REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

San Felipe, 9 de marzo de 2023
Años: 212º y 164º

Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, las ciudadanas MARÍN CANELÓN EDIMAR YOSNEIRY, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho, domiciliada en el calle 4, con tercera avenida, sector Cantarrana, municipio San Felipe, estado Yaracuy y titular de la cédula de identidad Nº 24.944.576, y ROJAS MUJICA DUGLEISI YOSELIN, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho, domiciliada en La Recta de Apolonio, calle 6, con avenida 3 y 4, municipio independencia, estado Yaracuy y titular de la cédula de identidad Nº 25.686.220, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 555 del Código Civil; DECRETA las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIO suficientes, para asegurar el derecho de propiedad, a favor de la ciudadana PINEDA MUJICA ANNIS MAYRELIS, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho, y titular de la cédula de identidad N° 25.177.896, asistida por el abogado GUTIÉRREZ GILBERT, inscrito con el Inpreabogado con el N° 209.870; sobre las bienhechurías descritas en la solicitud, construidas sobre un área de terreno propiedad del INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS (INTI), que mide doscientos cincuenta metros cuadrados con treinta y siete centímetros cuadrados (250,37 Mts2); con un área de construcción que mide noventa metros cuadrados con cero centímetros cuadrados (90,00 Mts2), ubicado en Transversal 2, entre calle 7 y 8, sector José G. Hernández, sector Cocorotico, parroquia Albarico, municipio San Felipe, estado Yaracuy, consistentes de un (1) inmueble (casa), distribuido de la siguiente manera: tres (3) habitaciones, un (1) comedor, una (1) sala, una sala-comedor, un baño (1), una (1) cocina, un (1) porche, un (1) garaje con su portón de hierro, cercada con paredes de bloques, con sus respectivas puertas y ventanas de hierro, instalaciones de agua y luz eléctrica; y alinderada de la siguiente manera: Norte: Transversal 02, que es frente, con 11,90 MTS; Sur: casa y solar, que es o fue de Magalis Gomez , con 12,00 MTS; Este: casa y solar que es o fue de Melesio Parra, con 21,40 MTS; y Oeste: casa y solar que es o fue de Noris Montes, con 20,50 MTS. Se dejan a salvo los derechos de terceros. Entréguense a la solicitante estas actuaciones en forma original, con sus resultas.
La Jueza Provisoria,


Abg. Dayhel Vanessa Febles Luis
La Secretaria,

Abg. Mayairy Y. Rangel O.
En la misma fecha, se devuelve a la parte interesada, original con sus resultas.
La Secretaria,

Abg. Mayairy Y. Rangel O.