REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DEL MUNICIPIO BRUZUAL LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIALDEL ESTADO YARACUY

Chivacoa, 10 de octubre de 2023
Años: 213º y 164º

Vistas las anteriores actuaciones, relativas a solicitud de TÍTULO SUPLETORIO, presentado por el ciudadano YILVER ANTONIO VÁSQUEZ RIVERO, venezolano, mayor de edad, portador de la cedula de identidad Nº V-10.372.751, asistido en este acto por el abogado en ejercicio Guillermo Moreno, inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 266.154, sobre una bienhechuría ubicada en la calle 24 de julio entre calles los muerticos y terrenos agrícolas, parroquia campo Elías, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, cuyas características están descritas en la solicitud. La referida bienhechuría posee un área de construcción de CIENTO CINCUENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS CON UN CENTÍMETROS (159,01M²), encontrándose alinderada de la siguiente manera: Norte: Casa y solar que es o fue de Maritza Herra, con una longitud de setenta y dos metros lineales (72,00 ML); Sur: Casa y solar que es o fue de Gabriel Pacheco, con una longitud de setenta y dos metros lineales (72,00 ML); Este: Quebrada Permute, con una longitud veintinueve metros lineales (29,00 ML) y Oeste: Calle 24 de julio su frente, con una longitud de veintidós metros lineales con treinta centímetros (22,30 ML) y está construida sobre un área de terreno municipal, según certificado de bienhechurías para tramitar titulo supletorio emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en fecha 11-08-2023, que mide MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y DOS METROS CUADRADOS CON DIECINUEVE CENTIMETROS (1.842,19 M²). Se le dio entrada a la solicitud en fecha dos (02) de octubre de 2023; y en fecha diez (10) de octubre de 2023, fueron oídas las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos JUAN BAUTISTA SUÁREZ, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad Nº V-2.569.660 domiciliado en sector pozo nuevo avenida 11 entre calles 10 y 11 de Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y DEIBIS EDUARDO PINEDA ORTIZ, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad Nº V-13.985.048, domiciliado en avenida 10 entre calles 4 y 5 la peñita de Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, cuyas testimoniales son apreciadas por este Tribunal a favor de sus promoventes, por encontrarlas contestes entre sí, pues los testigos demostraron tener conocimiento de los hechos sobre los cuales testificaron. Por los fundamentos antes expuestos este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECRETA el TÍTULO SUPLETORIO sobre las bienhechurías descritas en la solicitud, a favor del ciudadano YILVER ANTONIO VÁSQUEZ RIVERO, venezolano, mayor de edad, portador de la cedula de identidad Nº V-10.372.751, dejándose a salvo los derechos de terceros de iguales o mejores derechos. Así se decide.

PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE, INCLUSO EN LA PÁGINA WEB OFICIAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA WWW.TSJ.GOB.VE, ASÍ COMO EN LA PÁGINA WWW.YARACUY. SCC.ORG.VE, SEGÚN RESOLUCIÓN 05-2020, EMANADA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA, SALA DE CASACIÓN CIVIL, DE FECHA 05 DE OCTUBRE DE 2020, Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE SOLICITUD, UNA VEZ CUMPLIDO ESTE REQUISITO, DEVUÉLVASE ORIGINAL DE LA SOLICITUD A LA PARTE INTERESADA, UNA VEZ QUE SEAN PROVEÍDAS POR ESTE LAS COPIAS FOTOSTÁTICAS RELATIVAS A LA MISMA QUE REPOSARAN EN EL ARCHIVO DE ESTE TRIBUNAL.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal, en Chivacoa, a los diez (10) día del mes de octubre del año dos mil veintitrés (2023). Años 213° de la Independencia y 164° de la Federación.
El Juez,

Abg. Edwin Godoy González
La Secretaria,

Abg. Solimar Pacheco Torrealba
Se dará cumplimiento a lo ordenado en la anterior decisión. En ésta misma fecha, siendo las once y media de la mañana (11:30 a.m.) se registró la anterior decisión.
La Secretaria,

Abg. Solimar Pacheco Torrealba
Abg.EGG/Spt/juan
Sol: 5070/2023