El presente procedimiento de Únicos y Universales Herederos, fue recibido mediante Distribución en fecha 01-06-2023, constante de dos (02) folios útiles y diecisiete (17) anexos; por solicitud interpuesta por la Ciudadana MIRLA ESTHER OROPEZA OCHOA, venezolana, soltera, mayor de edad, portadora de la Cédula de Identidad Nº V-7.581.057, asistida por el Abg. LINDO OMAR DIAZ quien está inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 227.734, en la cual solicitó ser declarada, conjuntamente con los ciudadanos: PORFIRIO OROPEZA (PADRE), TRINIDAD MERCEDES OROPEZA OCHOA, PORFIRIO ANTONIO OROPEZA OCHOA, YUSTY GERMAIN OROPEZA OCHOA Y PEDRO FRANCISCO OROPEZA OCHOA (HERMANOS), venezolanos, mayores de edad, portadores de la Cédula de Identidad Nros. V-2.565.511, V-7.906.728, V-10.371.405, V-12.277.598 y V-16.592.952 en su orden, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, en su condición de esposo e hijos, de la “De Cujus” ALICIA MERCEDES OCHOA DE OROPEZA, quien era venezolana, mayor de edad, de estado civil casada, portadora de la Cédula de Identidad N° V-4.480.787 y la cual falleció “Ab-intestato” el día veintisiete (27) de Septiembre de 2013, según consta en Acta de Defunción N° 861-04, Folio N° 111, emitida el 03/10/2013, por la Unidad Hospitalaria de Registro Civil, Municipio San Felipe, Estado Yaracuy.
En fecha Martes, seis (06) de Junio de 2023, este Tribunal admitió y registró en el libro respectivo bajo el Nº 2698/23; ordenándose librar Edicto para su debida publicación en un Diario de circulación regional, a los fines de que cualquier persona que tuviese interés manifiesto y directo en el asunto, concurriera ante este Tribunal a exponer lo que considerase conveniente, en los diez (10) días de Despacho siguientes a la publicación y consignación del mismo y vencido como sea este lapso, se ordenó escuchar las declaraciones de dos (02) testigos que presentara la parte solicitante. Folio Catorce y su vuelto (14 Vlto).
En fecha Jueves, Ocho (08) de Junio de 2023, compareció espontáneamente la solicitante Ciudadana: MIRLA ESTHER OROPEZA OCHOA portadora de la Cédula de Identidad Nº V-7.581.057, asistida por el Abg. LINDO OMAR DIAZ quien está inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 227.734, con el carácter acreditado en autos, y recibió por parte de la Secretaría de este Tribunal, copia del Edicto para su debida publicación, folio dieciséis (16).
En fecha Lunes, diecinueve (19) de Junio 2023, compareció la solicitante Ciudadana: MIRLA ESTHER OROPEZA OCHOA (antes identificada), asistida por el Abg. LINDO OMAR DIAZ (anteriormente identificado) y consignó mediante diligencia, la página 13, de fecha Martes 13-06-2023, del Diario Yaracuy al Día, sección “PUBLICIDAD”; en la cual aparece la publicación del Edicto, relativo a la Solicitud de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, Folio diecisiete (17) y dieciocho (18). Así mismo, fue emitido Auto por este Tribunal, donde se acordó agregar la diligencia presentada por la solicitante antes mencionada. Folio diecinueve (19).

En fecha Jueves, seis (06) de Julio de 2023, se emitió Nota Secretarial, donde se deja constancia que en fecha 04-07-2023, siendo las 3:30 p.m., culminó el lapso de oposición a que hace referencia el Edicto, sin que compareciera persona alguna invocando iguales o mejores derechos. Folio veinte (20).

En fecha Martes, once (11) de Julio de 2023, compareció el Abg. LINDO OMAR DIAZ, quien está inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 227.734; y presento a los Ciudadanos: RAFAEL ANGEL QUERO y MARIANGEL INES DAZA CASTILLO, venezolanos, mayores de edad, portadores de las Cédulas de Identidad Nº V-4.966.709 y V-17.156.367 respectivamente, a los fines de oír sus declaraciones. Folios veintiuno (21) y veintidós (22).