REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
San Felipe, 8 de junio de 2023
Años: 213º y 164º
Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, los ciudadanos ESPINOZA GRATEROL GODOFREDO YOVANNY, venezolano, mayor de edad, hábil en derecho, titular de la cédula de identidad Nº V-12.082.700, domiciliado en la avenida 8 Urdaneta, entre calles 4 y 5, casa N° 285, municipio Cocorote, estado Yaracuy, y SEQUERA GUTIÉRREZ JOSÉ DE LA CRUZ, venezolano, mayor de edad, hábil en derecho y titular de la cédula de identidad Nº V- 12.279.534, domiciliado en la avenida 8, Urdaneta, entre calles 3 y 4, casa N° 3-7, municipio Cocorote, estado Yaracuy, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 555 del Código Civil; DECRETA las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIO suficientes, para asegurar el derecho de propiedad, a favor del ciudadano ESCALONA ZABALETA GREGORIO ANTONIO, venezolano, mayor de edad, hábil en derecho y titular de la cédula de identidad N° V-7.554.551, asistido de la abogada PUERTAS MOGOLLÓN HELEN PATRICIA, inscrita con el Inpreabogado con el N° 49.420, sobre las bienhechurías, construidas sobre un área de terreno propiedad municipal, que mide ciento noventa y tres metros cuadrados con cincuenta centímetros cuadrados (193,50 m2); con un área de construcción que mide setenta y ocho metros cuadrados con cuarenta y ocho centímetros cuadrados (78,48 m2), ubicado en la avenida N° 08 o Urdaneta entre calle N° 04 o Negro Primero y calle N° 05 o La Iglesia, casa sin número, sector Caja de Agua, municipio Cocorote, estado Yaracuy, consistentes de un inmueble (casa), con las siguientes características: paredes de bloque, techo de zinc, piso de cemento, al frente tiene dos (2) puertas de hierro y dos (2) ventanas, con puerta de hierro en la salida hacia el patio y una ventana de hierro en esa pared, tiene una sala, dos habitaciones y un área para cocina-comedor, tiene además un área de patio con piso de cemento, y alinderada de la siguiente manera: Norte: (18,00 m) con casa de las Hermanas de la Caridad; Sur: (18,00 m) con casa que es o fue de la Flia. Zavaleta; Este: (10,75 m) con casa de las Hermanas de la Caridad; y Oeste: (10,75 m) con Avenida N° 08 o Urdaneta, su frente. Se dejan a salvo los derechos de terceros. Entréguense al solicitante estas actuaciones en forma original, con sus resultas.
La Jueza Provisoria,
Abg. Dayhel Vanessa Febles Luis
La Secretaria,
Abg. Mayairy Y. Rangel O.
En esta misma fecha, se devuelve a la parte interesada, original con sus resultas de todo lo actuado.
La Secretaria,
Abg. Mayairy Y. Rangel O.