REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
San Felipe, 19 de octubre de 2023
Años: 213º y 164º
Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, las ciudadanasOJEDA OLGA YOHANI,venezolana, mayor de edad, hábil en derecho, domiciliada en la urbanización Nuevo Cocorote, calle E, casa N° 19, municipio Cocorote, estado Yaracuy, y titular de la cédula de identidad Nº V- 15.389.131, y LUGO OJEDA DAVIERLIN YOJANA,venezolana, mayor de edad, hábil en derecho, domiciliada en la avenida Páez, entre calles 13 y 14, sector El Calvario, municipio Cocorote, estado Yaracuy, y titular de la cédula de identidad Nº V- 19.061.497, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 555 del Código Civil; DECRETA las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIO suficientes, para asegurar el derecho de propiedad, a favor del ciudadano MARTÍNEZ ALEJOOS WILLIANS ORAN, venezolano, mayor de edad, hábil en derecho y titular de la cédula de identidad N° V- 3.459.242, asistido por el abogado RUÍZ RUÍZ CARLOS FELIPE, inscrito en el Inpreabogado con el N° 44.205, sobre las bienhechurías, construidas sobre un área de terreno propiedad municipal, que mide trescientos treinta metros cuadrados con noventa y ocho centímetros cuadrados(300,98 M2); con un área de construcción que mide ciento setenta y seis metros cuadrados con cuarenta y dos centímetros cuadrados (176,42 M2), ubicado en callejón Barrio Centro, casa S/N°, sector Barrio Centro, municipio Cocorote, estado Yaracuy, consistentes en un (1) inmueble (casa de habitación familiar), con las siguientes características: construidas con paredes de bloques de cemento, piso de terracota color roja, techo de acerolit, cuatro (4) puertas de madera en cada cuarto y una (1) habitación con puerta de hierro, la entrada principal con puerta de madera en cada cuarto y una (1) habitación con puerta de hierro, la entrada principal con puerta de madera y la puerta posterior que da al solar es de hierro, las ventanas son de hierro y vidrio basculantes, y distribuidas de la siguiente manera: un (1) porche que es en su entrada, cinco (5) habitaciones, una (1) cocina, un (1) corredor, un (1) garaje, una (1) sala, un (01) baño y un (01) cuarto de depósito, dichas bienhechurías están totalmente cercadas con paredes y rejas, y un (01) corredor totalmente enrejado; y alinderada de la siguiente forma:Norte: (20,50m) con casa que es o fue de la Flia. Martínez; Sur:(20,50 m) con casa que es o fue de la Flia. Silva; Este: (16,50m) con callejón Barrio Centro, su frente; y Oeste: (15,00m) con casa que es o fue de la Flia.Gómez y (1,50m) con casa que es o fue de la Flia. Martínez. Se dejan a salvo los derechos de terceros. Entréguense al solicitante estas actuaciones en forma original, con sus resultas.
La Jueza Provisoria,
Abg. Dayhel Vanessa Febles Luis
La Secretaria,
Abg. Mayairy Y. Rangel O.
En la misma fecha, se devuelve a la parte interesada, original con sus resultas.
La Secretaria,
Abg. Mayairy Y. Rangel O.