REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JUSTO BRICEÑO, TULIO FEBRES CORDERO Y JULIO CESAR SALAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA
Nueva Bolivia, Diecisiete (17) de Enero de 2.023.

212º y 162º

SOLICITUD N°. 056-2022.
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
SOLICITANTE: HILARIO PUNTES VARELA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 2.450.454, domiciliado en el Sector Negro Primero, calle 5, N° 222, entrando por la Avenida 8, Nueva Bolivia, Municipio Tulio Febres Cordero del Estado Bolivariano de Mérida.
ABOGADA ASISTENTE: LORENA BEATRIZ GAMEZ, abogada en ejercicio, Inpreabogado N° 203.869, correo electrónico lorenagamez69@hotmail.com, domiciliado en el Asentamiento Campesino Chiquinquirá, Parroquia Monseñor Celestino Álvarez, Municipio Autónomo Sucre del Estado Zulia……………………………………………………………….

S Í N T E S I S P R O C E S A L:

Vista la anterior solicitud recibida por distribución en fecha 14 de Diciembre de 2022, presentado por el ciudadano: HILARIO PUENTES VARELA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 2.450.454, domiciliado en el Sector Negro Primero, calle 5, N° 222, entrando por la Avenida 8, Nueva Bolivia, Municipio Tulio Febres Cordero del Estado Bolivariano de Mérida, civilmente hábil, actuando en nombre propio y en representación de sus hijos: CARLOS ALBERTO ZERPA, MARBELLA DEL CARMEN ZERPA, ZULEIMA JOSEFINA ZERPA, JORGE LUIS PUENTES ZERPA, YANET COROMOTO PUENTES ZERPA, ROQUE RICARDO ZERPA, NELSON JAVIER PUENTES ZERPA, YOLKA LILIBET PUENTES ZERPA, EDWUAR JONATHAN PUENTES ZERPA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N°. V.- 8.007.517, V.- 9.085.323, V- 9.201.812, V.-9.392.131, V.-11.215.811, V.-9.390.578, V-9.390.577, V-11.215.809, V-12.550.623 del mismo domicilio y hábil, respectivamente, asistido en este acto por la Abogada LORENA BEATRIZ GAMEZ, abogada en ejercicio, Inpreabogado N° 203.869, correo electrónico lorenagamez69@hotmail.com, domiciliado en el Asentamiento Campesino Chiquinquirá, Parroquia Monseñor Celestino Álvarez, Municipio Autónomo Sucre del Estado Zulia. Donde expone: Que el pasado día cinco (05) de Mayo del año dos mil veintidós (2022), falleció en la ciudad de Mérida, Municipio Libertador, Parroquia Domingo Peña, Avenida 16 de Septiembre, quien residía en el Sector Inmaculada, calle principal, Parroquia Tucani, Jurisdicción del Estado Bolivariano de Mérida, la ciudadana LAURA DEL CARMEN ZERPA DE PUENTES, de Ochenta (80) años de edad, quien era Venezolana, casada, mayor de edad, ama de casa, portadora de la cedula de identidad N° 3.001.558, acta de defunción N° 55, folio 055, día cinco de Mayo del Dos Mil Veintidós (2022), certificada en fecha seis de Mayo de Dos Mil Veintidós (2022) y para el momento de su muerte se encontraba unida en Matrimonio Civil con el ciudadano HILARIO PUENTES VARELA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 2.450.454, domiciliado en el Sector Negro Primero, calle 5, N° 222, entrando por la Avenida 8, Nueva Bolivia, Municipio Tulio Febres Cordero del Estado Bolivariano de Mérida y deja nueve (09) hijos: CARLOS ALBERTO ZERPA, Venezolano, titular de la cedula de identidad N° V-8.007.517, MARBELLA DEL CARMEN ZERPA, Venezolana, titular de la cedula de identidad N° 9.085.323, ZULEIMA JOSEFINA ZERPA, Venezolana, titular de la cedula de identidad N° 9.201.812, JORGE LUIS PUENTES ZERPA, Venezolana, titular de la cedula de identidad N° 9.392.131, YANET COROMOTO PUENTES