REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

San Felipe, 6 de diciembre de 2023
Años: 213º y 164º

Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, los ciudadanos GUILLEN RENNY JOSÉ, venezolano, mayor de edad, hábil en derecho y titular de la cédula de identidad Nº V-7.576.018, domiciliado en la calle 36, con avenidas 8 y 9, municipio Independencia, estado Yaracuy,y RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ FREDDY PAÚL, venezolano, mayor de edad, hábil en derecho y titular de la cédula de identidad Nº V-14.443.560, domiciliado en final calle 35, entre avenidas 9 y 10, municipio Independencia, estado Yaracuy, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 555 del Código Civil; DECRETA las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIO suficientes, para asegurar el derecho de propiedad, a favor del ciudadano GUERRA EVER PORFILIO, venezolano, mayor de edad, hábil en derecho, titular de la cédula de identidad N° V-7.913.584, asistido del abogado FUENTES CAMPOS WILFREDO JOSÉ, inscrito en el Inpreabogado con el N° 179.435, sobre las bienhechurías, construidas sobre un área de terreno municipal, que mide cuatrocientos veinticuatrometros cuadrados con nueve centímetros cuadrados (424,09 M2), con un área de construcción que mide cien metros cuadrados con tres centímetros cuadrados (100,03 M2), ubicadaen elsector Los Mochuelos, avenida 09, entre calles 35 y 36, municipio Independencia, estado Yaracuy, consistentes de un inmueble (casa), con las siguientes características:paredes de bloques, techo de acerolit, piso de cemento, una (01) cocina, un (01) fregador,un (01) lavadero,un (01) baño, una (01) sala de recibo, un (01) comedor, cuatro (04) habitaciones, puertas y ventanas de metal, aguas blancas, aguas negras, electricidad aérea, base de mampostería, frente cercado de bloques con rejas y portón,y alinderadas de la siguiente manera: Norte: casa que es o fuede Saida Veroes de Guerra; Sur: casa que es o fue de Antonio Guerra; Este: avenida 09; y Oeste: casa que es o fue de la familia Guerra. Se dejan a salvo los derechos de terceros. Entréguense al solicitante estas actuaciones en forma original, con sus resultas.
La Jueza Provisoria,

Abg. Dayhel Vanessa Febles Luis
La Secretaria,

Abg. Mayairy Y. Rangel O.

En esta misma fecha, se devuelve a la parte interesada, original con sus resultas de todo lo actuado.
La Secretaria,

Abg. Mayairy Y. Rangel O.