REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION Y SUSTANCIACION DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 16 de mayo de 2023
213º y 164º
ASUNTO: UP11-J-2021-000430
SOLICITANTE y BENEFICIARIA: La Adolescente IDENTIDAD OMITIDA, titular de la Cedula de Identidad Nº 30.711.829, nacida en fecha 15 de julio de 2004, de diecisiete (17) años de edad, asistida por las abogadas Fabiola Vezga, inscrita en el IPSA bajo el N° 98.404 y Yurubi Domínguez inscrita en el IPSA bajo el Nº 49.919.
MOTIVO: AUTORIZACIÓN DE VIAJE
En fecha 02 de septiembre de 2021 se recibió por ante el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de este Circuito de Protección, solicitud contentiva de AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA VIAJAR FUERA DEL PAIS, presentada por la Adolescente IDENTIDAD OMITIDA, titular de la Cedula de Identidad Nº 30.711.829, nacida en fecha 15 de julio de 2004, de diecisiete (17) años de edad, asistida por la abogada Fabiola Vezga, inscrita en el IPSA bajo el N° 98.404, actuando de conformidad al artículo 451 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, que refiere la capacidad procesal de los adolescentes para instaurar la presente solicitud, a través de la cual requiere se le otorgue autorización judicial para viajar sola a la Ciudad de Paris-Francia, con la finalidad de pasar unos días de recreación.
En fecha 13 de septiembre de 2021, la Abogada Pilar Valverde Juez del Tribunal Segundo, levanta acta de inhibición contra la abogada Yurubi Domínguez, remitiéndose la incidencia en cuaderno separado al Tribunal Superior de este Circuito de Protección.
En fecha 26 de octubre de 2021, el Tribunal Superior declara con lugar la inhibición planteada por la Abogada Pilar Valverde Juez del Tribunal Segundo, ordenándose la redistribución del expediente.
En fecha 02 de diciembre de 2021, se le dio entrada por ante este Tribunal Primero.
Ahora bien, consta en el asunto signado bajo el Nº UP11-J-2021-000430, sentencia definitiva, de fecha 01 de octubre de 2021, dictada por este Tribunal Primero declara CON LUGAR, la solicitud de Autorización de viaje al Exterior, en consecuencia OTORGA AUTORIZACIÓN DE VIAJE, para que la Adolescente IDENTIDAD OMITIDA, titular de la Cedula de Identidad Nº 30.711.829, nacida en fecha 15 de julio de 2004, de diecisiete (17) años de edad, Pasaporte N° 146400731, fecha de emisión 15/08/2017, fecha de vencimiento 14/08/2022; viaje (acompañamiento de azafata) a la Ciudad de Paris-Francia, con itinerario de viaje fecha de salida 08 de octubre de 2021, desde la Ciudad de Caracas-República Bolivariana de Venezuela, por la Aerolínea TURKISH AIRLINES, Nº VUELO TK183 a la Ciudad de Estambul-Turquía, donde hará escala para proseguir en fecha 09 de octubre de 2021 por la misma aerolínea, N° VUELO TK1823 a la Ciudad de Paris-Francia, retornando en fecha 26 de noviembre de 2021, desde la Ciudad de Paris-Francia, aerolínea TURKISH AIRLINES, Nº VUELO TK1828 a la Ciudad de Estambul-Turquía, donde hará escala para proseguir en fecha 27 de noviembre de 2021, por la misma aerolínea, Nº VUELO TK223 a la Ciudad de Caracas-República Bolivariana de Venezuela, dicho viaje tiene fines recreativos, la misma solicitante y el mismo itinerario de viaje, el cual pudo ser evidenciado por esta Juzgadora a través del Sistema Iuris 2000 y al principio de Notoriedad Judicial.
Por lo anteriormente expuesto, esta Juzgadora considera que opera la cosa juzgada formal en el presente asunto, por lo que este Tribunal Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara TERMINADO EL PROCEDIMIENTO. Se ordena el archivo del expediente.
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA.
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. En San Felipe, a los dieciséis (16) días del mes de mayo de 2023. Años: 213º de la Independencia y 164º de la Federación.
La Jueza,

Abg. SORELYS BETZABET QUINTERO BRICEÑO,
La Secretaria,
Abg. Ángela Mata
Se publicó y registró, siendo las 10:48 a.m. En la misma fecha se cumplió con lo