TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO PEÑA
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Yaritagua 08 de Junio de 2023.
Años: 213° y l64°

Vista la solicitud formulada al final del escrito que encabeza estas actuaciones y las declaraciones de los testigos jurados, ciudadanos: MARIA SORAIDA SUAREZ PEREZ, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº: V- 14.997.554, y YENIFER MARIA ROMERO VEGAS, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº: V- 23.570.116, este Tribunal actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO a favor de la ciudadana: ZULMA ELENA GALINDEZ MENDOZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº: V-7.579.174, sobre unas bienhechurías que la solicitante dice que ocupa, construidas en un lote de terreno de origen Municipal, área de terreno de NOVECIENTOS DIEZ METRO CUADRADOS (910.00 M2), sobre los cuales el Tribunal otorga Titulo Supletorio sin perjuicio de terceros con iguales o mejores derechos que tenga sobre dichas bienhechurías; Ubicada En La Carretera Panamericana Sector Mayurupi, La Piedra, Yaritagua Municipio Peña Estado Yaracuy, siendo sus linderos los siguientes: Norte: Carretera Panamericana; Sur: Terreno perteneciente a Juan Vargas; Este: Terreno Perteneciente a Juan Ramírez; Oeste: Terreno perteneciente a Seferino Soto Consiste en unas bienhechurías con las siguientes características: una cerca perimetral con bloques y columnas de concreto, un almacén con paredes de bloques, piso de cemento rustico, y techo de zinc. Con un área de construcción de VEINTIOCHO METROS CUADRADOS CON TREINTA Y OCHO CENTIMETROS CUADRADOS (28.38 Mts). Devuélvase a la parte interesada, a los fines solicitados, sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, de conformidad con lo establecido en el Artículo 555 del Código Civil.
El Juez Titular;

Abg. Octavio Méndez Mújica.

La Secretaria Titular;


Abg. Mariangela Sira