Vista la solicitud formulada al final del escrito que encabeza estas actuaciones y las declaraciones de los testigos jurados, ciudadanos: EDGAR JOSE MARTINEZ, y ANTONIO RAMON AGUILAR PEREZ titulares de las cédulas de identidad Nros: V- V- 9.543.631, Y V-4.478.557, respectivamente, este Tribunal actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO DE MEJORAS a favor de los ciudadanos: GLADYS MARIA BARRADAS DE GAVIDIA Y JOSE MARCELO GAVIDIA DORANTE, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nº: V-5.460.409 y 3.708.739 sobre unas bienhechurías (mejoras ) que los solicitantes dicen que ocupan, construidas en un lote de terreno de origen Municipal, área de terreno de CUATROCIENTOS VIENTICINCO METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y NUEVE CENTIMETROS CUADRADOS (425,99M2), sobre los cuales el Tribunal otorga Titulo Supletorio sin perjuicio de terceros con iguales o mejores derechos que tenga sobre dichas bienhechurías; Ubicada en via de servicio Norte entre calles 04 y 05 Urbanización Daniel Carias Yaritagua Municipio Peña Estado Yaracuy, siendo sus linderos los siguientes: Norte: vía de servicio Norte; Sur: Familia Duran ; Este: Familia Maramara ; Oeste: Familia Mujica . Consiste en unas mejoras realizadas a un inmueble que se describen a continuación: dos habitaciones, un pasillo, una sala comedor, una cocina, dos baños un lavadero, techo de platabanda acerolit y zinc, piso de cemento, cerámica paredes de bloques, vigas y columnas de cemento encofrado, cuenta con cuatro locales comerciales, el primero local que colinda con la familia Maramara, consta de techo de platabanda, paredes de boques frisadas, ventanas de hierro interna y reja entrada posterior de hierro Portón Santa María con protector, el segundo: local comercial consta de techo de platabanda, paredes de bloques frisadas con cemento, piso liso de cemento pulido, puerta lateral de acceso de hierro portón Santa María, El tercer Local comercial, techo de platabanda y parte techo de acerolit, protector de rejillas de hierro como protector del techo de acerolit, portón Santa María, Cuarto local comercial que colinda con el Oeste con la familia Mujica, con techo de platabanda y techo de acerolit, rejillas de hierro como protectores del techo de acerolit, paredes de bloques frisadas, piso de cerámica, baño con puerta de metal ,poceta, lavamanos y ducha con piso de cerámica y paredes de bloques frisadas, . Con una rea de construcción de DOSCIENTOS NUEVE METROS CUADRADOS CON ONCE CENTIMETROS (209,11M2). Devuélvase a la parte interesada, a los fines solicitados, sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, de conformidad con lo establecido en el Artículo 555 del Código Civil.