REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION, SUSTANCIACION Y EJECUCIÓN DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 07 de marzo de 2023
212º y 164º
ASUNTO: UP11-H-2023-000053
SOLICITANTES: Abogada Eunice Cedeño, Fiscal Séptima del Ministerio Público con competencia en materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, en representación de los Ciudadanos ILAN JHON PARRA HURTADO y ORIANA ANALEXIS SEQUERA DELGADO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nº 20.890.535 y 25.833.301 respectivamente.
BENEFICIARIO: El niño IDENTIDAD OMITIDA, nacido el día 09 de agosto de 2021, de un (01) año de edad.
MOTIVO: HOMOLOGACIÓN DE REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR

Vista la solicitud presentada por la Abogada Eunice Cedeño, Fiscal Séptima del Ministerio Público con competencia en materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, en representación de los Ciudadanos ILAN JHON PARRA HURTADO y ORIANA ANALEXIS SEQUERA DELGADO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nº 20.890.535 y 25.833.301 respectivamente, en la cual quedó establecido el acuerdo sobre el REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR a favor del niño IDENTIDAD OMITIDA, nacido el día 09 de agosto de 2021, de un (01) año de edad, en los siguientes términos:
REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR:

PRIMERO: El padre compartirá con su hijo los fines de semana cada 15 días desde el día viernes desde las 7:00 p.m. hasta los domingos 2:00 p.m. buscándolo y retornándolo al hogar materno. SEGUNDO: El padre compartirá el día del padre y cumpleaños de éste con su hijo asimismo, el cumpleaños del niño, el padre compartirá con él desde las 9:00 a.m. hasta las 3:00 p.m. buscándolo y retornándolo al hogar materno. TERCERO: En carnaval lo pasará con la madre y el padre compartirá con su hijo en semana santa desde el día jueves a las 9:00 a.m. hasta el viernes 5:00 p.m. buscándolo y retornándolo al hogar materno siendo alterno los años sucesivos. CUARTO: En época decembrina el padre compartirá con su hijo el 31 de diciembre desde las 6:00 p.m. hasta el 26 de diciembre a las 3:00 p.m., siendo alternos los años sucesivos. QUINTO: Los progenitores deben garantizar la integridad personal de su hijo, en el caso de no exponerla a situaciones de riesgo, ni presencie ingesta de alcohol, en dado caso que se encuentren enfermo que no amerite reposo médico, la madre indicará al padre como se suministra el tratamiento, dicho régimen surtirá efecto a partir del mes y año que discurre.

De las actas que conforman el presente expediente se evidencia que las partes han llegado a un acuerdo con relación al REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR a favor del niño IDENTIDAD OMITIDA, nacido el día 09 de agosto de 2021, de un (01) año de edad, que por su naturaleza es permitida la conciliación o mediación, no vulnera los derechos del niño de autos y no versa sobre materias expresamente prohibidas por la Ley. En consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en la norma del artículo 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, HOMOLOGA en sus propios términos el presente acuerdo. Téngase como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada.

Regístrese, publíquese, déjese copia certificada y expídase por la Secretaría, dos (02) juegos de copias certificadas que soliciten las partes de la presente homologación.

Dada, firmada y sellada en el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy. En San Felipe, a los siete (07) días del mes de marzo de 2023. Años 212º de la Independencia y 163º de la Federación.
La Jueza,


Abg. SORELYS BETZABET QUINTERO BRICEÑO
La Secretaria,
Abg. María de los Ángeles López
Se publicó y registró, siendo las 10:00 a.m. En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.