REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL
MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
Chivacoa, 03 de noviembre de 2022.
Años: 212º y 163º
Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: MARÍA ELENA SUÁREZ DÍAZ, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad Nº V-7.583.141, domiciliada en la avenida Fermín Calderón, calle 7 y callejón San José de la ciudad de Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y HENRY EUCLIDES PÉREZ ABREU, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad Nº V-8.515.715, domiciliado en la avenida Fermín Calderón entre calles 8 y 9, sector Banco Obrero de la ciudad de Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, sin perjuicios de terceros de igual o mejores derechos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el artículo 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TÍTULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS suficiente para asegurarle el derecho que le corresponde a los ciudadanos: ANA MARÍA CASTILLO AGUIRRE y CARLOS ALBERTO CASTILLO AGUIRRE, venezolanos, mayores de edad, portadores de las cédulas de identidad Nros V-18.683.046 y Nº V-18.683.045 respectivamente, en su condición de hijos del causante PABLO JOSÉ CASTILLO CARRERA, quien en vida fuera venezolano, mayor de edad y portaba la cédula de identidad Nº V-7.594.192, el cual falleció ab-intestato el día primero (1º) de enero de año 2021, según consta en acta de defunción Nº 092-01, folio 092, emitida por la Unidad Hospitalaria de Registro Civil del Municipio San Felipe del Estado Yaracuy en fecha dos (02) de febrero del año 2021.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE, INCLUSO EN LA PÁGINA WEB OFICIAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA WWW.TSJ.GOB.VE, ASÍ COMO EN LA PÁGINA WWW.YARACUY. SCC.ORG.VE, SEGÚN RESOLUCIÓN 05-2020, EMANADA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA, SALA DE CASACÓN CIVIL, DE FECHA 05 DE OCTUBRE DE 2020, Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE SOLICITUD, UNA VEZ CUMPLIDO ESTE REQUISITO, DEVUÉLVASE ORIGINAL DE LA SOLICITUD A LA PARTE INTERESADA, UNA VEZ QUE SEAN PROVEÍDAS POR ESTE LAS COPIAS FOTOSTÁTICAS RELATIVAS A LA MISMA QUE REPOSARAN EN EL ARCHIVO DE ESTE TRIBUNAL.
El Juez,
Abg. Edwin Godoy González
La Secretaria,
Abg. Solimar Pacheco Torrealba
En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas, a la parte interesada.
La Secretaria,
Abg. Solimar Pacheco Torrealba
Abg.EGG/Spt/diana.-
Exp.4968/2022