ZERPA, Venezolana, titular de la cedula de identidad N° V-11.215.811, ROQUE RICARDO ZERPA, Venezolano, titular de la cedula de identidad N° V-9.390.578, NELSON JAVIER PUENTES ZERPA, Venezolano, titular de la cedula de identidad N° 9.390.577, YOLKA LILIBET PUENTES ZERPA, Venezolana, titular de la cedula d identidad N° 11.215.809 y EDWUAR JONATHAN PUENTES ZERPA, Venezolano, titular de la cedula de identidad N° 12.550.623. Anexaron certificado de defunción, acta de matrimonio, copias de cedulas y actas de nacimientos con copias de cedulas de los Herederos. A fin de cubrir fines legales del seguro social y otros fines de su interés solicita se sirva interrogar a los testigos hábiles ciudadanos: NELLY YRIDE LEAN RUZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 10.034.966, domiciliada en el Sector Las Inavi, calle 4, N° 10, Tucani, Municipio Caracciolo Parra y Olmedo del Estado Bolivariano de Mérida y JOSE LUCINDO TORREZ DELGADO, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-10.242.490, domiciliado en el Sector La Trinidad, Vía Panamericana, Diagonal a la Policía Nacional, Tucani, Municipio Caracciolo Parra y Olmedo del Estado Bolivariano de Mérida, ambos civilmente hábiles que en su oportunidad presentara por antes este despacho, con relación a los particulares siguientes: PRIMERO: Si conoce de vista, trato y comunicación al ciudadano HILARIO PUENTES VARELA, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 2.450.454. Viudo. SEGUNDO: Si conocieron suficientemente de vista, trato y comunicación a la de cujes LAURA DEL CARMEN ZERPA DE PUENTES, quien era mayor de edad, casada, titular de la cedula de identidad N° V-3.001.558 y cuya residencia ultima estaba situada en el Sector Inmaculada, Carretera B, entre calle 1 y 2, casa N° B-19, Parroquia Tucani, Municipio Caracciolo Parra y Olmedo del Estado Bolivariano de Mérida. TERCERO: Si saben y les consta que la fallecida, al momento de su muerte estaba casada legitima con el ciudadano HILARIO PUENTES VARELA y que para la fecha de su muerte el día seis de Mayo del año 2022 y dejo nueve (09) hijos. CUARTO: Si por el conocimiento que de ellos tienen, saben y les consta que el cónyuge HILARIO PUENTES VARELA y sus nueve hijos (09) hijos CARLOS ALBERTO ZERPA, MARBELLA DEL CARMEN ZERPA, ZULEIMA JOSEFINA ZERPA, JORGE LUIS PUENTES ZERPA, YANET COROMOTO PUENTES ZERPA, ROQUE RICARDO ZERPA, NELSON JAVIER PUENTES ZERPA, YOLKA LILIBET PUENTES ZERPA, EDWUAR JONATHAN PUENTES ZERPA ya identificados, son los únicos y universales herederos de la extinta LAURA DEL CARMEN ZERPA DE PUENTES. Finalmente solicita que una vez cumplido el procedimiento establecido en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, se le devuelva el original con sus resultas. ----
En fecha 19 de Diciembre de 2022, se admitió la solicitud y se fijó la oportunidad para oírles las declaraciones a los testigos que presentare la parte solicitante………………………………
En fecha 12 de Enero de 20223 se tomaron las declaraciones a las testigos: JOSE LUCINDO TORREZ DELGADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-10.242.490, domiciliado en el Sector La Trinidad, Vía Panamericana, Diagonal a la Policía Nacional, Tucani, Municipio Caracciolo Parra y Olmedo del Estado Bolivariano de Mérida; y, NELLY YRIDE LEAN RUZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 10.034.966, domiciliada en el Sector Las Inavi, calle 4, N° 10, Tucani, Municipio Caracciolo Parra y Olmedo del Estado Bolivariano de Mérida…………………..……………...

