REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ODINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD Y ARÍSTIDES BASTIDAS.
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD Y ARÍSTIDES BASTIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
San Pablo, 22 de Junio de 2023
AÑOS: 213º y 164º
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos HÉCTOR AQUINO GUEVARA ALZURUTT, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº V-10.367.936, residenciado en el Sector Yaritagüita, 3ra avenida con calle 3 del Municipio Arístides Bastidas del Estado Yaracuy, y FRANCISCO FLORES, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº V-5.461.233, residenciado en el Sector Carrizalito, avenida 6 entre calles 2 y 3 del Municipio Arístides Bastidas del Estado Yaracuy, SIN PERJUICIOS DE TERCEROS DE IGUAL O MEJOR DERECHOS, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre, La Trinidad y Arístides Bastidas de La Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIO, sobre unas bienhechurías en un terreno Propiedad Municipal, el cual posee un área total de terreno de QUINIENTOS CUARENTA METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y DOS CENTÍMETROS (540,42 Mts2), ubicado en la avenida 05, con calle 04, Sector Carrizalito, Municipio Arístides Bastidas del Estado Yaracuy, cuenta con un área total de construcción de TRESCIENTOS CUARENTA Y DOS METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y DOS CENTÍMETROS (342,52 Mts2), cuyos linderos particulares son los siguientes: NORTE: Avenida 05, con una longitud de (28,54 Mts), SUR: Casa y solar de Marlene Calderón con una longitud de (28,44Mts), ESTE: Casa y solar de Neurelis Oviedo con una longitud de (19,41Mts) y OESTE: Calle Nº 04 que es su frente con una longitud de (21,22Mts). Consta de una (1) casa convencional, el cual tiene un valor de CINCUENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 50.000,00), a favor de la ciudadana MARÍA LUISA DAZA AMAYA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 5.457.919, Publíquese y Regístrese, incluso en la página Web Oficial del Tribunal Supremo de Justicia www.tsj.gob.ve, y déjese copia certificada a los efectos indicados en el Artículo 112 del Código de Procedimiento Civil, de la presente solicitud, una vez cumplido este requisito, devuélvase original de la solicitud a la parte interesada, una vez que sean proveídas por este las copias fotostáticas relativas a la misma.
EL JUEZ PROVISORIO,
Abg. EMIGDIO RAFAEL WELMAN MORENO
EL SECRETARIO,
Abg. VILLASMIL ANTONIO PETIT
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en el Auto anterior.-
EL SECRETARIO,
Abg. VILLASMIL ANTONIO PETIT
ERWM/VAP/jo
Sol. 656/23