REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ODINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD Y ARÍSTIDES BASTIDAS.
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD Y ARÍSTIDES BASTIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
San Pablo, 31 de Marzo de 2023
AÑOS: 212º y 164º
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanas GLADYS JOSEFINA GARCÍA DE PÉREZ, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la Cédula de Identidad Nº V-4.954.998, residenciada al final de la Avenida 2, entre Calle Carrizales y Quebrada Carrizales, Sector Carrizales, del Municipio Arístides Bastidas del Estado Yaracuy, y FELIXMAR KARLIANA YOVERA LUCENA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nº V-22.960.402, residenciada en la calle 1, entre las Avenidas 1 y 2, Sector Yaritagüita, del Municipio Arístides Bastidas del Estado Yaracuy, SIN PERJUICIOS DE TERCEROS DE IGUAL O MEJOR DERECHOS, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre, La Trinidad y Arístides Bastidas de La Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIO, sobre un lote de terreno Propiedad del (CTU), Comité de Tierras Urbanas de Carrizales y Lomas de Carrizales, el cual posee un área total de terreno de CIENTO CUARENTA Y SIETE METROS CUADRADOS (147,00 Mts2), el cual se encuentra Ubicado en la Vereda 01, entre calle el Estadio y calle 01, Sector Carrizales del Municipio Arístides Bastidas del Estado Yaracuy, cuenta con un área total de construcción de CUARENTA Y UN METROS CUADRADOS CON VEINTICINCO CENTÍMETROS (41,25 Mts2), cuyos linderos particulares son los siguientes: NORTE: Casa y solar de Máximo Peña, con una longitud de (16,28) Mts, SUR: casa y solar de Hilda Barico, con una longitud de (17,78) Mts, ESTE: casa y solar de María Hernández, con una longitud de (5,50) Mts y OESTE: vereda que es su frente, con una longitud de (10,87) Mts. Se trata de una vivienda de índole particular, el cual tiene un valor de TREINTA MIL BOLÍVARES (Bs. 30.000,00), a favor del ciudadano DIRJHAN JOSEPH MÁRQUEZ ORTEGA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-24.001.760, Publíquese y Regístrese, incluso en la página Web Oficial del Tribunal Supremo de Justicia www.tsj.gob.ve, y déjese copia certificada a los efectos indicados en el Artículo 112 del Código de Procedimiento Civil, de la presente solicitud, una vez cumplido este requisito, devuélvase original de la solicitud a la parte interesada, una vez que sean proveídas por este las copias fotostáticas relativas a la misma.
EL JUEZ PROVISORIO,
Abg. EMIGDIO RAFAEL WELMAN MORENO
EL SECRETARIO,
Abg. VILLASMIL ANTONIO PETIT
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en el Auto anterior.-
EL SECRETARIO,
Abg. VILLASMIL ANTONIO PETIT
ERWM/VAP/jo
Sol. 646/23