C O N S I D E R A C I O N E S P A R A D E C I D I R:

Análisis Probatorio:

En cuanto a las documentales presentadas, Certificado de Acta de Defunción, Actas de Nacimientos y Acta de Matrimonio; las mismas se aprecian de conformidad con el artículo 1357 del Código Civil, otorgándoseles pleno valor probatorio al hecho que de ellas se derive.
En cuanto a los Testifícales rendidos por las ciudadanas: JOSE LUCINDO TORREZ DELGADO Y NELLY YRIDE LEAN RUZ, antes identificados, se aprecian de conformidad con el artículo 508 y 509 del Código de Procedimiento Civil y se les da todo el valor probatorio, ya que estos ciudadanos con diferentes palabras estuvieron contestes en afirmar: Que si conocen de vista, trato y comunicación al ciudadano: HILARIO PUENTES VARELA, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 2.450.454. Viudo. Que si conocieron suficientemente de vista, trato y comunicación a la de cujes LAURA DEL CARMEN ZERPA DE PUENTES, quien era mayor de edad, casada, titular de la cedula de identidad Nº 3.001.558 y su ultima residencia estaba situada en el sector Inmaculada, carretera B, entre calle 1 y 2, casa Nº B-19, Parroquia Tucani, del Estado Bolivariano de Merida. Que si saben y les consta que la fallecida, al momento de su muerte estaba casada legitimamete con elciudadano Hilaria Puentes Varela y que para la fecha de su uerte el dia seis de Mayo del 2022 y dejo nueve (9) hijos. Que si saben y les consta que el conyuge HILARIO PUENTES VARELA y sus nueve (09) hijos CARLOS ALBERTO ZERPA, MARBELLA DEL CARMEN ZERPA, ZULEIMA JOSEFINA ZERPA, JORGE LUIS PUENTES ZERPA, YANET COROMOTO PUENTES ZERPA, ROQUE RICARDO ZERPA, NELSON JAVIER PUENTES ZERPA, YOLKA LILIBET PUENTES ZERPA, EDWUAR JONATHAN PUENTES ZERPA ya identificados, son los únicos y universales herederos de la extinta LAURA DEL CARMEN ZERPA DE PUENTES. Que las razones fundadas de sus dichos, se deben a que tienen años conociéndose y siendo vecinos de toda la vida.
Ahora bien, de la revisión de las actas se observa que, de la acta de Defunción de la extinta LAURA DEL CARMEN ZERPA DE PUENTES, inserta al folio ocho (08) y nueve (09), queda demostrado que en fecha seis (06) de Mayo de 2022, se produjo el deceso de la ciudadana: LAURA DEL CARMEN ZERPA DE PUENTES, Del acta de matrimonio N° 29, de fecha Quince (15) de Julio de 1.979 inserta en los libros de Registro Civil de Matrimonio del Juzgado del Municipio Caracciolo Parra y Olmedo, la cual riela del folio cinco (05) al folio siete (07) de la presente solicitud, queda demostrado que la extinta LAURA DEL CARMEN ZERPA DE PUENTES fue legitima esposa del solicitante ciudadano: HILARIO PUENTES VARELA, De las actas de nacimientos agregadas a los folios catorce (14), dieciséis (16), dieciocho (18), veinte (20), veintidós (22), veinticuatro (24), veintiséis (26), veintiocho (28), se comprueba que los ciudadanos: CARLOS ALBERTO ZERPA, MARBELLA DEL CARMEN ZERPA, ZULEIMA JOSEFINA ZERPA, JORGE LUIS PUENTES ZERPA, YANET COROMOTO PUENTES ZERPA, ROQUE RICARDO ZERPA, NELSON JAVIER PUENTES ZERPA, YOLKA LILIBET PUENTES ZERPA, EDWUAR JONATHAN PUENTES ZERPA, son hijos legítimos de la ciudadana: LAURA DEL CARMEN ZERPA DE PUENTES, quedando así demostrado el carácter de Únicos y Universales Herederos de la de cujus.
A tal efecto, esta Juzgadora, observa que la exposición formulada por el solicitante, los instrumentos presentados y las declaraciones de los testigos, son suficientes e idóneos para establecer la procedencia de la solicitud, a fin de acreditar el derecho suficiente que le asiste al ciudadano: HILARIO PUENTES VARELA, y a sus nueve (09) hijos mayores de edad de nombres: CARLOS ALBERTO ZERPA, MARBELLA DEL CARMEN ZERPA, ZULEIMA JOSEFINA ZERPA, JORGE LUIS PUENTES ZERPA, YANET COROMOTO PUENTES ZERPA, ROQUE RICARDO ZERPA, NELSON JAVIER PUENTES ZERPA, YOLKA LILIBET PUENTES ZERPA, EDWUAR JONATHAN PUENTES ZERPA, por cuanto se constató la filiación existente entre la causante y los mencionados ciudadanos. Así se decide. En consecuencia, se declara como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS DE LA CAUSANTE LAURA DEL CARMEN ZERPA DE PUENTES, a los ciudadanos: HILARIO PUENTES VARELA, CARLOS ALBERTO ZERPA, MARBELLA DEL CARMEN ZERPA, ZULEIMA JOSEFINA ZERPA, JORGE LUIS PUENTES ZERPA, YANET COROMOTO PUENTES ZERPA, ROQUE RICARDO ZERPA, NELSON JAVIER PUENTES ZERPA, YOLKA LILIBET PUENTES ZERPA, EDWUAR JONATHAN PUENTES ZERPA venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N°. V.- 2.450.454, V- 8.007.517, V-9.085.323, V-9.201.812, V-9.392.131, V-11.215.811, V-9.390.578, V-9.390.577, V-11.215.809, V-12.550.623 respectivamente del mismo domicilio y hábil, respectivamente. En su condición de legítimo cónyuge el primero y los demás de hijos, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS DE LA CAUSANTE: LAURA DEL CARMEN ZERPA DE PUENTES. Quedando en todo caso a salvo, derechos de terceros.

