REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, diecinueve (19) de enero de dos mil veintitrés (2023)
212° y 163°

ACTA DE AUDIENCIA ORAL DE INFORMES

En el día de hoy jueves diecinueve (19) de enero de dos mil veintitrés (2023), siendo las diez horas de la mañana (10:00 a.m.), oportunidad procesal y hora fijada por auto de fecha diecisiete (17) de enero de dos mil veintitrés (2023), a los fines de que tenga lugar la celebración de la Audiencia Oral de Informes de conformidad con lo establecido en el segundo aparte del artículo 229 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, en la causa Nº JSA-2022-000508 (nomenclatura particular de este Juzgado), en virtud del RECURSO APELACIÓN ejercido el día siete (07) de diciembre de dos mil veintidós (2022) por el ciudadano VALENTÍN MONTES BARRIOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad numero V-820.367, en contra de la decisión pronunciada en fecha treinta (30) de noviembre del mismo año, por el Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario de esta Circunscripción Judicial, en su condición de parte demandante en el juicio que por ACCIÓN REIVINDICATORIA, seguido contra la ciudadana BETSY JOSEFINA ORTEGA POLANCO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-10.368.615. Se anunció el acto en las puertas del Tribunal; y se deja constancia que se encuentran presentes en la Sala de Audiencia de este Juzgado Superior Agrario, la ABG. DANIMAR CHIQUINQUIRA MOLERO ANDRADE, el ABG. ALY ALCIDES TORREALBA SALAZAR y la ABG. EMPERATRIZ MARIEL RAMÍREZ ROMERO, con el carácter de Jueza Superior Provisoria, Secretario y Alguacil, respectivamente; asimismo, se deja constancia de la incomparecencia de la parte ACCIONANTE /APELANTE ni por sí mismo, ni por medio de representación judicial, en virtud de ello, este Juzgado Superior Agrario DECLARA DESIERTO EL ACTO y en consecuencia, DESISTIDA LA APELACION, publíquese el extenso del fallo. Por último, siendo las diez y cinco minutos antes meridiem (10:05 a.m.), la Jueza da por concluido el acto. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZA PROVISORIA,


ABG. DANIMAR CHIQUINQUIRA MOLERO ANDRADE

EL SECRETARIO,


ABG. ALY ALCIDES TORREALBA SALAZAR
LA ALGUACIL TITULAR,


ABG. EMPERATRIZ MARIEL RAMIREZ ROMERO

EXPEDIENTE N° JSA-2022-000508
DCMA/AATS/EMRR