Vista la demanda de RECONONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO,
presentada por la ciudadana: MIGDALIA MARITZA MARCHENA DE ROJAS,
venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad Nº V-4.731.403,
asistida por el Abogado, ANHERSON RAIFER ROJAS LOPEZ, inscrito en el
Inpreabogado bajo el Nº 133.249; contra el ciudadano MAIKOT JOEL MORLES
PERDOMO, venezolano mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-
14.797.886, domiciliado en Sabana de Parra, Municipio José Antonio Páez, Estado
Yaracuy. Este Tribunal observa en la presente solicitud donde el mencionado ciudadano
MAIKOT JOEL MORLES PERDOMO, ha llegado a un CONVENIMIENTO de
mutuo acuerdo, en relación a la solicitud de RECONONOCIMIENTO DE
DOCUMENTO PRIVADO y solicitan la HOMOLOGACION del mismo; es por lo que
este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la
Ley acuerda: HOMOLOGAR EL CONVENIO SUSCRITO ENTRE LAS PARTES EN
SUS PROPIOS TERMINOS, impartiéndole la debida aprobación. Téngase pasado como
en Sentencia con autoridad de cosa juzgada.
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