REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO PEÑA DE LA CIRCUNSCRIPCION
JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
Yaritagua, 18 de Octubre de 2023
Año 213º y 164º
DEMANDANTE: YSAC FRANCISCO GOMEZ MARTINEZ, REPRESENTANTE LEGAL DE LA ASOCIACION CIVIL PROYECTO COMUNITARIO YARACUYANO.
DEMANDADOS: CARMEN SOFIA MORA DE QUINTERO, CARMEN SOFIA QUINTERO DE GEORGE, JOSE ORLANDO QUINTERO MORA y EDGAR ANTONIO QUINTERO MORA.
MOTIVO: RECONOCIMIENTO DE INSTRUMENTO PRIVADO
SENTENCIA: DEFINITIVA
EXPEDIENTE Nº: 4.130/23
A los fines de resolver la presente causa este Tribunal observa lo siguiente: Comienza la misma con demanda presentada por el ciudadano: YSAC FRANCISCO GOMEZ MARTINEZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-4.383.496, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N°: 247.448 en el carácter de REPRESENTANTE LEGAL DE LA ASOCIACION CIVIL PROYECTO COMUNITARIO YARACUYANO; RIF N° J-30646431-4, la cual se encuentra protocolizada en las oficinas del mismo registro subalterno, bajo el N° 48, folios 412 al 420, protocolo primero, tomo cuarto, tercer trimestre del 1999, contra el ciudadano: ELADIO ANTONIO RIVERO, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-5.261.389, domiciliado en la Carrera 16 con Calle 3 del Sector Pilco Mayo, casa n° 82 Yaritagua Municipio Peña del Estado Yaracuy, la cual Riela del folio 01 al folio 02. Al folio 03 riela documento privado, al 03 al 15 rielan anexos. Al folio 16 riela auto de admisión de la presente demanda. Al folio 17 riela Boleta de Citación. Al folio 18 riela Escrito de Contestación de la demanda presentado por el ciudadano: ELADIO ANTONIO RIVERO, asistido del abogado ENRIQUE ANTONIO MEDINA MEZA IPSA. Nro. 228.130.
DECISIÓN
A los fines de dictar sentencia en la presente causa este Tribunal observa lo siguiente: Que en el escrito de Contestación de la demanda el ciudadano: ELADIO ANTONIO RIVERO, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-5.261.389 y asistido de Abogado, conviene en toda y cada una de sus partes en la demanda presentada en su contra por el ciudadano: YSAC FRANCISCO GOMEZ MARTINEZ, REPRESENTANTE LEGAL DE LA ASOCIACION CIVIL PROYECTO COMUNITARIO YARACUYANO, igualmente reconocieron como cierto el contenido del documento que riela al folio 02 del presente expediente y reconocen como suyas las firmas del ciudadano: ELADIO ANTONIO RIVERO, en su condición de poseedor legitimo, la cual aparece al pie del documento y es la que usan en todo sus actos públicos y privados ante un documento de compraventa privada efectuada con el ciudadano: YSAC FRANCISCO GOMEZ MARTINEZ, de unas bienhechurías, el cual se encuentra ubicadas en el Municipio Peña del Estado Yaracuy, cuyas medidas y linderos constan en documento privado anexo a esta demanda. Esta bienhechuría me pertenece según documento privado de compraventa, registrado por ante las oficinas subalternas de registro del Municipio Peña Estado Yaracuy, bajo el N|27, folios del 01 al 06, protocolo primero, tomo III, segundo trimestre de: ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA CON LUGAR, la demanda intentada por el ciudadano: YSAC FRANCISCO GOMEZ MARTINEZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-4.383.496, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N°: 247.448 en el carácter de REPRESENTANTE LEGAL DE LA ASOCIACION CIVIL PROYECTO COMUNITARIO YARACUYANO, contra el ciudadano: ELADIO ANTONIO RIVERO, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-5.261.389, domiciliado en la Carrera 16 con Calle 3 del Sector Pilco Mayo, casa n° 82 Yaritagua Municipio Peña del Estado Yaracuy en consecuencia DECLARA: RECONOCIDO el instrumento privado que riela al folio 03 del presente expediente, de acuerdo a lo establecido en el artículo 444 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Publíquese. Regístrese y déjese copia certificada. Dado, sellado y firmado en la Sala de Despacho del Juzgado del Municipio Peña de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. Yaritagua, 19 de Octubre de 2023. Año 213º y 164º.
El Juez Titular
Abg. Octavio Méndez Mújica La Secretaria Titular
Abg. Mariangela Sira
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