TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO PEÑA
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Yaritagua 04 de Agosto de 2023.
Años: 213° y l64°
Vista la solicitud formulada al final del escrito que encabeza estas actuaciones y las declaraciones de los testigos jurados, ciudadanas: YARITZA SAMAHIR DE LA M HERRERA, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº: V- 13.652.648 y ANA MARIA TOVAR DE GARCIA, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº: V-,16.748.205 este Tribunal actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO a favor de los ciudadanos: ELOY JOSE PEREZ, Venezolano, mayor de edad, Casado, titular de la cédula de identidad Nro. V-7.391.494 y MATILDE RAMONA ALVARADO DE PEREZ Venezolana, mayor de edad, Casada, titular de la cédula de identidad Nro. V-10.858.558 sobre unas bienhechurías que los solicitantes dicen que ocupan, construidas en un lote de terreno de origen Municipal, área de terreno de TRESCIENTOS SETENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y CINCO CENTIMETROS (374,95 MTS2) aproximadamente, sobre los cuales el Tribunal otorga Titulo Supletorio sin perjuicio de terceros con iguales o mejores derechos que tenga sobre dichas bienhechurías; Ubicada en la Carrera 03 entre calles 04 y 05, Manzana 68-2, Sector caja de Agua, Cambural, Parroquia san Andrés, Municipio Peña, Estado Yaracuy, siendo sus linderos los siguientes: Norte: Carrera 03, que es su frente; Sur: Gisela Tovar; Este: Jesús Hernández; Oeste: Diana Pérez. Consiste en una casa de bloque, techo de zinc, piso pulido y rustico, tres (04) habitaciones con puerta de hierro, sala, cocina empotrada, lavadero, corredores, puertas de hierro con sus protectores y ventanas de romanillas con sus protectores, y un anexo de depósito con techo maya zer zen, piso liso y rustico, puerta de hierro con ventana de lamina y con su frente enrrejado, con una área de construcción: DOSCIENTOS VEINTIDOS Y METROS CUADRADOS CON SETENTA Y UN CENTIMETRO (222,71 MTS2) .
Devuélvase a la parte interesada, a los fines solicitados, sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, de conformidad con lo establecido en el Artículo 555 del Código Civil.
El Juez Titular.
Abg. Octavio Méndez Mújica
La Secretaria titular;
Abg. Mariangela Sira
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