REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DEL MUNICIPIO BRUZUAL LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIALDEL ESTADO YARACUY

Chivacoa, 01 de febrero de 2023
Años: 212º y 163º

Vistas las anteriores actuaciones, relativas a solicitud de TÍTULO SUPLETORIO, presentado por la ciudadana MIGDALIA MARÍA CASTILLO LÓPEZ, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad Nº V-7.910.574, debidamente asistidos en este acto por la abogado en ejercicio Dilimelys Rea, quien está inscrita en el I.P.S.A bajo el Nº 315.626, sobre una bienhechuría ubicada final de la calle 19, entre callejón Luis León Arocha y callejón El Samán, comunidad Ezequiel Zamora de Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, cuyas características están descritas en la solicitud. La referida bienhechuría posee un área de construcción de SETENTA Y UN METROS CUADRADOS CON SESENTA Y SEIS CENTÍMETROS (71,66 M²), encontrándose alinderada de la siguiente manera: Norte: Casa y solar de Antonio Rosendo, con una longitud de diecinueve metros lineales con cuarenta centímetros (19.40 M); Sur: Casa y solar de Ana Marchan, con una longitud de diecinueve metros lineales con veinte centímetros (19.20 M); Este: Callejón Parelis, con una longitud diecisiete metros lineales con veinte centímetros (17.20 M) y Oeste: Calle 19 su frente, con una longitud de dieciocho metros lineales (18.00 M) y está construida sobre un área de terreno municipal, según certificado de bienhechurías para tramitar titulo supletorio emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, de fecha 09-12-2022 que mide TRESCIENTOS TREINTA Y NUEVE METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y CUATRO CENTIMETROS (339,84 M²). Se le dio entrada a la solicitud en fecha veinte (20) de enero de 2023; y en fecha primero (1º) de febrero de 2023, fueron oídas las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos ANA LUCIA ESPINOZA PULGAR, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad Nº V-7.906.596, domiciliada en el sector Ezequiel Zamora, callejón Parelis de Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, y YOBALDO SEGUNDO PEÑA PIRE, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad Nº V-20.319.553, domiciliado en el Sector Ezequiel Zamora, final de la calle 19, Fermín Calderón de Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, cuyas testimoniales son apreciadas por este Tribunal a favor de sus promoventes, por encontrarlas contestes entre sí, pues los testigos demostraron tener conocimiento de los hechos sobre los cuales testificaron. Por los fundamentos antes expuestos este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECRETA el TÍTULO SUPLETORIO sobre las bienhechurías descritas en la solicitud, a favor de la ciudadana MIGDALIA MARÍA CASTILLO LÓPEZ, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad Nº V-7.910.574, dejándose a salvo los derechos de terceros de iguales o mejores derechos. Así se decide.

PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE, INCLUSO EN LA PÁGINA WEB OFICIAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA WWW.TSJ.GOB.VE, ASÍ COMO EN LA PÁGINA WWW.YARACUY. SCC.ORG.VE, SEGÚN RESOLUCIÓN 05-2020, EMANADA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA, SALA DE CASACÓN CIVIL, DE FECHA 05 DE OCTUBRE DE 2020, Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE SOLICITUD, UNA VEZ CUMPLIDO ESTE REQUISITO, DEVUÉLVASE ORIGINAL DE LA SOLICITUD A LA PARTE INTERESADA, UNA VEZ QUE SEAN PROVEÍDAS POR ESTE LAS COPIAS FOTOSTÁTICAS RELATIVAS A LA MISMA QUE REPOSARAN EN EL ARCHIVO DE ESTE TRIBUNAL.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal, en Chivacoa, al primer (1º) día del mes de febrero del año dos mil veintitrés (2023). Años 212° de la Independencia y 163° de la Federación.
El Juez,

Abg. Edwin Godoy González
La Secretaria,

Abg. Solimar Pacheco Torrealba

Se dará cumplimiento a lo ordenado en la anterior decisión. En ésta misma fecha, siendo las once de la mañana (11:00 a.m.) se registró la anterior decisión.

La Secretaria,

Abg. Solimar Pacheco Torrealba

Abg.EGG/Spt/genesis
Sol: 4993/2023