REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DEL MUNICIPIO BRUZUAL LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIALDEL ESTADO YARACUY
Chivacoa, 28 de julio de 2023
Años: 213º y 164º
Vistas las anteriores actuaciones, relativas a solicitud de TÍTULO SUPLETORIO, presentado por la ciudadana NITZA THAYS MENDEZ JIMENEZ, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad Nº V-12.077.620, debidamente asistida en este acto por el abogado en ejercicio Francelys María José Gutiérrez, quien está inscrita en el I.P.S.A bajo el Nº 315.001, sobre una bienhechuría ubicada en la Avenida 5 esquina calle 1, comunidad José Félix Rivas, Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, cuyas características están descritas en la solicitud. La referida bienhechuría posee un área de construcción de TREINTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y CINCO CENTIMETROS (38.85²), encontrándose alinderada de la siguiente manera: Norte: casa que es o fue de Ana Noguera, con medidas de diez metros lineales con sesenta y cinco centímetros (10.65 Ml); Sur: Casa avenida 5 su frente, con medidas de dose metros lineales con cuarenta y cinco centímetros (12.45 Ml); Este: casa que es o fue de Yeegli Aguirre, con medidas de catorce metros lineales con ochenta y cinco centímetros (14.85 Ml) y Oeste: calle 1, con medidas de dieciséis metros lineales con setenta centímetros (16.70 Ml) y está construida sobre un área de terreno INNTI según certificado de bienhechurías para tramitar titulo supletorio emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, de fecha 03-07-2023 que mide CIENTO SETENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y OCHO CENTIMETROS (178.98M²). Se le dio entrada a la solicitud en fecha veinte (20) de julio de 2023; y en fecha veintinueve (28) de julio de 2023, fueron oídas las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos VELIZ CARMEN CLEMENCIA, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad Nº V-7.918.608, domiciliada en el barrio 8 de marzo calle principal Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, y ALVAREZ NOGALES MARY ANCEIRY venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad Nº V-13.265.486, domiciliada Urbanización José Félix Rivas Callejón Nro. 1 entre avenida 1 y 2 Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, cuyas testimoniales son apreciadas por este Tribunal a favor de sus promoventes, por encontrarlas contestes entre sí, pues los testigos demostraron tener conocimiento de los hechos sobre los cuales testificaron. Por los fundamentos antes expuestos este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECRETA el TÍTULO SUPLETORIO sobre las bienhechurías descritas en la solicitud, a favor de la ciudadana NITZA THAYS MENDEZ JIMENEZ, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad Nº V-12.077.620, dejándose a salvo los derechos de terceros de iguales o mejores derechos. Así se decide.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE, INCLUSO EN LA PÁGINA WEB OFICIAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA WWW.TSJ.GOB.VE, ASÍ COMO EN LA PÁGINA WWW.YARACUY. SCC.ORG.VE, SEGÚN RESOLUCIÓN 05-2020, EMANADA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA, SALA DE CASACÓN CIVIL, DE FECHA 05 DE OCTUBRE DE 2020, Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE SOLICITUD, UNA VEZ CUMPLIDO ESTE REQUISITO, DEVUÉLVASE ORIGINAL DE LA SOLICITUD A LA PARTE INTERESADA, UNA VEZ QUE SEAN PROVEÍDAS POR ESTE LAS COPIAS FOTOSTÁTICAS RELATIVAS A LA MISMA QUE REPOSARAN EN EL ARCHIVO DE ESTE TRIBUNAL.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal, en Chivacoa, al veintiocho (28) día del mes de julio del año dos mil veintitrés (2023). Años 213° de la Independencia y 164° de la Federación.
El Juez,
Abg. Edwin Godoy González
La Secretaria Temporal
Abg. Iriesmar Parada Azuaje
Se dará cumplimiento a lo ordenado en la anterior decisión. En ésta misma fecha, siendo las nueve y treinta de la mañana (9:30 a.m.) se registró la anterior decisión.
La Secretaria Temporal
Abg. Iriesmar Parada Azuaje
Abg.EGG/Ipa/juan
Sol: 5054-2023