REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
San Felipe, 24 de marzo de 2023
Años: 212º y 164º
Vista la solicitud que dio comienzo a este procedimiento, sus recaudos anexos y las declaraciones de los testigos hábiles presentados por la parte interesada, los ciudadanos ZAMBRANO SÁNCHEZ PEDRO WILLIAM, venezolano, mayor de edad, hábil en derecho, titular de la cédula de identidad N° 10.860.967 y domiciliado en la urbanización Luis Herrera Campins, sector 2, calle 13, casa N° 53, La Morita Nueva, municipio Cocorote, estado Yaracuy, y RIVERO BETANCOURT MEYERLIN MERCEDES, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho, titular de la cédula de identidad N° 12.938.757 y domiciliada en sector La Aduana, calle Principal, casa sin número, municipio San Felipe, estado Yaracuy, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil; DECRETA las presentes actuaciones TÍTULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del ciudadano BETANCOURT CAMBERO JOSÉ GREGORIO, quién era venezolano, mayor de edad, hábil en derecho, titular de la cédula de identidad Nº V- 12.728.299 y residía en la calle Principal La Manga, casa sin número, municipio San Felipe, estado Yaracuy; suficientes para asegurarle el derecho, que le corresponde a los ciudadanos BETANCOURT GONZÁLEZ BRAYAN JOSÉ, BETANCOURT GONZÁLEZ NAIDY MARETZA y BETANCOURT GONZÁLEZ VICTOR JOSÉ, venezolanos, mayores de edad, hábiles en derecho y titulares de la cédula de identidad N° V-28.227.010, V-30.015.138 y V-30.015.135 respectivamente, asistidos los solicitantes, antes mencionados e identificados, por la abogada QUERO RETACO REINA DAMEL, inscrita en el Inpreabogado con el N° 177.870. Quedan a salvo los derechos de terceros. Devuélvanse a los solicitantes, las presentes actuaciones que forman el expediente Nº 4.749-23 (de la nomenclatura interna llevada por este Tribunal), y déjese copias certificadas en el archivo del Tribunal.
La Jueza Provisoria,
Abg. Dayhel Vanessa Febles Luis
La Secretaria,
Abg. Mayairy Y. Rangel O.
En esta misma fecha, se devuelve a la parte interesada, original con sus resultas.
La Secretaria,
Abg. Mayairy Y. Rangel O