REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Chivacoa, 09 de junio de 2022
Años: 212° y 163°
DEMANDANTE: Ciudadano RAFAEL ANGEL ULACIO TORREALBA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.209.344
DEMANDADA: Ciudadana YEIMY ROZANA DIAZ CORDERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-17.813.425
EXPEDIENTE NÚMERO: 3128-2022.
MOTIVO: OFRECIMIENTO DE OBLIGACION DE MANUTENCIÓN
DECISIÓN :
HOMOLOGACIÓN
Se recibió la solicitud Ofrecimiento de Manutención en fecha 03 de mayo de 2022, presentada por el ciudadano RAFAEL ANGEL ULACIO TORREALBA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.209.344, domiciliado en la avenida 7 entre calles 20 y 21, casa numero 20-4, edifico mis Nieto, sector punta Brava de San Felipe Estado Yaracuy, mediante la cual solicitó se fijará la manutención en beneficio de su hija (Identidad Omitida según artículo 65 de la Ley Orgánica para la protección del Niño, Niña y Adolescentes), de cinco (05) años de edad, en contra de la ciudadana YEIMY ROZANA DIAZ CORDERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-17.813.425; anexo al escrito de solicitud copia fotostática de cédula de identidad del demandante y partidas de nacimiento de los niños.
Una vez recibida dicha solicitud conjuntamente con los recaudos anexos, se admite en fecha 09 de mayo del año 2022, de conformidad con el artículo 341 del Código de Procedimiento Civil Venezolano, en concordancia con los artículos 514 y 457 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y la resolución Nº 2020-0027 del 09/12/2020 emanada de la sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, librándose boleta de notificación al demandado de auto.
En fecha 13 de mayo de 2022 (folios 06y 07), el alguacil del Tribunal consignó boleta de notificación dirigida a la demandante, debidamente firmada y agregada al expediente.
En fecha 16 de mayo de 2022 (folio 08), cursa auto donde se constato que se ha cumplido con la notificación de la parte demandada, en consecuencia este tribunal fijo la fecha para la celebración de la audiencia preliminar de la fase de mediación.
En fecha 08 de junio del 2022 (folio 09), constituido el Tribunal por el Juez, Secretaria y Alguacil, se hizo constar que comparecieron los ciudadanos RAFAEL ANGEL ULACIO TORREALBA parte demandante y YEIMY ROZANA DIAZ CORDERO, parte demandada tal como fue anunciada a las puertas del tribunal, se dio inicio a la audiencia preliminar de la fase de Mediación, concediéndosele el derecho de palabra a la parte demandante quien expuso: “Ofrezco la cantidad de CIENTO VEINTE BOLÍVARES (Bs. 120,00) mensuales, con el fin de cubrir parte de los gastos para el buen desarrollo y crecimiento de nuestra hija, de las cuales ofrezco sea discriminado en productos de primera necesidad tales como los de aseo personal, Proteínas y carbohidratos, Frutas, Cereales y meriendas, Verduras y Hortalizas así vestimenta; asimismo me comprometo a cubrir en el mes de agosto con el uniforme Escolar y los zapatos correspondientes, también ofrezco comprar los útiles escolares relativos al grado cursante, previo soporte de lista de los mismos; para los gastos decembrinos me comprometo a comprar el estreno correspondiente al 24 de diciembre así como el juguete del Niño Jesús; igualmente ofrezco que ambos padres debemos cubrir el 50% de los gastos médicos o medicinas que se requieran en su oportunidad para nuestra hija.” En este estado toma la palabra la parte demandada ciudadana YEIMY ROZANA DÍAZ CORDERO, antes identificada y expone: “Estoy de acuerdo con lo ofrecido por el papá de mi hija”.
El Tribunal visto el anterior acuerdo suscrito como consta al folio nueve (09) del presente expediente de Obligación de Manutención, este Tribunal de conformidad con el artículo 375 de la LOPNA, imparte la Homologación en la presenta causa.
Según lo ofrecido por el ciudadano RAFAEL ANGEL ULACIO TORREALBA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.209.344 y acordado por la ciudadana YEIMY ROZANA DIAZ CORDERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-17.813.425, quedan establecidos los siguientes montos en la presente causa: El padre aportará la cantidad de cinto veinte bolívares (Bs. 120,00), el cual pagará de manera mensual, en cuanto a los estrenos el papá cubrirá los del día 24, más el regalo de niño Jesús, ambos padres deberán cubrir el 50% de los gastos médicos
Este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA HOMOLOGAR en sus propios términos dicho convenimiento, de conformidad con el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con el artículo 262 del Código de Procedimiento Civil.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE, INCLUSO EN LA PÁGINA WEB OFICIAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA WWW.TSJ.GOB.VE, ASÍ COMO EN LA PÁGINA WWW.YARACUY.SCC.ORG.VE, SEGÚN RESOLUCIÓN 05-2020, EMANADA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA, SALA DE CASACÓN CIVIL, DE FECHA 05 DE OCTUBRE DE 2020.
Dada, firmada y sellada en el Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, En Chivacoa, a los nueve (09) días del mes de junio de 2022. Años 212º de la Independencia y 163º de la Federación.
El Juez,
Abg. Edwin Godoy González
La Secretaria,
Abg. Solimar Pacheco Torrealba
En la misma fecha se publicó, registró la anterior decisión, siendo la hora de las 12:00 p.m., y se le dio cumplimiento a lo ordenado.
La Secretaria,
Abg. Solimar Pacheco Torrealba.
Abg. EGG/Spt/yurianner-
EXP N° 3128-2022
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