REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DEL MUNICIPIO BRUZUAL LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIALDEL ESTADO YARACUY
Chivacoa, 23 de marzo de 2023
Años: 212º y 164º
Vistas las anteriores actuaciones, relativas a solicitud de TÍTULO SUPLETORIO, presentado por el ciudadano WILLIAM DÍAZ LIZCANO, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad Nº V-7.919.416, debidamente asistido en este acto por la abogada en ejercicio Yris Anzola, quien está inscrita en el I.P.S.A bajo el Nº 62.068, sobre una bienhechuría ubicada al final de la calle 2 con avenida 3 de la comunidad Los Horcones Municipio Bruzual de Estado Yaracuy, cuyas características están descritas en la solicitud. La referida bienhechuría posee un área de construcción de OCHENTA Y DOS METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y TRES CENTÍMETROS (82,53 M²), encontrándose alinderada de la siguiente manera: Norte: con terreno ocupado por José Abreu, con una longitud de veintiséis metros lineales (26,00 Ml); Sur: final calle 2, su frente, con una longitud de veintiséis metros lineales (26,00 Ml); Este: con terreno ocupado por José Abreu, con una longitud de veintisiete metros lineales con cincuenta centímetros (27,50 Ml) y Oeste: con terreno ocupado por José Abreu, con una longitud de veintisiete metros lineales con cincuenta centímetros (27,50 Ml) y está construida sobre un área de terreno I.N.T.I., según certificado de Bienhechuría emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, de fecha 09-02-2023 que mide SETECIENTOS QUINCE METROS CUADRADOS (715,00 M²). Se le dio entrada a la solicitud en fecha tres (03) de marzo de 2023; y en fecha veintitrés (23) de marzo de 2023 fueron oídas las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: YRIS CORINA GONZÁLEZ CÁRDENAS, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad Nº V-7.558.733, domiciliada en la avenida 13 entre calles 11 y 12, casa Nº 11-42, comunidad Pozo Nuevo de Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, y GREGORIO ANTONIO GONZÁLEZ CÁRDENAS, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad Nº V-3.913.647, domiciliado en la avenida 13 entre calles 11 y 12, casa Nº 11-42, comunidad Pozo Nuevo de Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, cuyas testimoniales son apreciadas por este Tribunal a favor de sus promoventes, por encontrarlas contestes entre sí, pues los testigos demostraron tener conocimiento de los hechos sobre los cuales testificaron. Por los fundamentos antes expuestos este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECRETA el TÍTULO SUPLETORIO sobre las bienhechurías descritas en la solicitud, a favor del ciudadano WILLIAM DÍAZ LIZCANO, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad Nº V-7.919.416, dejándose a salvo los derechos de terceros de iguales o mejores derechos. Así se decide.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE, INCLUSO EN LA PÁGINA WEB OFICIAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA WWW.TSJ.GOB.VE, ASÍ COMO EN LA PÁGINA WWW.YARACUY. SCC.ORG.VE, SEGÚN RESOLUCIÓN 05-2020, EMANADA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA, SALA DE CASACIÓN CIVIL, DE FECHA 05 DE OCTUBRE DE 2020, Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE SOLICITUD, UNA VEZ CUMPLIDO ESTE REQUISITO, DEVUÉLVASE ORIGINAL DE LA SOLICITUD A LA PARTE INTERESADA, UNA VEZ QUE SEAN PROVEÍDAS POR ESTE LAS COPIAS FOTOSTÁTICAS RELATIVAS A LA MISMA QUE REPOSARAN EN EL ARCHIVO DE ESTE TRIBUNAL.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal, en Chivacoa, a los veintitrés (23) días del mes de marzo del año dos mil veintitrés (2023). Años 212° de la Independencia y 164° de la Federación.
El Juez,
Abg. Edwin Godoy González
La Secretaria,
Abg. Solimar Pacheco Torrealba.
Se dará cumplimiento a lo ordenado en la anterior decisión. En ésta misma fecha, siendo las diez y cuarenta tres de la mañana (10:43 a.m.) se registró la anterior decisión.
La Secretaria,
Abg. Solimar Pacheco Torrealba.
Abg.EGG/Spt/diana.-
Sol: 5002/2023