REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, veinticuatro (24) de mayo de dos mil veintitrés (2023)
213° y 164°
EXPEDIENTE Nº JSA-2023-000509
CUADERNO DE MEDIDA DE SUSPENSIÓN DE LOS EFECTOS.
Vista la diligencia presentada en fecha veintidós (22) de mayo del presente año, por el Abogado en ejercicio CARLOS FRANCISCO CASTILLO ROJO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 5.778.285, e inscritos ante el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 31.797, actuando con el carácter de apoderado judicial la Sociedad Mercantil SUPRACAL C.A, debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en fecha 08 de septiembre de 1977, bajo el N° 39, Tomo 4-C; mediante la cual manifiesta: “…Solicito a este digno Tribunal realice la notificación al MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL ECOSOCIALISMO (UTEC-YARACUY), para que designe un técnico para la inspección judicial que se realizará en un lote de terreno denominado CALERA SANTA BÁRBARA y que está fijada para el día martes seis (06) de junio de 2023. JURO LA URGENCIA DEL CASO…”; este Juzgado Superior Agrario, en razón a lo requerido, ordena oficiar al Director Estadal de Ecosocialismo del Estado Yaracuy, a fin de que designen un Técnico que por su profesión u oficio presten el apoyo necesario en la práctica de la Inspección Judicial; sobre un lote de terreno denominado CALERA SANTA BÁRBARA, ubicado en el sector “Brisas de Arenales”, Parroquia capital Peña, jurisdicción del municipio Peña del estado Yaracuy, constante de una superficie de CINCO MIL CINCUENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS (5054 m2), alinderado de la siguiente manera: NORTE: Terreno ocupado por la empresa SUPRACAL. SUR: Vía interna de por medio con terreno ocupado por la empresa MIYAR; ESTE: Terreno ocupado por la empresa SUPRACAL; y OESTE: Terreno ocupado por el complejo turístico Francisca Duarte; la cual tendrá lugar el día martes seis (06) de junio de dos mil veintitrés (2023), a partir de las ocho y treinta horas de la mañana (08:30 am). Líbrese Oficio. Cúmplase.-
LA JUEZA SUPERIOR,
ABG. DANIMAR CHIQUINQUIRA MOLERO ANDRADE
EL SECRETARIO,
ABG. ALY ALCIDES TORREALBA SALAZAR
En esta misma fecha, se cumplió con lo ordenado, librándose Oficio número JSA-0079/2023.
EL SECRETARIO,
ABG. ALY ALCIDES TORREALBA SALAZAR
EXPEDIENTE Nº JSA-2023-00509
CUADERNO DE MEDIDA DE SUSPENSIÓN DE LOS EFECTOS.
DCMA/AATS
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, veinticuatro (24) de mayo de dos mil veintitrés (2023)
213° y 164°
OFICIO Nº JSA-0079/2023
CIUDADANO:
DIRECTOR ESTADAL DE ECOSOCIALISMO DEL ESTADO YARACUY.
SU DESPACHO.-
Respetuosamente me dirijo a Usted, a los fines de notificarle que, este Tribunal mediante auto de esta misma fecha, fijó nueva oportunidad para la práctica de una INSPECCIÓN JUDICIAL, sobre un lote de terreno denominado “CALERA SANTA BARBARÁ”, con una superficie aproximada de CINCO MIL CINCUENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS (5054m2), ubicado en el sector Brisas de Arenales, Parroquia Capital Peña, Municipio Peña del estado Yaracuy, alinderado de la siguiente manera: NORTE: terreno ocupado por la empresa SUPRACAL; SUR: vía interna de por medio con terreno ocupado por la empresa MIYAR; ESTE: terreno ocupado por la empresa SUPRACAL y OESTE: terreno ocupado por el Complejo Turístico FRANCISCA DUARTE; para el día martes seis (06) de junio de dos mil veintitrés (2023), a partir de las ocho y treinta minutos de la mañana (08:30 a.m.); en tal sentido se le solicita la designación de un técnico que por su profesión u oficio preste apoyo a este Juzgado en la práctica de la inspección Judicial antes referida.
Todo ello, en razón a la solicitud de MEDIDA DE SUSPENSIÓN DE LOS EFECTOS, solicitada por el abogado en ejercicio MARCO ANTONIO CASTILLO ACOSTA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-7.444.921, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 58.629, apoderado judicial de la sociedad mercantil SUPRACAL C.A, debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en fecha 08 de septiembre de 1977, bajo el N° 39, Tomo 4-C, en contra del Acto Administrativo emitido por el Directorio del INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS (INTI), en sesión ORD 1426-22, de fecha veinte (20) de diciembre del año dos mil veintidós (2022), Punto de Cuenta N° 1230010292, mediante el cual aprobó otorgar GARANTÍA DE PERMANENCIA Y CARTA DE REGISTRO AGRARIO, a favor del ente privado CALERA SANTA BÁRBARA C.A, protocolizada ante la Oficina de Registro Público Segundo del estado Lara, bajo el N° 51, Trimestre Primer de fecha 03 de marzo de 2004, inscrita en el Registro de Información Fiscal RIF: J-31136175-8; representada por el ciudadano RAFAEL ANTONIO GUÉDEZ DAUTANT, venezolano, mayor de edad, identificado con la cédula identidad N° V-7.425.731; sobre un lote de terreno denominado “CALERA SANTA BÁRBARA”, ubicado en el sector Brisas de Arenales, Parroquia Capital Peña, Municipio Peña del estado Yaracuy; que se sustancia en el expediente NºJSA-2023-000509 (nomenclatura natural llevada por este Despacho).
Participación y solicitud que se hace a los fines legales correspondientes.-
Atentamente,
ABG. DANIMAR CHIQUINQUIRA MOLERO ANDRADE.
JUEZA SUPERIOR AGRARIO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Dirección: 4ta. Avenida entre calles 12 y 13. Centro Comercial la Casona. Teléfono Fax: 0254-2318960. Correo electrónico: superioragrarioyaracuy2021@hotmail.com
EXPEDIENTE: JSA-2023-000509
CUADERNO DE MEDIDA DE SUSPENSIÓN DE LOS EFECTOS.
DCMA/AATS