REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

San Felipe, 11 de abril de 2024
Años: 213º y 165º

Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos PARRA DE HERNÁNDEZ SAGRADA MILAGRO,venezolana, mayor de edad, hábil en derecho,domiciliadaen la urbanización San Antonio, transversal N° 7, casa N° 5, municipio San Felipe, estado Yaracuy, titular de la cédula de identidad Nº 5.457.775, yMOTA DE SCHOONEWOLFF CARMEN NOHEMI,venezolana, mayor de edad, hábil en derecho,domiciliada en la urbanización Fundesfel I, calle J-B, casa N° 17-C, municipio Independencia, estado Yaracuy, titular de la cédula de identidad NºV-3.708.380, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 555 del Código Civil; DECRETA las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIO suficientes, para asegurar el derecho de propiedad, a favor delos ciudadanos DÍAZ VIZCAINO ROBERT ALEXANDER y CORONADO PARRA MARGGY COROMOTO, venezolanos, mayores de edad, hábiles en derecho y titulares de la cédula de identidad N° V-15.108.431 y V-14.211.818 respectivamente, asistidos los solicitantes, antes mencionados e identificados, por la abogada CAMPOS GUTIÉRREZ MARÍA ELIZABETH, inscrita en el Inpreabogado con el N° 74.528, sobre las bienhechurías descritas en la solicitud, construidas sobre un área de terreno propiedad municipal, que midedoscientos diez metros cuadrados con cuarenta centímetros cuadrados (210,40 M2) con un área de construcción que mide doscientos treinta y cuatro metros cuadrados con veintidós centímetros cuadrados (234,22 M2), ubicado en barrio Cañaveral, antiguo Camino Real, La Negrita, con calle Principal, sector Cañaveral,municipio Independencia,estado Yaracuy, distribuidas de la siguiente manera:una (1) casa de dos (02) niveles, en la parte alta se encuentran tres (03) cuartos, dos (02) baños, una (01) sala de star, en la parte de abajo se encuentra un (01) cuartocon un baño, una (01) cocina, una (01) sala y un (01) comedor, posee pisos de cerámicas,y alinderada de la siguiente manera: Norte: antiguo camino real La Negrita; Sur: casa que es ó fue de Vicenta Vázquez; Este:casa que es ó fue de Rafael Antonio Vázquez; y Oeste: casa que es ó fue de Mauricio Torres.Se dejan a salvo los derechos de terceros. Entréguense a los solicitantes estas actuaciones en forma original, con sus resultas.
La Jueza Provisoria,


Abg. Dayhel Vanessa Febles Luis
La Secretaria,

Abg. Mayairy Y. Rangel O.



En esta misma fecha, se devuelve a la parte interesada, original con sus resultas de todo lo actuado.
La Secretaria,

Abg. Mayairy Y. Rangel O.