REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE.


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.


San Felipe, 27 de julio de 2023
Años: 213º y 164º


Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, los ciudadanos FRANCO FLOREZ ANA INELSA, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho, domiciliada en las Mercedes, sector El Paují, calle 6, entre avenida Libertad y Panamericana, casa sin número, Parroquia San Javier, municipio San Felipe, estado Yaracuy, y titular de la cédula de identidad Nº V- 25.616.836, y DÍAZ REGALADO JOSÉ ROSELIANO, venezolano, mayor de edad, hábil en derecho, domiciliado en El Paují, sector 1, calle 4, con avenida Sucre, N° 22, Parroquia San Javier, municipio San Felipe, estado Yaracuy, y titular de la cédula de identidad Nº V-3.912.561, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 555 del Código Civil; DECRETA las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIO suficientes, para asegurar el derecho de propiedad, a favor de la ciudadana ROMERO MARIA TERESA, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho y titular de la cédula de identidad N° V- 3.911.631, asistida por el abogado SUAREZ ROJAS DAMASO ARNOLDO, inscrito en el Inpreabogado con el N° 62.051, sobre las bienhechurías, construidas sobre un área de terreno propiedad del INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS (INTI), que mide trecientos cuarenta y dos metros cuadrados con diez centímetros cuadrados (342,10 MTS2); con un área de construcción que mide sesenta y cuatro metros cuadrados con cuarenta y seis centímetros cuadrados (64,46 MTS2), ubicado en la avenida Sucre, con calle 3, sector N°1, sector El Pauji, Parroquia San Javier-Marín, municipio San Felipe, estado Yaracuy, consistentes de un (1) inmueble (casa de habitación familiar), con las siguientes características: paredes de bloques de concreto, piso de cemento, techo de acerolit, puertas y ventanas de metal y distribuida de la siguiente manera: dos (2) cuartos, una (1) sala comedor, una (1) cocina, un (1) baño, un (1) depósito y un (1) patio, cercada con paredes de bloques; y alinderada de la siguiente forma: Norte: casa que es o fue de Raúl Garranchan, con 17,80 metros; Sur: avenida Sucre que es su frente, con 11,00 metros; Este: casa que es o fue de Dominga Romero, con 26,60 metros; y Oeste: calle 3, con 22,00 metros. Se dejan a salvo los derechos de terceros. Entréguense a la solicitante estas actuaciones en forma original, con sus resultas.
La Jueza Provisoria,


Abg. Dayhel Vanessa Febles Luis
La Secretaria,

Abg. Mayairy Y. Rangel O.
En la misma fecha, se devuelve a la parte interesada, original con sus resultas.
La Secretaria,

Abg. Mayairy Y. Rangel O.