REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DEL MUNICIPIO BRUZUAL LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIALDEL ESTADO YARACUY

Chivacoa, 26 de abril de 2023
Años: 213º y 164º

Vistas las anteriores actuaciones, relativas a solicitud de TÍTULO SUPLETORIO, presentado por la ciudadana MILAGROS DESIREE CASTILLO GUTIÉRREZ, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad Nº V-17.157.299, debidamente asistida en este acto por la abogada en ejercicio Elda Josefina Agüero, quien está inscrita en el I.P.S.A bajo el Nº 183.146, sobre una bienhechuría ubicada en la calle 1, avenida 1, comunidad de Guaicaipuro de Chivacoa, Municipio Bruzual, estado Yaracuy, cuyas características están descritas en la solicitud. La referida bienhechuría posee un área de construcción de NOVENTA Y NEUVE METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y TES CENTÍMETROS (99,83 M²), encontrándose alinderada de la siguiente manera: Norte: casa y solar que es o fue de Mercedes Durán, con una longitud de veinticinco metros lineales con cuarenta y cinco centímetros (25,45 ML); Sur: casa y salar que es o fue de María Segura, con una longitud de veintiséis metros lineales con cinco centímetros (26,05 ML); Este: calle 1, su frente, con una longitud de diez metros lineales con quince centímetros (10,15 ML)y Oeste: casa y solar que es o fue de Edgard Fuentes, con una longitud siete metros lineales con cincuenta y ocho centímetros (7,58 ML) y está construida sobre un área de terreno Municipal, según certificado de Bienhechuría emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, de fecha 06-02-2023 que mide DOSCIENTO VEINTISITE METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y DOS CENTÍMETROS (227,82 M²). Se le dio entrada a la solicitud en fecha trece (13) de abril de 2023; y en fecha veintiséis (26) de abril de 2023 fueron oídas las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanas: Noheli Marbella Legon Flores, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad Nº V-17.814.551, domiciliada en la comunidad de Guaicaipuro, avenida 02 casa sin número, ubicada en la ciudad de Chivacoa, municipio Bruzual del estado Yaracuy y Solmar Nairim Montes Albarran, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad Nº V-27.912.405, domiciliada en el barrio Guaicaipuro, calle 1, avenida 1, en la ciudad de Chivacoa, municipio Bruzual del estado Yaracuy, cuyas testimoniales son apreciadas por este Tribunal a favor de sus promoventes, por encontrarlas contestes entre sí, pues los testigos demostraron tener conocimiento de los hechos sobre los cuales testificaron. Por los fundamentos antes expuestos este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECRETA el TÍTULO SUPLETORIO sobre las bienhechurías descritas en la solicitud, a favor de la ciudadana MILAGROS DESIREE CASTILLO GUTIERREZ, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad Nº V-17.157.299, dejándose a salvo los derechos de terceros de iguales o mejores derechos. Así se decide.

PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE, INCLUSO EN LA PÁGINA WEB OFICIAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA WWW.TSJ.GOB.VE, ASÍ COMO EN LA PÁGINA WWW.YARACUY. SCC.ORG.VE, SEGÚN RESOLUCIÓN 05-2020, EMANADA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA, SALA DE CASACÓN CIVIL, DE FECHA 05 DE OCTUBRE DE 2020, Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE SOLICITUD, UNA VEZ CUMPLIDO ESTE REQUISITO, DEVUÉLVASE ORIGINAL DE LA SOLICITUD A LA PARTE INTERESADA, UNA VEZ QUE SEAN PROVEÍDAS POR ESTE LAS COPIAS FOTOSTÁTICAS RELATIVAS A LA MISMA QUE REPOSARAN EN EL ARCHIVO DE ESTE TRIBUNAL.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal, en Chivacoa, a los veintiséis (26) días del mes de abril del año dos mil veintitrés (2023). Años 212° de la Independencia y 164° de la Federación.
El Juez,

Abg. Edwin Godoy González
La Secretaria,

Abg. Solimar Pacheco Torrealba

Se dará cumplimiento a lo ordenado en la anterior decisión. En ésta misma fecha, siendo las diez y treinta de la mañana (10:30 a.m.) se registró la anterior decisión.
La Secretaria,

Abg. Solimar Pacheco Torrealba



Abg.EGG/Spt/yurianner
Sol: 5008/2023