REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

San Felipe, 8 de junio de 2023
Años: 213º y 164º

Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, los ciudadanos ESPINOZA GALINDO JOSÉ DANIEL y VIZCAYA TAPIA LUIS JOSÉ, venezolanos, mayores de edad, hábil en derecho, ambos domiciliados en la urbanización Rafael Caldera, sector Piedra Grande, calle 7, casa N° 3, municipio Independencia, estado Yaracuy, y titulares de la cédula de identidad N° V-29.542.220 y V-20.522.444 respectivamente, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 555 del Código Civil; DECRETA las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIO suficientes, para asegurar el derecho de propiedad, a favor de la ciudadana PESTANA DA COSTA KARLA PATRICIA, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho y titular de la cédula de identidad N° V-18.547.452, asistida del abogado GRIMAN MARCHAN ERIC FELIX, inscrito en el Inpreabogado con el N° 280.432; sobre las bienhechurías, construidas sobre un área de terreno propiedad del INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS URBANAS (INTU), que mide veintinueve metros cuadrados con ochenta y dos centímetros cuadrados (29,82 Mts2); con un área de construcción que mide veintinueve metros cuadrados con ochenta y dos centímetros cuadrados (29,82 Mts2), ubicado en la urbanización La Ascensión, calle 01, entre estacionamiento 01, vereda 06, Parroquia San Felipe, Jurisdicción del Municipio San Felipe, estado Yaracuy, consistentes de un (1) inmueble (Local), con las siguientes características: paredes de bloques, frisado, placa, piso de cerámica, consta de servicios básicos, tales como la electricidad, acueducto, cloacas, una (1) Santamaría, una (1) puerta, un (1) baño, solo retrete y lavamanos; y alinderada de la siguiente manera: Norte: vereda 06, con 4,20 MTS; Sur: estacionamiento de la calle 01, con 4,20 MTS; Este: local de Wilber Sosa, con 7,10 MTS; y Oeste: áreas verdes, con 7,10 MTS. Se dejan a salvo los derechos de terceros. Entréguense a la solicitante estas actuaciones en forma original, con sus resultas.
La Jueza Provisoria,

Abg. Dayhel Vanessa Febles Luis
La Secretaria,

Abg. Mayairy Y. Rangel O.

En la misma fecha, se devuelve a la parte interesada, original con sus resultas.
La Secretaria,

Abg. Mayairy Y. Rangel O.