TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO PEÑA DE LA CIRCUNSCRIPCION
JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
Yaritagua, 11 de Abril de 2023
Año 212º y 164°
DEMANDANTE: ROXANA NACARY LEO BULLONES, LUIS ENRIQUE LEO BULLONES, RICHARD JAVIER LEO BULLONES Y NESTOR JOSE LEO BULLONES (Abg. OSCAR BULLONES)
DEMANDADO (A): NESTOR ENRIQUE LEO ALVAREZ
MOTIVO: RECONOCIMIENTO DE INSTRUMENTO PRIVADO
SENTENCIA: DEFINITIVA
EXPEDIENTE Nº: 4144/23
A los fines de resolver la presente causa este Tribunal observa lo siguiente: Comienza la misma con demanda presentada por los ciudadanos: ROXANA NACARY LEO BULLONES, LUIS ENRIQUE LEO BULLONES, RICHARD JAVIER LEO BULLONES Y NESTOR JOSE LEO BULLONES, mayores de edad, titulares de las Cedulas de Identidad Nros.: V-21.521.256, V-19.198.787, V-16.974.989, V-15.482.505, asistidos en este acto por el abogado: OSCAR J. BULLONES, IPSA Nº 115.687, contra el ciudadano: NESTOR ENRIQUE LEO ALVAREZ, venezolano, titular de la cédula Nº V-7.555.421, domiciliado en Yaritagua Municipio Peña Estado Yaracuy, la cual riela al folio 01. Al folio 02 riela documento privado. Al folio 03 al 08 rielan anexos. Al folio 09 riela auto de admisión de la presente demanda. Al folio 10 Riela la Boleta de Citación. Al folio 11 riela Escrito de Contestación de la demanda presentado por el ciudadano: NESTOR ENRIQUE LEO ALVAREZ, venezolano, titular de la cédula Nº V-7.555.421, asistido por el Abogado: ALEXANDER ALVARADO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°:151.711.
DECISIÓN
A los fines de dictar sentencia en la presente causa este Tribunal observa lo siguiente: Que en el escrito de Contestación de la demanda el ciudadano: NESTOR ENRIQUE LEO ALVAREZ, plenamente identificado y asistido de Abogado, conviene en toda y cada una de sus partes en la demanda presentada en su contra por los ciudadanos: ROXANA NACARY LEO BULLONES, LUIS ENRIQUE LEO BULLONES, RICHARD JAVIER LEO BULLONES Y NESTOR JOSE LEO BULLONES, igualmente reconoció como cierto el contenido del documento que riela al folio 02 del presente expediente y como suya la firma que lo suscribe la cual aparece al pie del documento y es la que usa en todo sus actos públicos y privados y reconoció que les da en CESION DE DERECHO unas bienhechurías que les corresponde, la cual se encuentra ubicada en la Carrera 11 esquina Calle 15, Yaritagua, Municipio Peña, Estado Yaracuy, siendo sus linderos Naciente: Solar y casa que fue de Amalia Hernández, hoy de Fran Dobles; Poniente: Con calle 15 antes Calle Páez y casa de Dolores de Belier, hoy casa de Yolanda Belier Norte: con solar y casa que fue de María de Mejías, hoy con Local habitacional de Antonio Fuentes, Sur: con Carrera 11 antes Calle Colon y casa antes de Antonio Garfides, hoy quinta de Juan Garfides. Dichas bienhechurías les perteneció según se evidencia en DOCUMENTO AUTENTICADO EMITIDO POR EL JUZGADO DEL DISTRITO YARITAGUA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, DE FECHA 22 DE MARZO DEL AÑO 1986, INSERTO BAJO EL N° 56, FOLIO VUELTO DEL 98 AL VTO. 99, en consecuencia este JUZGADO DEL MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO PEÑA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA CON LUGAR, la demanda intentada por los ciudadanos: ROXANA NACARY LEO BULLONES, LUIS ENRIQUE LEO BULLONES, RICHARD JAVIER LEO BULLONES Y NESTOR JOSE LEO BULLONES, mayores de edad, titulares de las Cedulas de Identidad Nros.: V-21.521.256, V-19.198.787, V-16.974.989, V-15.482.505, asistidos en este acto por el abogado: OSCAR J. BULLONES, IPSA Nº 115.687, contra el ciudadano: NESTOR ENRIQUE LEO ALVAREZ; contra el ciudadano: NESTOR ENRIQUE LEO ALVAREZ, venezolano, titular de la cédula Nº V-7.555.421, domiciliado en Yaritagua Municipio Peña Estado Yaracuy, se DECLARA: RECONOCIDO el instrumento privado que riela al folio 02 del presente expediente, de acuerdo a lo establecido en el artículo 444 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Publíquese. Regístrese y déjese copia certificada. Dado, sellado y firmado en la Sala de Despacho del Tribunal De Municipio Ordinario Y Ejecutor De Medidas del Municipio Peña de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. Yaritagua, 11 de Abril de 2023. Año 212º y 164º.
El Juez Titular
Abg. Octavio Méndez Mújica
La Secretaria Titular
Abg. Mariangela Sira
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