REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO PEÑA DE LA CIRCUNSCRIPCION
JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
Yaritagua, 21 de Julio de 2023
Año 213º y 164°

DEMANDANTES: ESTEBAN ALEXANDER SUAREZ GUTIERREZ y NELSON JOANNY SUAREZ GUTIERREZ (ABG. JOSEFINA RODRIGUEZ)
DEMANDADOS: NELSON PASTOR SUAREZ y CARMEN PASTORA GUTIERREZ DE SUAREZ
MOTIVO: RECONOCIMIENTO DE INSTRUMENTO PRIVADO
SENTENCIA: DEFINITIVA
EXPEDIENTE Nº: 4198/23

A los fines de resolver la presente causa este Tribunal observa lo siguiente: Comienza la misma con demanda presentada por los ciudadanos: ESTEBAN ALEXANDER SUAREZ GUTIERREZ y NELSON JOANNY SUAREZ GUTIERREZ, Venezolanos, mayores de edad, Solteros, titulares de la cedula de identidad Nro. V- 13.567.228, Nº V-12.434.719 respectivamente, asistidos en este acto por la abogado JOSEFINA RODRIGUEZ IPSA Nº 219.135; contra los ciudadanos: NELSON PASTOR SUAREZ y CARMEN PASTORA GUTIERREZ DE SUAREZ venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula Nros V-4.126.868, Nº V-7.314.754 respectivamente, domiciliado en Yaritagua Municipio Peña Estado Yaracuy, la cual riela al folio 01. Al folio 02 riela documento privado. Al folio 03 al 13 rielan anexos. Al folio 14 riela auto de admisión de la presente demanda. Al folio 15 Al folio 16 Boletas de Citación. Al folio 17 riela Escrito de Contestación de la demanda presentado por los ciudadanos: NELSON PASTOR SUAREZ y CARMEN PASTORA GUTIERREZ DE SUAREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula Nros V-4.126.868, Nº V-7.314.754 respectivamente, asistidos de la abogada THAIRIS XIOMARA MELENDEZ SANCHEZ, IPSA Nro.265.733.

DECISIÓN
A los fines de dictar sentencia en la presente causa este Tribunal observa lo siguiente: Que en el escrito de Contestación de los demandados, el ciudadanos: NELSON PASTOR SUAREZ y CARMEN PASTORA GUTIERREZ DE SUAREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula Nros V-4.126.868, Nº V-7.314.754 respectivamente, plenamente identificado y asistidos de Abogada, conviene en toda y cada una de sus partes en la demanda presentada en su contra por los ciudadanos: ESTEBAN ALEXANDER SUAREZ GUTIERREZ y NELSON JOANNY SUAREZ GUTIERREZ, igualmente reconocieron como cierto el contenido del documento que riela al folio 02 del presente expediente y como suya la firma que lo suscribe la cual aparece al pie del documento y es la que usa en todo sus actos públicos y privados y reconoció que vendió unas bienhechurías de su propiedad la cual se encuentra ubicada en la en la vereda 06 casa Nº 09, sector 01 en la Urbanización Tricentenaria de la Ciudad de Yaritagua, Municipio Peña, Estado Yaracuy, siendo sus cuyas medidas y linderos constan en documento privado anexo a esta demanda. Dichas bienhechurías le pertenece según documento: Protocolizado en la Oficina subalterna de Registro Público de Yaritagua Municipio Peña Del estado Yaracuy en fecha (31) de Mayo (2017), bajo el Nº. 2017.545, asiento registral 1 del inmueble matriculado con el Nº. 465.20.7.2.3398 y corresponde al libro de folio real del 2017. ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA CON LUGAR, la demanda intentada por los ciudadanos: ESTEBAN ALEXANDER SUAREZ GUTIERREZ y NELSON JOANNY SUAREZ GUTIERREZ, Venezolanos, mayores de edad, Solteros, titulares de la cedula de identidad Nro. V- 13.567.228, Nº V-12.434.719 respectivamente, asistidos en este acto por la abogado JOSEFINA RODRIGUEZ IPSA Nº 219.135; contra los ciudadanos: NELSON PASTOR SUAREZ y CARMEN PASTORA GUTIERREZ DE SUAREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula Nros V-4.126.868, Nº V-7.314.754 respectivamente, domiciliado en Yaritagua, Municipio Peña, Estado Yaracuy, se DECLARA: RECONOCIDO el instrumento privado que riela al folio 02 del presente expediente, de acuerdo a lo establecido en el artículo 444 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Publíquese. Regístrese y déjese copia certificada. Dado, sellado y firmado en la Sala de Despacho del Tribunal De Municipio Ordinario Y Ejecutor De Medidas del Municipio Peña de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. Yaritagua, 21 de Julio de 2023. Año 213º y 164º.
El Juez Titular.

Abg. Octavio Méndez Mújica
La Secretaria Titular;

Abg. Mariangela Sira