REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DEL MUNICIPIO BRUZUAL LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIALDEL ESTADO YARACUY

Chivacoa, 16 de noviembre de 2022
Años: 212º y 163º

Vistas las anteriores actuaciones, relativas a solicitud de TÍTULO SUPLETORIO, presentado por la ciudadana GRACIELA JOSEFINA CASTILLO GUTIÉRREZ, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad Nº V-3.708.252, debidamente asistida en este acto por la abogada en ejercicio Marisol Anzola, quien está inscrita en el I.P.S.A bajo el Nº 49.482, en el cual solicita el Título Supletorio sobre una bienhechuría ubicada en el callejón Almeida entre calles 6 y 7, comunidad Monte Oscuro de Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, cuyas características están descritas en la solicitud. La referida bienhechuría posee un área de construcción de SETENTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON SESENTA CENTÍMETROS (77,60 M²), encontrándose alinderada de la siguiente manera: Norte: casa y solar que es o fue de Marina Anzola, con una longitud de catorce metros con cuarenta centímetros (14,40 M); Sur: callejón Almeida, su frente, con una longitud de trece metros (13,00 M); Este: casa que es o fue de Mildred Chirinos de Mayor, con una longitud de veintiún metros con cuarenta centímetros (21,40 M) y Oeste: casa y solar que es o fue de Rosa Anzola, con una longitud de veintitrés metros con sesenta centímetros (23,60 M) y está construida sobre un área de terreno Municipal, según certificado de bienhechurías para tramitar titulo supletorio emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, de fecha 20-09-2022 que mide DOSCIENTOS SESENTA METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y CINCO CENTÍMETROS (260,95 M²). Se le dio entrada a la solicitud en fecha siete (07) de noviembre de 2022; y en fecha dieciséis (16) de noviembre de 2022 fueron oídas las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos NORA YSABEL CAZORLA DE HERRERA, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad Nº V-11.270.649, domiciliada en el Callejón Almeida, calle 6 del sector Monte Oscuro, Municipio Bruzual Estado Yaracuy, y ELIDIO RAMÓN HERRERA VIEZ, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad Nº V- 7.907.291, domiciliado en la calle 6, entre callejón Almeida del Sector Monte Oscuro del Municipio Bruzual Estado Yaracuy, cuyas testimoniales son apreciadas por este Tribunal a favor de sus promoventes, por encontrarlas contestes entre sí, pues los testigos demostraron tener conocimiento de los hechos sobre los cuales testificaron. Por los fundamentos antes expuestos este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECRETA el TÍTULO SUPLETORIO sobre las bienhechurías descritas en la solicitud, a favor de la ciudadana GRACIELA JOSEFINA CASTILLO GUTIÉRREZ, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad Nº V-3.708.252, dejándose a salvo los derechos de terceros de iguales o mejores derechos. Así se decide.

PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE, INCLUSO EN LA PÁGINA WEB OFICIAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA WWW.TSJ.GOB.VE, ASÍ COMO EN LA PÁGINA WWW.YARACUY. SCC.ORG.VE, SEGÚN RESOLUCIÓN 05-2020, EMANADA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA, SALA DE CASACÓN CIVIL, DE FECHA 05 DE OCTUBRE DE 2020, Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE SOLICITUD, UNA VEZ CUMPLIDO ESTE REQUISITO, DEVUÉLVASE ORIGINAL DE LA SOLICITUD A LA PARTE INTERESADA, UNA VEZ QUE SEAN PROVEÍDAS POR ESTE LAS COPIAS FOTOSTÁTICAS RELATIVAS A LA MISMA QUE REPOSARAN EN EL ARCHIVO DE ESTE TRIBUNAL.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal, en Chivacoa, a los dieciséis (16) días del mes de noviembre del año dos mil veintidós (2022). Años 212° de la Independencia y 163° de la Federación.
El Juez,

Abg. Edwin Godoy González
La Secretaria,

Abg. Solimar Pacheco Torrealba

Se dará cumplimiento a lo ordenado en la anterior decisión. En ésta misma fecha, siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.) se registró la anterior decisión.

La Secretaria,

Abg. Solimar Pacheco Torrealba

Abg.EGG/Spt/diana
Sol: 4975/2022