REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 
 
PODER JUDICIAL
 
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BOLIVARIANO ANGOSTURA DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR
 
212° Y 163°                                                                         
 
 Solicitud: 62-2022
 
SENTENCIA INTERLOCUTORIA 
 
Solicitante: MISLEYDYS JOSEFINA LOPEZ DE SILVA
 
Solicitado: WILFREDO JOSE SILVA LIRA
 
MOTIVO: Divorcio por Desafecto e Incompatibilidad de Caracteres
 
 
	Visto y recibido la diligencia que antecede, de fecha 14-03-2023, presentada por la ciudadana MISLEYDYS JOSEFINA LOPEZ DE SILVA,  venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° V-15.619.401, debidamente asistida por la Abogada JHONLENYS DELGADO CARREÑO, Inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 140.597; mediante el cual solicita desistir voluntariamente de la Solicitud de Divorcio por Desafecto, signada bajo el N° 62-2022, por cuanto no existe razones  continuar con la referida demanda,  fundamentada en el artículo 263 del Código Procedimiento.-  En consecuencia, éste Tribunal acuerda en cada una de sus partes EL DESISTIMIENTO de la presente Solicitud, de conformidad a lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, y se ordena el archivo de la misma. Cúmplase.-  
 
	
 
Dada, Sellada y Firmada en sala de Despacho del Tribunal, a los Diecisiete (17) del mes de Marzo del año 2023, siendo la Diez  de la mañana (10:00 a.m.).  Años: 212° de la Independencia y 163° de la Federación. - Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada de este fallo. -     
 
        LA JUEZ 
 
 
DRA. PAGUIRMA DEL CARMEN  BARRIOS	 ROMERO                                                                     
 
                                                                                                                               EL SECRETARIO 
 
 
                                                  ABG.  JAVIER DUERTO
 
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo anteriormente ordenado por este Tribunal publicándose la respectiva sentencia. -
 
                                                                        EL SECRETARIO
 
                                                              
 
                                                                      ABG.  JAVIER DUERTO
 
 
               
 
 
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