REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO (2°) DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO BOLIVAR. SEDE CIUDAD BOLIVAR
ASUNTO PRINCIPAL: FP02-L-2023-000021
AUDIENCIA DE PROLONGACION Y DESISTIMIENTO
PARTE ACTORA: DALILA MILAGROS DI´FELICE venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N°14.652.615.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: RICKY ALEXIS ESPAÑA Abogado en ejercicio e inscrito en el inpreabogado bajo el N° 145.580
PARTE DEMANDADA: CHARCUTODO DELI C.A y de manera solidaria ANA MARIA PENSA, venezolana, mayor de edad, de la cedula de identidad N° 10.048.447
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: JUAN CASANOVA MORA, Abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 90.934
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES
En el día de hoy, miércoles nueve (09) de agosto de 2023, siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.), día y la hora fijada para que tenga lugar la celebración de la prolongación de la Audiencia Preliminar, se hizo el llamado tres (3) veces por parte del personal de Alguacilazgo, a viva voz, y a tal efecto se deja expresa constancia que la parte actora ciudadana: DALILA MILAGROS DI´FELICE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-14.652.615, no compareció ni por si ni por representación judicial alguna; asimismo se deja constancia que compareció el ciudadano JUAN CASANOVAMORA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°13.919.036, abogado en ejercicio e inscrito en el I.P.S.A., bajo el N° 90.934, quien actúa en nombre y representación de las demandadas CHARCUTODO DELI C.A y de manera solidaria ANA MARIA PENSA, tal., como consta en instrumento poder que cursa a los autos del presente expediente. En este estado es necesario declarar el DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO de conformidad a lo establecido en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, declarando terminado el proceso. Es todo, terminó, se leyó y estando conformes firman, siendo las diez y treinta y cinco minutos de la mañana (10:35 AM).
LA JUEZ,
ABG.MAIRA HIDALY FARFAN GUTIERREZ
EL SECRETARIO DE SALA
ABG. EDUARDO BAEZ
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