PARTE INTERESADA, UNA VEZ QUE SEAN PROVEÍDAS POR ESTE LAS COPIAS FOTOSTÁTICAS RELATIVAS A LA MISMA QUE REPOSARAN EN EL ARCHIVO DE ESTE TRIBUNAL.


Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal, en Chivacoa, a los veintiuno (21) días del mes de junio del año dos mil veintidós (2022). Años 212° de la Independencia y 163° de la Federación.
El Juez,

Abg. Edwin Godoy González
La Secretaria,

Abg. Solimar Pacheco Torrealba

Se dará cumplimiento a lo ordenado en la anterior decisión. En ésta misma fecha, siendo las diez y treinta de la mañana (10:30 a.m.) se registró la anterior decisión.

La Secretaria,

Abg. Solimar Pacheco Torrealba

Abg.EGG/Spt/genesis
Sol: 4910/2022