REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Roscio y El Callao del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar
Guasipati, 28 de julio de 2023.
212º y 163º
ASUNTO: 036-2023
SOLICITANTE: ANTONIO JOSE RUSSO MAGURNO, venezolano, mayor de edad, comerciante, titular de la cedula de identidad Nº V-755.141, debidamente asistido en este acto por la Abogada Ejercicio AIMER SILVA ANZIANI. Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad, Nro. V-10.044.121, Inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nº 39.013, aquí de transito.
MOTIVO: RECTIFICACION DE ACTA DE NACIMIENTO
En fecha 30/06/2023, fue presentado por ante el Tribunal Tercero (distribuidor) de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de Los Municipio Roscio y El Callao del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar y recibida por ante este Tribunal por efecto de distribución en la misma fecha, escrito contentivo de Solicitud de RECTIFICACION DE ACTA DE NACIMIENTO, presentada por el ciudadano ANTONIO JOSE RUSSO MAGURNO, venezolano, mayor de edad, comerciante, titular de la cedula de identidad Nº V-755.141, debidamente asistida en este acto por la Abogada Ejercicio AIMER SILVA ANZIANI. Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad, Nro. V-10.044.121, Inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nº 39.013, aquí de tránsito., correspondiente al Acta de fecha 27/12/1925, inserta en el Libro de nacimientos, N° 16, del Libro de Registro Civil de Nacimientos del año 1925, llevado por la Primera Autoridad Civil del Parroquia Salóm, Municipio Roscio del estado Bolívar, en la cual manifiesta el solicitante que al momento de la presentación de su padre ciudadano CARLOS RUSSO, se cometió el siguiente error la cual se describe a continuación: PRIMERO: se puede apreciar que en acta de nacimiento al momento de presentar a ANTONIO JOSE RUSSO MAGURNO, colocaron por error el nombre de su padre “CARLOS RUSSO”, siendo lo correcto “ “CARMINE RUSSO” Legalmente según consta en Acta de nacimiento emitida por ante el Servicio del Estado Civil de Catrovillari, Extacto del Acta de Nacimiento, Nº 84 Parte I, año 1897, y, En tal sentido, la misma acompaño como medios probatorios anexos al escrito de la solicitud de rectificación los siguientes documentos: Acta de nacimiento del ciudadano ANTONIO JOSE RUSSO MAGURNO.
En tal sentido, en fecha 30/06/2023, el Tribunal dicta auto de entrada y admisión en la presente solicitud, del mismo modo, ordenó la publicación de un Edicto en un Diario de circulación Nacional y a Notificar al Fiscal Séptimo del Ministerio Publico de este Circuito Judicial, expidiéndose los mismos.
En fecha 12/07/2023 se recibe diligencia mediante la cual el ciudadano ANTONIO JOSE RUSSO MAGURNO, consigna publicación de edicto.
En fecha 13/07/2023 este tribunal acordó agregar a los autos la publicación del edicto.
Del Derecho
Que el solicitante activa el Órgano Jurisdiccional con el fin de rectificar el Acta de Nacimiento del padre, y del contenido de la misma se desprende que al momento de transcribir el Acta el funcionario cometió error y omisión de fondo, el cual se señalo ut supra.
Ahora bien, que motivado a que el Acta a reformar deriva de una Rectificación de Fondo y al momento de interponer su acción el solicitante cumplió con los requisitos establecidos en el Artículo 144, en concordancia con el 149 de la Ley Orgánica de Registro Civil los que establecen lo siguiente:
Art. 144. Las actas podrán ser rectificadas en sede administrativa o judicial.
Art. 149. Procede la solicitud de rectificación judicial cuando existan errores u omisiones que afecten el contenido de fondo del acta, debiendo acudirse a la jurisdicción ordinaria.
Por su parte, el Artículo 340 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, establecen el medio a seguir en estos casos, habiendo cumplido con los extremos legales requeridos en lo referente a los medios probatorios; vale decir, en la oportunidad correspondiente produjo.
De igual manera, se cumplió con la publicación del edicto correspondiente.
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