REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





EN SU NOMBRE
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY

Chivacoa, 11 de abril de 2024.
Años: 213º y 165º

Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: ANGELA MERCEDES PEROZO CHIRINOS, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad Nº V-7.559.022, domiciliada en avenida 6 de La Libertad del Municipio Bruzual, Estado Yaracuy y WILLINSON JOSÉ VÁSQUEZ ROJAS, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad Nº V-19.198.481, domiciliado en la avenida 1, calle 14 del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, sin perjuicios de terceros de igual o mejores derechos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el artículo 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TÍTULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS suficiente para asegurarle el derecho que le corresponde a los ciudadanos JUANA RAMONA ARZA, SANTA BENERDA ZAMBRANO DE TREJO y SANTO MINIO ZAMBRANO ARZA, venezolanos, mayores de edad, portadores de las cédulas de identidad Nros. V-2.555.463, V-7.558.400 y V-7.558.398, debidamente asistidos en este acto por la abogada en ejercicio Kenia Zambrano, inscrita en el I.P.S.A bajo el Nº 265.053, en la cual solicita sean declarados como ÚNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS, en su condición de esposa e hijos del causante GUILLERMO ZAMBRANO, quien en vida fuera venezolano, mayor de edad y portaba la cédula de identidad Nº V-2.179.737, el cual falleció ab-intestato el día catorce (14) de enero de 2024, según consta en acta de defunción Nº 005, folio 005, tomo I, emitida por el Registro Civil del Municipio Bruzual del estado Yaracuy, de fecha 16 de enero de 2024.

PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE, INCLUSO EN LA PÁGINA WEB OFICIAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA WWW.TSJ.GOB.VE, ASÍ COMO EN LA PÁGINA WWW.YARACUY.SCC.ORG.VE, SEGÚN RESOLUCIÓN 05-2020, EMANADA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA, SALA DE CASACIÓN CIVIL, DE FECHA 05 DE OCTUBRE DE 2020, Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE SOLICITUD, UNA VEZ CUMPLIDO ESTE REQUISITO, DEVUÉLVASE ORIGINAL DE LA SOLICITUD A LA PARTE INTERESADA, UNA VEZ QUE SEAN PROVEÍDAS POR ESTE LAS COPIAS FOTOSTÁTICAS RELATIVAS A LA MISMA QUE REPOSARAN EN EL ARCHIVO DE ESTE TRIBUNAL.
El Juez,

Abg. Edwin Godoy González
La Secretaria,

Abg. Solimar Pacheco Torrealba
En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas, a la parte interesada.
La Secretaria,

Abg. Solimar Pacheco Torrealba