REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
Sede Contencioso Administrativa
Expediente Nº: UP11-N-2018-000015
En el día de hoy, lunes treinta (30) de octubre del año dos mil veintitrés (2.023) siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 82 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, con motivo del RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE NULIDAD, interpuesto por la empresa EL TUNAL, C.A. contra la PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA Nº 486/2017 DE FECHA 13 DE OCTUBRE DE 2017, EXPEDIENTE Nº 057-2017-03-00136 EMANADA DE LA INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO YARACUY.
Tal y como estaba previsto, se anunció el acto a las puertas del Tribunal la audiencia. Verificándose la no comparecencia de la parte accionante, la empresa EL TUNAL, C.A. De igual manera se hace constar que el Ministerio Público, se encuentra representado por la profesional del derecho EUNICE CEDEÑO GARCIA, Fiscal Séptimo (7º) del estado Yaracuy, en representación de la Fiscalía 81 Nacional con competencia Constitucional y Contencioso Administrativo. Asimismo se deja constancia que la Inspectoría del Trabajo del Estado Yaracuy, y la Procuraduría General de la República no comparecieron a la celebración de este acto por medio de apoderado judicial alguno.
Posteriormente, ante la incomparecencia de las partes, la ciudadana Jueza procedió atendiendo a lo dispuesto en el último aparte del artículo 82 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa a dictar el dispositivo del fallo, el cual es del siguiente tenor: Este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confieren la Constitución y las leyes declara: PRIMERO: DESISTIDO el presente proceso relativo al juicio por RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE NULIDAD, interpuesto por la empresa EL TUNAL, C.A. contra la PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA Nº 486/2017 DE FECHA 13 DE OCTUBRE DE 2017, EXPEDIENTE Nº 057-2017-03-00136 EMANADA DE LA INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO YARACUY.SEGUNDO: No hay condenatoria en costas por la naturaleza de la decisión.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy en San Felipe, a los treinta (30) días de Octubrede 2023. Años: 213º y 164º.
LA JUEZA
Abg. YANITZA SANCHEZ
La Secretaria,
Abg. MARIAMNIS GIMENEZ
EUNICE CEDEÑO GARCIA,
Fiscal Séptimo (7º) del estado Yaracuy,
El Técnico Audiovisual/
Alguacil;
ARTURO OVIEDO
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