REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ODINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD Y ARÍSTIDES BASTIDAS.

TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD Y ARÍSTIDES BASTIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
San Pablo, 7 de Agosto de 2023
AÑOS: 213º y 164º

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos JOSÉ BENIGNO OROPEZA NOGUERA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº V-14.997.344, residenciado en el sector Centro, calle 4 entre avenida 5 y 6, San Pablo del Municipio Arístides Bastidas del Estado Yaracuy, y BETZARI YOSMERY HEREDIA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nº V-16.974.381, residenciada en la Urbanización Colinas de Agua Blanca, Calle 2 con avenida Principal Municipio la Trinidad el Estado Yaracuy, SIN PERJUICIOS DE TERCEROS DE IGUAL O MEJOR DERECHOS, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre, La Trinidad y Arístides Bastidas de La Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIO, sobre unas bienhechurías en un terreno propiedad Municipal, según informe de inspección de la Alcaldía Bolivariana del Municipio La Trinidad del Estado Yaracuy, Dirección de Ingeniería y Castastro Municipal, de fecha 10 de Julio de 2023, el cual posee un área total de terreno CUATRO MIL TRESCIENTOS SETENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y NUEVE CENTIMETROS (4.379,89 Mts2), ubicado en la Calle Nº 5 entre Avenidas 01 y 02 Sector Lomas de San Valentin Municipio La Trinidad Estado Yaracuy, dichas bienhechurías cuenta con un área total de construcción de CIENTO CATORCE METROS CUADRADOS CON TREINTA CENTÍMETROS (114,30 Mts2), cuyos linderos particulares son los siguientes: NORTE: Calle 5. SUR: Terrenos Municipales ocupados por Omar Mujica. ESTE: calle 5. y OESTE: Terreno ocupado por Ender Mora, Se trata de unas (1) bienhechurías consistentes de una (1) casa, el cual tiene un valor de CINCUENTA MIL BOLÍVARES (Bs.50.000,00), a favor de los ciudadanos NIDIA MARIBEL REGALADO DE MORO y AGUSTIN CRESENCIO MORO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-8.515.250 y V- 5.458.288, respectivamente. Publíquese y Regístrese, incluso en la página Web Oficial del Tribunal Supremo de Justicia www.tsj.gob.ve, y déjese copia certificada a los efectos indicados en el Artículo 112 del Código de Procedimiento Civil, de la presente solicitud, una vez cumplido este requisito, devuélvase original de la solicitud a la parte interesada, una vez que sean proveídas por este las copias fotostáticas relativas a la misma.-
EL JUEZ PROVISORIO,

Abg. EMIGDIO RAFAEL WELMAN MORENO
EL SECRETARIO,
Abg. VILLASMIL ANTONIO PETIT
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en el Auto anterior.-
EL SECRETARIO,

Abg. VILLASMIL ANTONIO PETIT
ERWM/VAP/jo
Sol. 665/23