REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ODINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD Y ARÍSTIDES BASTIDAS.

TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD Y ARÍSTIDES BASTIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
San Pablo, 1 de Diciembre de 2023
AÑOS: 213º y 164º
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos Wuiver Antonio Tellechea Guevara, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº V-19.953.356, residenciado en Sector Bucarito, barrio El Carmen, Calle Principal cerca del Ambulatorio, Municipio Sucre del Estado Yaracuy y Edwin Manuel Garrido Palacios, Venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº V-18.301.810, residenciado en la calle Bolívar, Sector Bucarito guama, municipio Sucre del Estado Yaracuy, SIN PERJUICIOS DE TERCEROS DE IGUAL O MEJOR DERECHOS, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre, La Trinidad y Arístides Bastidas de La Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIO, sobre unas bienhechurías en un terreno propiedad Municipal, según, informe de la Alcaldía Bolivariana del Municipio Sucre del Estado Yaracuy, Dirección de Catastro, de fecha 07 de Noviembre de 2023, el cual posee un área total de terreno SETENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y CUATRO CENTÍMETROS (74,44 Mts2), ubicado en el Sector “Los Rosos”, Guama Municipio Sucre del Estado Yaracuy, dichas bienhechurías cuenta con un área total de construcción de SETENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y CUATRO CENTÍMETROS (74,44 Mts2), cuyos linderos particulares son los siguientes: NORTE: Calle Los Rosos, SUR: Terreno Municipal. ESTE: Casa y solar de la Sra. Gerardina Espinoza y OESTE: Casa y solar de la Sra. Gerardina Espinoza, Se trata de un (1) local comercial, el cual tiene un valor aproximado de VEINTE MIL BOLÍVARES (20.000,00 Bs), a favor del ciudadano Denny Ricardo Alejos Espinoza, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° V-16.260.954. Publíquese y Regístrese, incluso en la página Web Oficial del Tribunal Supremo de Justicia www.tsj.gob.ve, y déjese copia certificada a los efectos indicados en el Artículo 112 del Código de Procedimiento Civil, de la presente solicitud, una vez cumplido este requisito, devuélvase original de la solicitud a la parte interesada, una vez que sean proveídas por este las copias fotostáticas relativas a la misma.-

EL JUEZ PROVISORIO,
Abg. EMIGDIO RAFAEL WELMAN MORENO
EL SECRETARIO,
Abg. VILLASMIL ANTONIO PETIT
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en el Auto anterior.-
EL SECRETARIO,
Abg. VILLASMIL ANTONIO PETIT