REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DEL MUNICIPIO BRUZUAL LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIALDEL ESTADO YARACUY
Chivacoa, 05 de mayo de 2022
Años: 212º y 163º
Vistas las anteriores actuaciones, relativas a solicitud de TÍTULO SUPLETORIO, presentado por el ciudadano FREDY ZENAIDO HURTADO venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.146.416, debidamente asistido en este acto por el abogado en ejercicio ALEXANDER JOSÉ GÁMEZ PÉREZ, quien está inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 140.760,en el cual solicita el Título Supletorio sobre una bienhechuría ubicada en la calle principal vía La Puente de Campo Elías Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, cuyas características están descritas en la solicitud. La referida bienhechuría posee un área de construcción de OCHENTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON OCHENTA CENTÍMETROS (85,80 M²), encontrándose alinderada de la siguiente manera: Norte: casa y solar que es o fue de la familia Garrido, con una longitud de diecisiete (17.00 M); Sur: vía de acceso a la carretera vía La Puente su frente, con una longitud de diecisiete metros (17.00 M); Este: terreno ocupado por Victoria Garrido, con una longitud de cincuenta metros (50.00 M) y Oeste: casa y solar que es o fue de Victoria Garrido con una longitud de cincuenta metros (50.00 M) y está construida sobre un área de terreno INTI, según certificado de bienhechurías para tramitar titulo supletorio emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, de fecha 25-03-2022, que mide OCHOCIENTOS CINCUENTA METROS CUADRADOS (850.00 M²). Se le dio entrada a la solicitud en fecha veintisiete (27) de abril de 2022; y en fecha cinco de mayo de 2022 fueron oídas las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos EDECIO OMAR SOSA ORTIZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.518.651, domiciliado en la calle 13 entre avenidas 5 y 6 de la comunidad de Guatanquire I, Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, y JULIO CESAR CORDERO PALENCIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.618.658, domiciliado en la calle 20 con avenida 1 y 2 de la comunidad Ezequiel Zamora, Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, cuyas testimoniales son apreciadas por este Tribunal a favor de sus promoventes, por encontrarlas contestes entre sí, pues los testigos demostraron tener conocimiento de los hechos sobre los cuales testificaron. Por los fundamentos antes expuestos este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECRETA el TÍTULO SUPLETORIO sobre las bienhechurías descritas en la solicitud, a favor del ciudadano FREDY ZENAIDO HURTADO venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.146.416, dejándose a salvo los derechos de terceros de iguales o mejores derechos. Así se decide.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE, INCLUSO EN LA PÁGINA WEB OFICIAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA WWW.TSJ.GOB.VE, ASÍ COMO EN LA PÁGINA WWW.YARACUY. SCC.ORG.VE, SEGÚN RESOLUCIÓN 05-2020, EMANADA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA, SALA DE CASACÓN CIVIL, DE FECHA 05 DE OCTUBRE DE 2020, Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE SOLICITUD, UNA VEZ CUMPLIDO ESTE REQUISITO, DEVUÉLVASE ORIGINAL DE LA SOLICITUD A LA PARTE INTERESADA, UNA VEZ QUE SEAN PROVEÍDAS POR ESTE LAS COPIAS FOTOSTÁTICAS RELATIVAS A LA MISMA QUE REPOSARAN EN EL ARCHIVO DE ESTE TRIBUNAL.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal, en Chivacoa, a los cinco (5) días del mes de mayo del año dos mil veintidós (2022). Años 212° de la Independencia y 163° de la Federación.
El Juez,
Abg. Edwin Godoy González
La Secretaria,
Abg. Solimar Pacheco Torrealba
Se dará cumplimiento a lo ordenado en la anterior decisión. En ésta misma fecha, siendo las diez y treinta de la mañana (10:30 m) se registró la anterior decisión.
La Secretaria,
Abg. Solimar Pacheco Torrealba
Abg.EGG/Spt/diana.-
Sol: 4899/2022