REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO PEÑA DE LA CIRCUNSCRIPCION
JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
Yaritagua, 20 de abril de 2023
Año 212º y 164°

DEMANDANTE: GERALDINE CAROLINA GRATERON LEAL Y MARCO ANTONIO ESCALONA SILVA (Abg. DANIELA SIVIRA )
DEMANDADO (A): JACINTO DE JESUS FUENTES
MOTIVO: RECONOCIMIENTO DE INSTRUMENTO PRIVADO
SENTENCIA: DEFINITIVA
EXPEDIENTE Nº: 4145/23

A los fines de resolver la presente causa este Tribunal observa lo siguiente: Comienza la misma con demanda presentada por los ciudadanos: GERALDINE CAROLINA GRATERON LEAL Y MARCO ANTONIO ESCALONA SILVA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nro. V-21.301.963 Y 19.614.843 respectivamente, asistidos en este acto por la abogada: DANIELA SIVIRA inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 205.270 , contra el ciudadano: JACINTO DE JESUS FUENTES , venezolano, mayor de edad, hábil civilmente, titular de la cedula de identidad Nº V-1.249.826 de este domicilio Municipio Peña Estado Yaracuy, la cual riela al folio 01. Al folio 02 riela documento privado, al folio 03 al 17 rielan anexos. Al folio 18 riela auto de admisión de la presente demanda. Al folio 19 riela Boleta de Citación. Al folio 20 riela Escrito de Contestación de la demanda presentado por el ciudadano: JACINTO DE JESUS FUENTES asistido por el Abogado: ANDREA OROZCO inscrito en el Inpreabogado bajo el N°:229.790
DECISIÓN
A los fines de dictar sentencia en la presente causa este Tribunal observa lo siguiente: Que en el escrito de Contestación de la demanda el ciudadano: JACINTO DE JESUS FUENTES plenamente identificado y asistido de Abogado, conviene en toda y cada una de sus partes en la demanda presentada en su contra por los ciudadanos: GERALDINE CAROLINA GRATERON LEAL Y MARCO ANTONIO ESCALONA SILVA igualmente reconoció como cierto el contenido del documento que riela al folio 02 del presente expediente y como suya la firma que lo suscribe la cual aparece al pie del documento y es la que usa en todo sus actos públicos y privados ante un documento de compra venta privado que versa sobre todos los derechos sobre unas bienhechurías, consistentes en un inmueble constituido por una casa ubicado en la carrera 15 esquina calle 13 sector 101 Yaritagua Municipio Peña Estado Yaracuy y, siendo sus linderos Norte: carrera 15 su frente en línea de 23,38 Ml ,Sur: casa y solar de la familia Rodríguez, en línea de 24,00Ml , Este: solar y casa de la familia Montes en línea de 8.90 Ml y Oeste: calle 13 en línea de 12.55Mts . Estas bienhechurías le pertenecen al demandado según Herencia y Único Universal de la causante ANACLETA FUENTES (su madre) según se evidencia en planilla sucesoral emitida por el Ministerio de Hacienda del Departamento de Sucesiones en fecha 05 de octubre del 1992,planilla sucesoral Nro.1287 y Código 0701010307 y certificado de solvencia sucesión H-92 Nro.0760667, en consecuencia este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Peña de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy . ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA CON LUGAR, la demanda intentada por los ciudadanos: GERALDINE CAROLINA GRATERON LEAL Y MARCO ANTONIO ESCALONA SILVA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nro. V-21.301.963 Y 19.614.843 respectivamente, asistidos en este acto por la abogada: DANIELA SIVIRA inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 205.270 , contra el ciudadano: JACINTO DE JESUS FUENTES , venezolano, mayor de edad, hábil civilmente, titular de la cedula de identidad Nº V-1.249.826 , DECLARA: RECONOCIDO el instrumento privado que riela al folio 02 del presente expediente, de acuerdo a lo establecido en el artículo 444 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Publíquese. Regístrese y déjese copia certificada. Dado, sellado y firmado en la Sala de Despacho del Tribunal De Municipio Ordinario Y Ejecutor De Medidas del Municipio Peña de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. Yaritagua, 20 de abril de 2023. Año 212º y 164º.
El Juez titular

Abg. Octavio Méndez Mújica
La Secretaria

Abg. Mariangela Sira