REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Civil de Ciudad Bolívar
Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar.
Ciudad Bolívar, 09 de Marzo del año 2023.
212º y 164º

ASUNTO PRINCIPAL: FP02-S-2022-873
Resolución Nº: PJ0262023000025

Vista la diligencia que antecede, de fecha 03 de Marzo de 2023, suscrita por la ciudadana NOLERBIS MAGDALENA RODRIGUEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 19.872.654, mediante la cual “DESISTE” del presente procedimiento y solicita la devolución del documento original acompañado con la presente Solicitud, este Tribunal observa que las partes tienen capacidad para disponer del derecho en litigio; que se trata de materias sobre las cuales no están prohibidas las transacciones, cuestión por la cual, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, imparte la HOMOLOGACIÓN al Desistimiento del procedimiento hecho por la solicitante en la presente solicitud de DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO, interpuesta por los ciudadanos DEIVIS WILL MENDOZA ABADUCO Y NOLERBIS MAGDALENA RODRIGUEZ, de conformidad con el artículo 263 de Código de Procedimiento Civil. Así se decide.
Se declara terminado el procedimiento y se ordena su remisión al archivo judicial. Devuélvanse los documentos originales consignados por la solicitante, previa certificación en autos.
Publíquese y regístrese y déjese copia certificada en este Juzgado.

Dada firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en Ciudad Bolívar, a los Nueve (09) días del mes de Marzo del año dos mil veintitrés (2023). Años: 212° de la Independencia y 164° de la Federación.
La Juez,

Nilymar González Bermúdez

La Secretaria,

Nancy Guevara García

La anterior decisión interlocutoria fue publicada en su misma fecha, siendo las tres (03:00 p.m.) de la tarde.
La Secretaria,

Nancy Guevara García