DECISIÓN:
Por los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JUSTO BRICEÑO, TULIO FEBRES CORDERO Y JULIO CESAR SALAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por el Ministerio del artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS DE LA CAUSANTE LAURA DEL CARMEN ZERPA DE PUENTES, a los ciudadanos: HILARIO PUENTES VARELA, CARLOS ALBERTO ZERPA, MARBELLA DEL CARMEN ZERPA, ZULEIMA JOSEFINA ZERPA, JORGE LUIS PUENTES ZERPA, YANET COROMOTO PUENTES ZERPA, ROQUE RICARDO ZERPA, NELSON JAVIER PUENTES ZERPA, YOLKA LILIBET PUENTES ZERPA, EDWUAR JONATHAN PUENTES ZERPA venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N°. V.- 2.450.454, V- 8.007.517, V-9.085.323, V-9.201.812, V-9.392.131, V-11.215.811, V-9.390.578, V-9.390.577, V-11.215.809, V-12.550.623 respectivamente del mismo domicilio y hábil, respectivamente. En su condición de legítimo cónyuge el primero y los demás de hijos, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS DE LA CAUSANTE: LAURA DEL CARMEN ZERPA DE PUENTES. Quedando en todo caso a salvo, derechos de terceros. Devuélvanse las originales de estas actuaciones al solicitante y déjense copias certificadas de la totalidad del expediente, a los fines de que la misma quede en este Juzgado para que surta efectos legales. DADA, FIRMADA Y SELLADA EN LA SEDE DONDE DESPACHA EL TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JUSTO BRICEÑO, TULIO FEBRES CORDERO Y JULIO CESAR SALAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, A LOS DIECISIETE (17) DÍAS DEL MES DE ENERO DOS MIL VEINTITRES (2.023). AÑOS 212º De la Independencia y 162º de la Federación.


MIRELIS MORENO CUBARRUBIA.
LA JUEZA.

MARIA E. ESCALONA B.
LA SECRETARIA

En la misma fecha se publicó la presente sentencia siendo las 11:00.am, y se dejó copia certificada.


Conste;

La Sria T.